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Documento BOE-A-2020-4392

Orden ETD/334/2020, de 20 de marzo, de revocación de la autorización administrativa concedida a Unión del Duero, Compañía de Seguros de Vida, SA, para operar en el ramo de accidentes.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 9 de abril de 2020, páginas 28813 a 28813 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2020-4392

TEXTO ORIGINAL

La entidad Unión del Duero, Compañía de Seguros de Vida, S.A., inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras con clave administrativa C0601, ha solicitado la revocación de la autorización administrativa para operar en el ramo de accidentes (ramo 1 según la clasificación de los riesgos por ramos prevista en el anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras).

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169.3.a) y 169.3.b) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, he resuelto:

Primero.

Revocar la autorización administrativa concedida a la entidad Unión del Duero, Compañía de Seguros de Vida, S.A., para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de accidentes (ramo 1 según la clasificación de los riesgos por ramos prevista en el anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras).

Segundo.

Inscribir en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la revocación de la autorización administrativa concedida a la entidad Unión del Duero, Compañía de Seguros de Vida, S.A., para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de accidentes.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 20 de marzo de 2020.–La Ministra de Economía y Empresa, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la Cueva Fernández.

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