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Documento BOE-A-2020-3004

Resolución de 3 de febrero de 2020, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica primera Adenda de prórroga del Convenio con la Sociedad Española de Informática de la Salud, para impulsar la transformación digital del Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2020, páginas 21948 a 21949 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2020-3004

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 31 de enero de 2020, primera Adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) para impulsar la transformación digital del Sistema Nacional de Salud y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 3 de febrero de 2020.–El Secretario General de Sanidad, Faustino Blanco González.

ANEXO
Primera Adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) para impulsar la transformación digital del Sistema Nacional de Salud

Madrid, 31 de enero de 2020.

REUNIDOS

De una parte, don Faustino Blanco González, Secretario General de Sanidad, nombrado por Real Decreto 200/2020, de 29 de enero (BOE n.º 26, del 30), facultado para la firma de esta adenda en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Resolución de 29 de noviembre de 2017, del Secretario General de Sanidad y Consumo, por la que, en función de lo dispuesto en el apartado 6.2.c) de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias, avoca para si la competencia de su firma.

De otra parte, don Luciano Sáez Ayerra, con DNI: 51.****217, Presidente de la Sociedad Española de Informática de la Salud, con CIF G 78.339.926 y domicilio en la calle Enrique Larreta, 5, de Madrid, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 35 de los Estatutos, modificados el 24 de 2004, y como representante de la misma.

Ambas partes intervienen en el ejercicio de las facultades que legalmente se confieren a los cargos que desempeñan, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para la formalización de la presente adenda de prórroga y a tal efecto,

EXPONEN

I. Que el Ministerio de Sanidad (en su día de Sanidad, Consumo y Bienestar Social) y la Sociedad Española de Informática de la Salud suscribieron el 18 de enero de 2018 un Convenio para impulsar la transformación digital del Sistema Nacional de Salud, en un marco que comprende la experiencia del usuario (como ciudadano y como profesional), la salud pública, la continua mejora del conocimiento en salud, el incremento de la eficiencia interna del sistema y la generación de las nuevas infraestructuras informáticas y de herramientas generadoras de nuevo conocimiento.

II. Que el Convenio tiene una vigencia de dos años, pudiéndose prorrogar por periodos de un año mediante acuerdo expreso de las partes antes de su finalización, hasta una duración total máxima de cuatro años, en virtud de su apartado sexto.

III. Que las partes consideran adecuado prorrogar su período de vigencia con el fin de proseguir la colaboración establecida dada la importancia estratégica de la transformación digital en la sanidad que se está produciendo en la actualidad.

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el Convenio suscrito entre las partes con fecha 18 de enero de 2018 para impulsar la transformación digital del Sistema Nacional de Salud.

Segundo.

La presente prórroga tendrá una vigencia de un año, pudiéndose realizar una segunda prórroga por un período idéntico mediante acuerdo expreso de las partes antes de su finalización, según lo establecido en el apartado sexto del Convenio objeto de prórroga.

Tercero.

La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas en el Convenio que se prorroga en todos sus apartados.

Cuarto.

Los efectos de esta adenda se extenderán desde la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por la Sociedad Española de Informática de la Salud, el Presidente, Luciano Sáez Ayerra.–Por el Ministerio de Sanidad, el Secretario General de Sanidad, Faustino Blanco González.

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