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Documento BOE-A-2020-3680

Resolución de 4 de marzo de 2020, del Banco de España, por la que se publica la sanción de multa por infracción muy grave impuesta tanto a Intercredit, Inc. como a su presidente don Rubén Fernando Saavedra.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 14 de marzo de 2020, páginas 25363 a 25363 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2020-3680

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de mayo de 2019 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución por la que finalizó el expediente de referencia IE/NEP-1/2018, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 19 de julio de 2018 tanto a la sociedad Intercredit, Inc. como a su presidente D. Rubén Fernando Saavedra.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, en su redacción vigente al tiempo de la incoación del expediente y, por tanto, la que resulta aplicable a efectos de publicidad, establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el Boletín Oficial del Estado una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada Resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa, procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a las siguientes personas:

– Intercredit, Inc.:

«Sanción de multa impuesta a Intercredit, Inc. por importe de setenta y dos mil euros (72.000 euros) –tras la aplicación de las reducciones del 40% contempladas en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 97.1.a).1° de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 4.4 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago (vigente al tiempo de la comisión de los hechos), en relación con el artículo 92.aa) de la citada Ley 10/2014.

Dicha infracción consiste en la prestación reiterada y con carácter profesional de servicios de pago sin tener la condición de proveedor de servicios de pago.»

– D. Rubén Fernando Saavedra:

«Sanción de multa impuesta a D. Rubén Fernando Saavedra, en su condición de presidente de Intercredit, Inc. por importe de nueve mil euros (9.000 euros) –tras la aplicación de las reducciones del 40% contempladas en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 4.4 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago (vigente al tiempo de la comisión de los hechos), en relación con el artículo 92.aa) de la citada Ley 10/2014.

Dicha infracción consiste en la prestación reiterada y con carácter profesional de servicios de pago sin tener la condición de proveedor de servicios de pago.»

Madrid, 4 de marzo de 2020.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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