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Documento BOE-A-2020-3199

Resolución de 18 de junio de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Española Deporte Seguro.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 2020, páginas 22630 a 22631 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-3199

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Española Deporte Seguro resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Francisco Chacón Marín y don Francisco José Millán Uralde, en virtud de escritura otorgada ante el Notario de Aldaia don Ignacio Núñez Echevarría el 10 de mayo de 2018, con el número 654 de protocolo, rectificada por otras otorgadas ante el mismo notario el 29 de octubre de 2018, protocolo 1.383, y 28 de febrero de 2019, protocolo 277.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Oñate, 10, bajo, 28020 Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fomentar y lograr la práctica de deporte seguro, en todas sus facetas y niveles, prestando especial atención a la prevención y a aquellas circunstancias físicas y/o patológicas que pudieren acarrear un fatal desenlace, tales como la muerte súbita cardíaca.

Quinto. Patronato.

Don Francisco Chacón Marín, don Francisco José Millán Uralde, don Raimundo Sarrio Soriano y don Leonel Díaz Gonzalez.

Cargos:

Presidente: Don Francisco Chacón Marín.

Secretario: Don Raimundo Sarrio Soriano.

Tesorero: Don Francisco José Millán Uralde.

Vocal: Don Leonel Díaz González.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 20 de mayo de 2019

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Española Deporte Seguro, su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121, 122 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 18 de junio de 2019.–El Director General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Pedro José Garrido Chamorro.

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