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Documento BOE-A-2020-4566

Resolución de 30 de marzo de 2020, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publica el Convenio con el Centro Tecnológico del Mar-Fundación CETMAR, para desarrollar el proyecto ML STYLE.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 22 de abril de 2020, páginas 29583 a 29587 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-4566

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 18 de marzo de 2020, y previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó el Convenio entre la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra y CETMAR para desarrollar el proyecto ML STYLE.

En cumplimiento de lo dispuesto en al apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Marín, 30 de marzo de 2020.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, José Benito Suárez Costa.

ANEXO
Convenio entre la autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra y CETMAR para desarrollar el proyecto ML STYLE

Marín, 18 de marzo de 2020.

COMPARECEN

Don José Benito Suarez Costa, en calidad de Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, con CIF Q-3667004-J y domiciliada en Parque de Cantodarea, s/n, Marín 36900 (Pontevedra), en el ejercicio de las funciones que le confiere el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre en virtud de nombramiento realizado mediante Orden de 25 de mayo de 2009 de la Consellería do Mar de la Xunta de Galicia (DOG n.º 103, de 28 de mayo y BOE n.º 142, de 12 de junio).

Doña Paloma Rueda Crespo, como Directora Gerente del Centro Tecnológico del Mar-Fundación CETMAR, a partir de este momento referida como CETMAR, con CIF G36 885 853 y domiciliado en Rúa Eduardo Cabello, s/n, Vigo 36028 (Pontevedra), por acuerdo de la reunión ordinaria del Patronato de la Fundación de fecha 26 de junio de 2009.

Los comparecientes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, subscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, para su efecto,

EXPONEN

Primera.

El crecimiento azul (Blue Growth) es una estrategia a largo plazo de apoyo al crecimiento sostenible de los sectores marino y marítimo. Reconoce la importancia de los mares y océanos como motores de la economía europea por su gran potencial para la innovación y el crecimiento. Constituye la contribución de la Política Marítima Integrada en la consecución de los objetivos de la Estrategia 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. La Autoridad Portuaria de Vigo se ha destacado a nivel nacional y europeo por crear y liderar el Plan Blue Growth Porto de Vigo 2016-2020 en torno al que se están promoviendo un elevado número de iniciativas y proyectos dirigidos a dinamizar la economía local, la modernización y la mejora de la competitividad de la industria marítima, pesquera y portuaria.

Segunda.

La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra ha demostrado su compromiso con la protección de los ecosistemas marinos y costeros a través de su activa implicación en proyectos orientados a la prevención y retirada de basura marina y contempla entre sus objetivos el avance continuo y la mejora de la situación ambiental tanto de su entorno de acción como del entorno próximo en el que pueda tener influencia, potenciando en la comunidad portuaria una cultura de respeto por el medio ambiente, primando que las empresas que operan en el entorno portuario implanten sistemas de gestión medioambiental.

Tercera.

El Centro Tecnológico del Mar-Fundación CETMAR tiene una dilatada experiencia en la realización de todo tipo de acciones dirigidas a proteger las costas y el medio marino, siendo pionera en proyectos para prevenir, monitorizar y reducir la basura y los residuos marinos. Desde su creación en el año 2001 tiene el propósito de promover y ejecutar todas las acciones necesarias para la conservación y la explotación responsable del medio marino y sus recursos, especialmente en lo que respecta al litoral gallego, incluida la realización de acciones ejecutivas específicas, de acuerdo con demandas concretas y la colaboración con instituciones, empresas y personas sobre cualquier asunto relacionado con el mar y sus recursos.

Cuarta.

En el marco del Plan Blue Growth, se está desarrollando el proyecto ML STYLE que incluye actuaciones e investigaciones referentes a la prevención y gestión de la basura marina y de los residuos inorgánicos generados en las actividades pesqueras y portuarias y la implantación de procesos de economía circular que supongan la valorización de los materiales recuperados del medio marino, como materias primas para la fabricación de ropa, accesorios y complementos de moda. Su principal objetivo es diseñar un sistema de gestión integral de los residuos inorgánicos de los puertos pesqueros (plásticos alimentarios, cajas de poliestireno, aparejos en desuso y basuras marinas recogidas por los barcos pesqueros) y estudiar las posibilidades de valorización de dichos materiales como materias primas para la fabricación de ropa, accesorios y complementos de moda por parte de Inditex.

Se contemplan actuaciones de limpieza y retirada de residuos inorgánicos por parte de las flotas pesqueras (arrastre y flota artesanal), tanto siguiendo los esquemas de pesca pasiva (retirada y gestión de los residuos que llegan en los aparejos durante las actividades pesqueras), como campañas de retirada de desechos marinos dirigidas a zonas de acumulación (hotspots) y de retirada de redes/artes de pesca perdidos o abandonados.

Estas actividades se realizarán en el Puerto de Marín y seguirán las directrices de experiencias similares anteriores desarrolladas por CETMAR como Nada Pola Borda, Pescal o 3R Fish. En paralelo, se explorará qué otros puertos/flotas están desarrollando acciones similares y/o estarían interesados en unirse a la iniciativa, de cara a incorporarlos en una fase posterior a mayor escala, que propiciaría un mayor aprovisionamiento de los materiales necesarios para que la valorización sea económicamente viable.

Quinta.

Las tareas contempladas en el proyecto ML STYLE implican costes de personal, equipamiento, desplazamientos y contrataciones. CETMAR, con ayuda de otras entidades se encargan de la financiación del proyecto y de las actividades técnicas incluidas en el mismo.

Sexta.

Una parte importante de las actuaciones del proyecto ML STYLE se pretenden desarrollar en el Puerto de Marín por lo que la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra es parte fundamental para la correcta ejecución de las acciones descritas en la memoria técnica del proyecto.

Las partes acuerdan subscribir el presente Convenio.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio es establecer los términos para la colaboración entre la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra y CETMAR, en el marco del Proyecto ML STYLE para la gestión integral de los residuos inorgánicos en el ámbito del Puerto de Marín (plásticos alimentarios, cajas de poliestireno, aparejos en desuso y basuras marinas recogidas por los barcos pesqueros), estudiando las posibilidades de valorización de dichos materiales como materias primas para la fabricación de ropa, accesorios y complementos de moda por parte de Inditex. Implica la limpieza y retirada de residuos inorgánicos por parte de las flotas pesqueras en el ámbito del Puerto de Marín (arrastre y flota artesanal), tanto siguiendo los esquemas de pesca pasiva (retirada y gestión de los residuos que llegan en los aparejos durante las actividades pesqueras), como campañas de retirada de desechos marinos dirigidas a zonas de acumulación (hotspots) y la retirada de redes/artes de pesca perdidos o abandonados.

Segunda. Condiciones de aceptación del proyecto.

Las partes aceptan realizar este proyecto para el que la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra es parte fundamental e inseparable para su correcta ejecución dado su objeto.

Tercera. Financiación.

Con cargo a la financiación aportada por CETMAR, esta entidad será responsable de las compras, contratación de servicios y otros gastos relativos a la logística de gestión de los residuos marinos recogidos por las flotas pesqueras y al diseño y equipamiento de puntos verdes en los mismos de acuerdo con el presupuesto establecido en la memoria técnica para dichos conceptos.

Cuarta. Aportaciones. Importe y condiciones de pago.

El presupuesto máximo asignado por el CETMAR para dicha tarea en el Puerto de Marín (Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra) es el siguiente:

– Logística de apoyo a la gestión de residuos en el Puerto de Marín: 3.000 euros.

– Equipamiento del punto verde: 23.400 euros.

CETMAR abonará a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra un máximo de 3.000 euros para cubrir los costes de la gestión de los residuos asumidos por el organismo portuario.

CETMAR adquirirá y suministrará los equipos del punto verde que se acuerden, por la cantidad máxima de 23.400 euros, para ser instalados en el Puerto de Marín.

Quinta. Comisión de seguimiento.

A efectos de realizar un seguimiento del Convenio se designan dos responsables del seguimiento por cada una de las partes:

El responsable del seguimiento del trabajo por parte de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra será el responsable de Seguridad y Sostenibilidad, que podrá delegar en la persona que consideren oportuno.

El responsable del seguimiento del trabajo por parte de CETMAR será designado por dicho ente que podrá delegar en la persona que consideren oportuno.

La Comisión de seguimiento tendrá como funciones:

1) Resolver las dudas que puedan surgir en la integración y aplicación del presente Convenio.

2) En general, servirá como canal para facilitar los contactos entre el CETMAR y la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, en materia de atención de emergencias, que sean necesarios para la consecución de los fines que inspiran la firma del presente documento, y para promover acciones encaminadas a la mejora de las condiciones de seguridad en las que se desarrolla la actividad en las instalaciones portuarias de la zona de servicio de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

3) Revisar los procedimientos de comunicación bilateral y los protocolos e instrucciones operativas, y actualizarlos en el caso de ser preciso.

El funcionamiento de la Comisión se atendrá a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Vigencia y entrada en vigor.

El presente Convenio se perfeccionará una vez firmado por las partes y resultará eficaz una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, siendo su duración de cuatro (4) años.

No obstante, antes del final del plazo previsto si las circunstancias lo hacen aconsejable, las partes por unanimidad podrán acordar su prórroga por el período estrictamente necesario y siempre dentro del límite máximo de hasta cuatro años adicional establecido en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Convenio podrá extinguirse, por las causas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de extinción, se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y, a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación de las mismas.

La resolución del Convenio por causa de incumplimiento de las obligaciones y compromisos de las partes no dará lugar a indemnización por incumplimiento.

Séptima. Protección de datos de carácter personal.

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y demás normativas aplicables, ambas partes se comprometen a respetar las citadas normas y a preservar absoluto secreto sobre los datos personales a los que tuviesen acceso en el ámbito de este Convenio y adoptar todas las medidas necesarias, idóneas y/o simplemente adecuadas, de tipo técnico y organizativo, que garanticen su seguridad y protección.

Octava. Personal.

La suscripción del presente Convenio no implicará relación laboral, contractual o de cualquier otro tipo entre el personal de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra y del CETMAR, de tal modo que no se le podrá exigir ninguna responsabilidad, ni directa, ni indirecta, ni subsidiaria, por los actos o hechos ocurridos durante la ejecución de las actuaciones y/o la vigencia del presente Convenio.

Novena. Modificaciones.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Las posibles modificaciones de este Convenio, acordadas de forma unánime por los firmantes, deberán formalizarse mediante suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación inicial. En todo caso se estará a lo establecido al efecto por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

En constancia de lo acordado y en señal de conformidad, se firma el presente documento en dos ejemplares de igual valor y tenor.–Por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, José Benito Suarez Costa.–Por el Centro Tecnológico del Mar-Fundación CETMAR, Paloma Rueda Crespo.

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