En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y según lo dispuesto en el Decreto 225/2018, antes citado ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición libre, cuatro plazas de funcionario de carrera en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Almería (Subgrupo A2). Las citadas plazas podrán tener jornada de trabajo en turno de mañana o en turno de tarde.
1.2 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva un 7 % de las plazas convocadas para el acceso a las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En el supuesto de no ser éstas cubiertas, se acumularán a las restantes plazas convocadas.
1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Almería, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.4 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican como anexo I de esta convocatoria.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas de la fase de oposición es el que se acompaña como anexo II a esta convocatoria.
1.6 La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se fijará en la Resolución del Rectorado en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.
1.7 A todos los plazos contemplados en la presente Resolución les será de aplicación lo previsto en la Resolución de 15 de noviembre de 2019, de la Universidad de Almería, sobre declaración de periodos inhábiles del año 2020, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos señalados en la misma en el ámbito de la Universidad.
1.8 De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los actos integrantes de la presente convocatoria que requieran publicación se publicarán en el Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería o, según corresponda, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos, atendiendo, en todo caso, a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería (Consejo de Gobierno de 29 de octubre de 2019) y rigiéndose por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá este derecho a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
f) Estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo disponible en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, en la siguiente dirección:
http://cms.ual.es/UAL/universidad/serviciosgenerales/spersonal/convocatorias/convocatoria/SERVPERSCONVPFUNC
3.2 La presentación de solicitudes, que se dirigirán al Rector de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se realizará en el Registro General de la Universidad o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, en la dirección web indicada se habilitará un procedimiento telemático para la presentación de solicitudes, si bien la utilización de este procedimiento requerirá que los interesados dispongan de firma digital válida o DNI electrónico.
No obstante, en aplicación de lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el cómputo del plazo de presentación de solicitudes previsto en el punto anterior se iniciará en el momento en que pierda vigencia el referido Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
3.3 Para dar cumplimiento a lo previsto en la base 1.8 respecto a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería, se requerirá que por parte de los aspirantes se consigne en la solicitud una cuenta de correo electrónico válida cuyo titular sea el aspirante. Dicha cuenta de correo será el medio utilizado para la realización de las preceptivas comunicaciones a los interesados relativas a la publicación de los distintos actos derivados de la presente convocatoria.
3.4 Los derechos de examen para participar en las presentes pruebas selectivas ascenderán a la cantidad de 30 euros. Los derechos de examen deberán ser abonados, obligatoriamente, a través del Sistema Integral de Pagos (SIP) de la Universidad de Almería, disponible en la dirección web http://www.ual.es/pagostasas y que permite el pago a través de dos modalidades:
– Generar una carta de pago electrónica que, posteriormente, deberá ser abonada en cualquier oficina de la entidad «CAJAMAR Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito».
– Pago mediante Tarjeta de Crédito-TPV.
El abono de los derechos de examen deberá realizarse, en todo caso, dentro del plazo habilitado para la presentación de solicitudes prescrito en la base 3.2, no concediéndose plazo adicional alguno para el abono de las mismas. En consecuencia, los interesados que opten por la primera de las modalidades de pago descritas deberán hacer efectivo el abono en cualquier oficina de la entidad «CAJAMAR Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito» dentro del citado plazo. Cualquier abono de los derechos de examen fuera del plazo establecido, conllevará la exclusión definitiva de estas pruebas selectivas. En ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2 de esta Resolución.
3.5 Las personas aspirantes con discapacidad y grado reconocido por minusvalía igual o superior al 33 por 100 podrán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y expresar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.
3.6 A la solicitud se deberán adjuntar los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. En caso de no poseer la nacionalidad española, fotocopia de la documentación que acredite su nacionalidad, de acuerdo con lo establecido en la base 2.1.a) (Pasaporte y/o Tarjeta de Residencia).
b) Certificación de Servicios Prestados en las Administraciones Públicas, de acuerdo con el apartado 2. «Fase de Concurso» del anexo I. «Procedimiento de Selección».
c) Los aspirantes con minusvalía deberán presentar certificado expedido al efecto por los órganos competentes de la Administración Estatal o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
En caso de optar por la presentación telemática, la anterior documentación deberá aportarse mediante ficheros en formato PDF.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un mes, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentre expuesta a los interesados la lista de admitidos/as y excluidos/as, indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. Igualmente, se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la anterior Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente.
4.3 Se procederá la devolución de los precios públicos exigidos cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión del proceso selectivo por causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen. La devolución se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente titular: Don Arsenio Gutiérrez Pérez, director de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Almería y Funcionario de Carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de La Laguna.
Secretaria titular: Doña Carmen Alicia García Sánchez, Funcionaria de Carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Jaén.
Vocales titulares: Doña Dolores Moyano González, Funcionaria de Carrera de la Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Jaén, don Juan José Sánchez Guerrero, Funcionario de Carrera de la Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas y Museos de la Universidad de Granada, y doña Lorena Ávila García, Funcionaria de Carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Cartagena.
Presidente suplente: Don José Juan Moreno Martínez, Funcionario de Carrera de la Escala Facultativa de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería.
Secretaria suplente: Doña Isabel Marco Delgado, Funcionaria de Carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Granada.
Vocales suplentes: Doña Mercedes Guijarro Antón, Funcionaria de Carrera de la Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alicante, doña Marina Jiménez Rodríguez, Funcionaria de la Escala Facultativa de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, y doña Agustina González de la Fuente, Funcionaria de Carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Granada.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base.
5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma para que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás aspirantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.5., las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento sin número y dispondrá que en su sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. Dichas cuestiones podrán ser planteadas en el número de teléfono 950015126 o en el formulario disponible en la siguiente dirección web:
http://cms.ual.es/UAL/contacto/contacto/index.htm
5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2.ª de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.
5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.
6.2 Los aspirantes en el proceso serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo aquellos aspirantes que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del mismo, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Almería, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Listas de aprobados, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera
7.1 Finalizado cada uno de los tres primeros ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal dictará Resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a la exigida para su superación. Dicha Resolución establecerá un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para la presentación de alegaciones, que serán resueltas en idéntico plazo. Una vez resueltas las alegaciones, el Tribunal hará pública nueva Resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes que han superado el ejercicio correspondiente y convocando a los mismos a la celebración del ejercicio siguiente.
7.2 Finalizado el cuarto ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará Resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a la exigida para su superación, así como la puntuación provisional obtenida en la fase de concurso por aquellos aspirantes que superaron, al menos, el primer ejercicio. Dicha Resolución establecerá un plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, para la presentación de alegaciones.
7.3. Una vez resueltas las alegaciones a las que se refiere el párrafo anterior, el Tribunal hará pública nueva Resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes que han superado el cuarto ejercicio de la fase de oposición y aprobando la puntuación definitiva obtenida por los aspirantes en la fase de concurso.
7.4 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública Resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas ordenados por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso, y la calificación final, obtenida esta última según lo dispuesto en el anexo I de esta convocatoria. Al efecto de confeccionar dicha relación, el Tribunal declarará que han superado las pruebas selectivas los aspirantes que hayan obtenido las calificaciones finales más altas, sin que el número aspirantes propuestos supere el número de plazas convocadas, tal como se establece en la base 5.11 de esta Resolución.
7.5 Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.
7.6 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de la Relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos deberán presentar certificación, de los Órganos competentes de la Administración Estatal o de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los citados Órganos de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.
7.7 Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
7.8 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8. Lista de espera
8.1 Una vez finalizadas las pruebas selectivas, se elaborará una lista de espera con el fin de atender las necesidades urgentes e inaplazables que se produzcan, mediante nombramiento como funcionarios interinos. Dichos nombramientos, así como las correspondientes revocaciones, se efectuarán según lo dispuesto en el artículo 10 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
8.2 La citada lista se elaborará con los aspirantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados funcionarios/as de carrera, ordenada de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la suma de la/s puntuación de los ejercicios superados en estas pruebas selectivas, y la puntuación obtenida en virtud de los méritos descritos en el anexo I para la fase de concurso. En ningún caso formarán parte de la lista aquellos aspirantes que no hubiesen superado ejercicio alguno. En caso de empate, o sucesivos empates, se resolverá a la mayor puntuación obtenida según el siguiente orden:
a) puntuación obtenida en el primer ejercicio;
b) puntuación obtenida en el segundo ejercicio;
c) puntuación obtenida en el tercer ejercicio;
d) puntuación obtenida en el cuarto ejercicio;
e) puntuación obtenida en la fase de concurso, apartado 2 del anexo I;
f) Sorteo.
8.3 Una vez confeccionada la lista, el Rectorado de la Universidad de Almería procederá a su aprobación y publicación en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos. En esta misma publicación quedarán regulados todos los aspectos concernientes al uso y funcionamiento de la mencionada lista.
8.4 La lista de espera estará vigente hasta la derogación de la misma en una futura convocatoria de pruebas selectivas en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Almería.
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal
9.1 De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Almería (UAL), sita en edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, ctra. Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano. CP 04120 Almería, es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: dpo@ual.es.
9.2 La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la UAL no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la UAL, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.
9.3 En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la UAL garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
9.4 En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
10. Norma final
La presente Resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el artículo 122.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018, de 18 de diciembre. Contra la misma podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la recepción de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente Recurso de Reposición ante este Órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la recepción de esta Resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Almería, 17 de abril de 2020.–El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.
1. Fase de oposición
La fase de oposición estará formada de cuatro ejercicios teniendo cada uno de ellos carácter eliminatorio. La puntuación máxima a obtener en esta fase es de 60 puntos y se desarrollará de la siguiente forma:
1.1 Primer ejercicio.–Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar un cuestionario de cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será correcta, basado en el contenido del programa que figura como anexo II de esta convocatoria. El ejercicio se calificará sobre un máximo de diez puntos siendo necesario para superarlo obtener como mínimo cinco puntos. El tiempo máximo que podrá concederse a los aspirantes para la realización del ejercicio será de 90 minutos.
Cada respuesta errónea se penalizará con un cuarto de respuesta correcta, de manera que, a efectos de obtener la calificación en el primer ejercicio, el número de aciertos vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula:
AN = A – (F x 0,25)
Siendo:
AN: Número de aciertos a considerar a efectos del cómputo de la calificación.
A: Número de aciertos obtenidos en el ejercicio.
F: Número de errores obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos efectos.
El Tribunal, teniendo en cuenta el número de participantes presentados al ejercicio, su dificultad y el número de plazas ofertadas, determinará, con anterioridad a su identificación nominal, qué puntuación es necesario obtener para aprobar el ejercicio, respetando siempre los principios de mérito y capacidad.
1.2 Segundo ejercicio.–Constará de tres partes que se realizarán en una única sesión.
a) Primera parte.–Redacción del asiento bibliográfico en formato MARC 21 de un documento, en castellano o en inglés.
El asiento bibliográfico constará de:
1) Catalogación de acuerdo con las vigentes reglas de catalogación españolas.
2) Encabezamientos de materia, ajustándose a cualquiera de las listas de encabezamientos de materia vigentes.
3) Clasificación Decimal Universal.
4) Descripción bibliográfica en formato MARC 21.
El Tribunal proporcionará a los aspirantes una plantilla base del formato basada en el sistema integrado de gestión bibliotecaria que emplea la Universidad de Almería.
Los asientos, codificados en formato MARC21, se redactarán conforme a las Reglas de Catalogación vigentes, la Clasificación Decimal Universal y a cualquier lista de encabezamientos de materia vigente, así como diccionario en lengua inglesa, todas ellas publicaciones que traerán los propios opositores y que podrán utilizar durante el ejercicio.
Los opositores trabajarán sobre fotocopias, pudiendo consultar el original en la mesa del Tribunal.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo cinco puntos. El tiempo máximo para la realización de esta primera parte será de 30 minutos.
b) Segunda parte.–Descripción de los metadatos de un artículo científico.
La asignación de los metadatos se realizará a partir del esquema Dublin Core, incluyendo obligatoriamente en el campo adecuado un resumen indicativo del artículo, basado en la norma Norma UNE 50-103-90 (ISO 214/1976). El Tribunal proporcionará a los aspirantes una plantilla del formato Dublín Core empleada en el repositorio RiUAL de la Universidad de Almería.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo cinco puntos. El tiempo máximo para la realización de esta segunda parte será de 30 minutos.
c) Tercera parte.–Descripción de un documento de Archivo.
Descripción de una unidad documental simple con los metadatos mínimos obligatorios y/o los metadatos necesarios para la gestión documental y/o los recomendados dentro del eEMGDE, definidos en la Norma Técnica de Interoperabilidad de documento electrónico.
El tribunal proporcionará a los aspirantes una plantilla base con los metadatos de gestión de documentos de acuerdo con el Esquema Nacional de Interoperabilidad y sus Normas Técnicas de desarrollo.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo cinco puntos. El tiempo máximo para la realización de esta segunda parte será de 30 minutos.
1.3. Tercer ejercicio.–Consistirá en la resolución de una búsqueda de información susceptible de abordarse en un servicio de información y referencia de una biblioteca universitaria.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.
El tiempo máximo para la realización de esta parte será de 1 hora y media.
1.4 Cuarto ejercicio.–Consistirá en desarrollar por escrito dos temas a elegir entre los tres propuestos por el tribunal, relacionados con el contenido del programa que figura en el anexo II: Bloque 2. Bibliotecas y Archivos, de la convocatoria.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante el tribunal, que valorará la formación general y actualización de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco puntos, y no haber obtenido una calificación de cero puntos en alguno de los temas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 3 horas
2. Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos no justificados documentalmente en el plazo establecido en el apartado 3.2. de esta convocatoria no podrán ser valorados en esta fase de concurso. La puntuación máxima de esta fase será de 25 puntos.
La valoración de los méritos se realizará teniendo en cuenta los servicios prestados en la Administración Pública en relación con las Bibliotecas, Archivos y Museos, bien como Personal Funcionario del Subgrupo A2 o superior, bien como Personal Laboral en grupo II o grupo I. Dichos servicios se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
En la Universidad de Almería: 0,0065 puntos por día de servicio.
En otra Universidad Pública: 0,00325 puntos por día de servicio.
En otra Administración Pública: 0,001625 puntos por día de servicio.
3. Calificación final
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la Fase de concurso y en la Fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los criterios establecidos en la base 8.2 de esta convocatoria.
Bloque 1. Legislación
1. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades: Las funciones y autonomía de las Universidades. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico. La estructura de las Universidades públicas: centros, facultades, escuelas, escuelas de doctorado, departamentos e Institutos Universitarios de Investigación.
2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Título preliminar. Disposiciones generales. Título I. De los interesados en el procedimiento. Título II. De la actividad de las Administraciones Públicas: Normas generales.
3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones Públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones. Funcionamiento electrónico del sector público.
4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.
5. Los Estatutos de la Universidad de Almería. Título Preliminar. Título I. De la comunidad universitaria. Título II. De la docencia y el estudio. Título III: De la Investigación y la transferencia del conocimiento. Título IV. De la internacionalización de la Universidad de Almería. Título V: De la extensión Universitaria. Título VI. Estructura de la Universidad. Título VII. Gobierno, administración y representación de la Universidad. Título VIII. Régimen Electoral. Título IX. Del régimen económico y financiero.
6. La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones. El Delegado de Prevención. El Comité de Seguridad y Salud.
7. La Protección de Datos: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Bloque 2. Bibliotecas y archivo
8. Bibliotecas universitarias: Concepto, función y servicios. La integración de las bibliotecas universitarias en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). La biblioteca universitaria como Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (CRAI).
9. La Biblioteca de la Universidad de Almería: estructura, normativa, recursos y servicios.
10. Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias.
11. Gestión y desarrollo de las colecciones en bibliotecas universitarias. Criterios para su formación, mantenimiento, evaluación y preservación.
12. Proceso técnico y análisis documental. Catalogación: elaboración, normalización y mantenimiento de catálogos. Reglas de catalogación. ISBD. MARC 21. RDA.
13. Metadatos y su aplicación en bibliotecas. Tendencias actuales. Formatos: DUBLIN CORE, METS Y PREMIS. Los lenguajes de marcado. HTML y XML.
14. Control de autoridades: FRAD, FRSAD, Y VIAF. Identificación Bibliográfica: ISBN, ISSN y otros identificadores internacionales. Identificadores permanentes en internet.
15. Lenguajes documentales y sistemas de clasificación. Encabezamientos de materia. Tesauros. Ontologías.
16. Sistemas Integrados de Gestión Bibliotecaria. Situación actual y tendencias.
17. Acceso a la información en bibliotecas universitarias. Catálogos. Catálogos colectivos. Gestores de enlaces. Herramientas de descubrimiento. Guías temáticas.
18. La biblioteca digital en el ámbito universitario. Interconexión e integración de recursos electrónicos. El movimiento de acceso abierto (OAI) y los repositorios institucionales. El Repositorio Institucional de la Universidad de Almería.
19. Sistemas de evaluación y certificación de calidad en Bibliotecas universitarias.
20. La cooperación entre bibliotecas universitarias y científicas. Situación y tendencias actuales en España: redes y consorcios. REBIUN, estructura y actividad. El Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Andalucía (CBUA).
21. Las normas y directrices para bibliotecas universitarias y científicas de REBIUN. IV Plan estratégico REBIUN.
22. Sistemas de gestión de contenidos. Canales de comunicación. Portales web. Redes sociales. El impacto de las redes sociales como herramientas de comunicación.
23. Sistemas de recuperación de la información bibliográfica y documental. Estrategias y técnicas de recuperación de información. Servicios avanzados y personalizados.
24. Bibliotecas e investigación en universidades. Impacto del Espacio Europeo de Investigación. Servicios de apoyo a la investigación.
25. Los servicios a usuarios en las bibliotecas universitarias. Organización de servicios en entornos virtuales y presenciales.
26. Alfabetización Informacional (ALFIN). Competencias informáticas e Informacionales (CI2) en la Universidad. Nuevas metodologías docentes y e-learning aplicadas en Bibliotecas universitarias.
27. Difusión y marketing en bibliotecas universitarias. Las Cartas de Servicios. La Carta de Servicios de la Biblioteca de la Universidad de Almería.
28. Concepto y tipología de las fuentes de información. Recursos de información de carácter general y especializado.
29. Servicios de apoyo a la investigación. Bibliometría. Concepto y aplicaciones. Indicadores bibliométricos. Recursos de información para la acreditación y evaluación científica de los investigadores. Agencias de calidad e índices de citas.
30. Protocolos y lenguajes de búsqueda e intercambio de información: Z39.50, SUR/SRW, Open Url, OAI-PMH.
31. Web semántica en bibliotecas. Datos enlazados en las bibliotecas.
32. Servicios de impacto en la sociedad. La Responsabilidad social de las bibliotecas universitarias.
33. Los recursos humanos en las bibliotecas. Nuevos perfiles profesionales. La formación del personal.
34. Sistema bibliotecario español. Ley del libro y bibliotecas. Sistema bibliotecario de Andalucía.
35. Legislación española sobre patrimonio artístico, bibliográfico y documental.
36. La Ley de Propiedad Intelectual. Incidencia en la gestión de archivos y bibliotecas y el entorno digital.
37. La Unión Europea. Instituciones y programas de apoyo a las bibliotecas. Las competencias normativas europeas en política de información y de biblioteca. El Espacio Europeo de Educación Superior. Recorrido histórico y conceptos clave.
38. Concepto y definición de Archivística. Concepto y definición de archivo, de documento y de documento electrónico. Tipos de archivos según el ciclo vital de los documentos. El Archivo General de la Universidad de Almería.
39. Sistemas ordinarios y extraordinarios de ingreso de documentos en los archivos. Normas básicas de instalación de documentos. Transferencias, consultas y préstamos de documentos.
40. La identificación y clasificación de los fondos documentales: concepto y definición. Sistemas de clasificación.
41. La valoración, selección y eliminación de documentos: principios generales, conceptos y funciones. Los documentos esenciales. La Comisión Andaluza de Valoración de Documentos: funciones, composición y funcionamiento.
42. Las agrupaciones documentales de los archivos: conceptos de grupo de fondos, fondo, sección de fondo, serie documental, unidad archivística simple, expediente o unidad archivística compuesta y colección documental.
43. La descripción archivística multinivel: objetivo. Normas internacionales para la descripción multinivel: normas de estructura (ISAD-G) y normas de intercambio (EAD). Las normas de contenido: normas nacionales e internacionales de contenido (DACS, RAD, etc.). La norma internacional ISAAR (CPF) y su relación con las EAC-CPF.
44. Digitalización de documentos de archivo. Aspectos técnicos, formatos y estándares. Etiquetas y metadatos.
45. El edificio, los depósitos y otras instalaciones del archivo: principales características arquitectónicas. Áreas, circuitos de circulación y mobiliario. Medidas ambientales y de seguridad. Los planes de contingencias y desastres.
46. Sistema Archivístico de Andalucía. Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.
47. Administración electrónica, gestión documental y archivo. Marco normativo y aplicación de normas internacionales y buenas prácticas. Políticas de gestión de documentos electrónicos.
48. El Esquema Nacional de Interoperabilidad. Normas técnicas de interoperabilidad de digitalización, documento y expediente electrónicos. El Esquema de Metadatos para la Gestión del Documento Electrónico (EMGDE).
Don/doña ……………………………………………………….............................................
con domicilio en …………………………….............................................................................
Documento Nacional de Identidad número ……………………..............................................
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Almería, que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid