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Documento BOE-A-2020-4853

Resolución de 2 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se acuerda la continuación de la tramitación del procedimiento de la convocatoria para 2020 del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación (PEBA-NGA).

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 6 de mayo de 2020, páginas 31494 a 31495 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2020-4853

TEXTO ORIGINAL

El Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establece, en su disposición adicional tercera, la suspensión de términos e interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. No obstante, en los apartados 3 y 4 de la citada disposición se reconoce la posibilidad de exceptuar, mediante resolución motivada, tal suspensión en determinados supuestos.

Así, el apartado 4 permite acordar la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o sean imprescindibles para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Precisamente, la protección del interés general justifica la continuación del procedimiento de convocatoria del PEBA-NGA para el año 2020 de las ayudas a operadores de telecomunicaciones para la extensión de la cobertura de las redes públicas de banda ancha de nueva generación, de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de al menos 300 Mbps, con el objetivo de poder proporcionar cobertura al último diez por ciento de la población que reside en zonas en las que no existe esa cobertura ni está previsto el despliegue de redes de muy alta velocidad en los próximos tres años por parte de ningún operador.

La importancia estratégica de dotar de cobertura de las redes públicas de banda ancha de muy alta velocidad a este último 10% de la población, que generalmente se localiza en las poblaciones más rurales y dispersas de nuestra geografía, en su mayoría pertenecientes a lo que se ha venido conociendo como la España vaciada, ya era reconocida universalmente por todos los agentes sociales y económicos con anterioridad a la nueva situación creada por la COVID-19.

Con la aparición de esta nueva situación, se ha podido comprobar que las nuevas infraestructuras de conectividad de banda ancha de nueva generación desarrolladas en los últimos años han facilitado la continuidad de la actividad económica y social de muchas empresas y entidades, al tiempo que han aliviado la situación de confinamiento de los ciudadanos durante la presente crisis sanitaria de la COVID-19. En los primeros días de vigencia del estado de alerta, las redes de telecomunicaciones vieron incrementado su tráfico en aproximadamente un 80%, sin producirse situaciones de colapso de las redes fijas ni de las móviles de los distintos operadores.

Lamentablemente, las ventajas derivadas de la disponibilidad de una cobertura de redes de banda ancha de muy alta velocidad no han podido estar al alcance de ese citado 10% de la población ubicado en las zonas más rurales y dispersas.

Las medidas que se han tenido que adoptar para mitigar las consecuencias derivadas de la pandemia causada por el COVID-19 han puesto bien patente que la continuidad de esta política pública en favor de impulsar la extensión de la cobertura de las redes públicas de banda ancha de nueva generación, de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de al menos 300 Mbps reviste una especial significación en aras de lograr una mayor vertebración social y territorial y poder hacer frente y responder con más instrumentos al reto demográfico.

Es necesario que el apoyo financiero que las ayudas PEBA-NGA va a suponer y que resulta imprescindible para que los operadores de telecomunicaciones puedan afrontar con garantías el despliegue de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas cada vez más aisladas y lejanas, que proporcionan una menor rentabilidad, debe llegar cuanto antes a dichos operadores si se quiere materializar y dar continuidad a la política pública de extender la cobertura de redes de muy alta velocidad.

Este procedimiento de tramitación, ya iniciado, ha obtenido la aprobación del Ministerio de Hacienda, prevista en el apartado séptimo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2019, por el que establecen los criterios de prórroga para 2020 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2019, se formaliza la distribución por secciones y se aprueban medidas para reforzar el gasto público.

Por todo ello, resuelvo:

Primero.

Acordar la continuación de la tramitación del procedimiento de convocatoria para 2020 de las ayudas destinadas a la extensión de la banda ancha de nueva generación a través del programa PEBA-NGA.

Segundo.

Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» en la forma y a los efectos que determina el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 2 de mayo de 2020.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, Roberto Sánchez Sánchez.

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