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Documento BOE-A-2020-2930

Resolución de 18 de febrero de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica el valor de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) correspondiente a las instalaciones de categoría A de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares para el año 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 29 de febrero de 2020, páginas 21409 a 21415 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2020-2930

TEXTO ORIGINAL

El artículo 24 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, establece que la Dirección General de Política Energética y Minas aprobará anualmente el valor de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) correspondiente a cada una de las instalaciones categoría A que tengan reconocido el régimen retributivo adicional para ese año. De acuerdo a lo establecido en el citado artículo, la anualidad de la retribución por inversión está compuesta de la retribución por amortización y la retribución financiera.

Asimismo, el Real Decreto 738/2015 indica en su disposición transitoria undécima.3 «Las instalaciones de producción de energía eléctrica de categoría A que con anterioridad a la entrada en vigor del citado Real Decreto tuvieran reconocido su valor de la inversión, mantendrán a efectos retributivos dicho valor de inversión hasta el final de su vida útil regulatoria. Adicionalmente establece que el método de amortización de la inversión de estas centrales se mantendrá hasta que finalice su vida útil regulatoria de acuerdo con la normativa vigente con anterioridad a la entrada en vigor de citado real decreto y partiendo de la amortización acumulada que tuvieran reconocida a la entrada en vigor del mismo. Y finalmente indica que los valores correspondientes a dichas centrales se recogen en su anexo XVI».

La Orden ITC/914/2006, de 30 de marzo, por la que se establece el método de cálculo de la retribución de garantía de potencia para las instalaciones de generación en régimen ordinario de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, regulaba hasta la entrada en vigor del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, la amortización de la inversión de dichas instalaciones.

Por otra parte, en el cálculo de la retribución financiera, de acuerdo al artículo 27 del precitado Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, se tendrá en consideración la tasa de retribución financiera, que será revisada para cada periodo regulatorio en virtud de lo dispuesto en los artículos 21 y 28 del meritado real decreto, comprendiendo el segundo periodo regulatorio el periodo entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2025, en virtud de la disposición adicional primera del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio.

De esta forma, el apartado 2 del artículo único del Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación, fija la tasa de retribución financiera a aplicar a todas las instalaciones de los sistemas eléctricos aislados de los territorios no peninsulares categoría A que tengan retribución por inversión durante el segundo periodo regulatorio en el 5,58%.

Adicionalmente, establece que, en ningún caso, la variación de la tasa de retribución financiera empleada entre dos años consecutivos podrá ser superior en valor absoluto a 50 puntos básicos. En el caso de que se produjera una variación superior, la propuesta de cambio del valor en la tasa de retribución se efectuará en el número de años que resulte necesario a fin de no superar dicho límite.

La tasa de retribución financiera a aplicar durante el primer periodo regulatorio, atendiendo al apartado 2 de la disposición adicional primera del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, se estableció en 650,3 puntos básicos, suponiendo el establecimiento de la tasa a aplicar a las instalaciones categoría A con retribución por inversión en el segundo periodo regulatorio una variación mayor de 50 puntos básicos. Por ese motivo, se establece para el año 2020 una tasa de retribución financiera para el cálculo del valor de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) de las anteriores instalaciones de 6,003%.

Tras el preceptivo trámite de audiencia y en virtud de lo anterior, esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:

Único.

Establecer los valores de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) para el año 2020 para las instalaciones de categoría A de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, que serán los presentes en el anexo a esta resolución.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 18 de febrero de 2020.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Jesús Martín Martínez.

ANEXO
Valor unitario de la inversión para el año 2020 en millones de euros

Baleares

N.º Registro Denominación oficial CIn 2020

RO2-0057

Alcudia 3, Turbina de Gas N.º 1.

0,000

RO2-0058

Alcudia 4, Turbina de Gas N.º 2.

0,000

RO1-1066

Alcudia 5, Grupo N.º 3.

7,138

RO1-1067

Alcudia 6, Grupo N.º 4.

7,239

RO2-0063

Formentera 1, Turbina de Gas N.º 1.

0,000

RO2-0036

Ibiza 5, Burmeister N.º 1.

0,000

RO2-0038

Ibiza 6, Burmeister N.º 2.

0,000

RO2-0039

Ibiza 7, Burmeister N.º 3.

0,000

RO2-0040

Ibiza 8, Burmeister N.º 4.

0,000

RO2-0059

Ibiza 12, Turbina de Gas N.º 1.

0,000

RO2-0046

Ibiza 13, Burmeister N.º 8.

0,000

RO2-0047

Ibiza 14, Burmeister N.º 9.

0,000

RO2-0060

Ibiza 15, Turbina de Gas N.º 2.

0,000

RO2-0159

Ibiza 16, Diesel Man 1.

0,989

RO2-0160

Ibiza 17, Diesel Man 2.

1,023

RO2-0158

Ibiza Turbina de Gas N.º 3.

0,000

RO2-0161

Ibiza Turbina de Gas N.º 4.

0,000

RO2-0182

Ibiza 20 (Man3).

1,844

RO2-0183

Ibiza 21 (Man 4).

1,854

RO2-0201

Ibiza 22, Turbina de Gas N.º 5.

1,282

RO2-0202

Ibiza 23, Turbina de Gas N.º 6B.

1,399

RO2-0208

Ibiza 24, Turbina de Gas N.º 6.

1,366

RO2-0037

Mahón 9, Burmeister N.º 1.

0,000

RO2-0041

Mahón 10, Burmeister N.º 2.

0,000

RO2-0042

Mahón 11, Burmeister N.º 3.

0,000

RO2-0061

Mahón 12, Turbina de Gas N.º 2.

0,000

RO2-0077

Mahón 13, Turbina de Gas N.º 1.

0,484

RO1-1074

Mahón 14, Turbina de Gas N.º 3.

1,376

RO2-0198

Mahón TG4.

2,738

RO2-0203

Mahón 16, Turbina de Gas N.º 5.

2,791

RO2-0031

Son Reus 1, Turbina de Gas N.º 1.

0,642

RO2-0032

Son Reus 2, Turbina de Gas N.º 2.

0,641

RO2-0033

Son Reus 3, Turbina de Gas N.º 3.

0,641

RO2-0034

Son Reus 4, Turbina de Gas N.º 4.

0,643

RO1-1068

Son Reus 5, Turbina de Gas N.º 5.

12,262

RO1-1069

Son Reus 6, Turbina de Gas N.º 6.

RO1-1070

Son Reus 7, Turbina de Gas N.º 7.

RO1-1073

Son Reus Vapor 10.

RO1-1072

Son Reus 9, Turbina de Gas N.º 9 (CC2).

3,825

RO1-1071

Son Reus Turbina de Gas N.º 8 (CC2).

3,825

RO1-1075

Son Reus Turbina de Vapor N.º 2 (CC2).

4,119

RO2-0195

CA'S Tresorer TG1, CC1.

5,007

RO2-0196

CA'S Tresorer TG2, CC1.

5,011

RO2-0197

CA'S Tresorer TV, CC1.

5,406

RO1-2012

CA'S Tresorer TG3, CC2.

5,791

RO1-2013

CA'S Tresorer TG4, CC2.

5,826

RO1-2014

CA'S Tresorer TV2, CC2.

6,072

Canarias

N.º Registro Denominación oficial CIn 2020
RO2-0089 Barranco de Tirajana 1, Gas 1. 0,000
RO2-0090 Barranco de Tirajana 2, Gas 2. 0,158
RO1-1049 Barranco de Tirajana 3, Vapor 1. 6,087
RO1-1050 Barranco de Tirajana 4, Vapor 2. 5,461
RO1-1051 Barranco de Tirajana 5, Gas 3 (CC 1). 4,543
RO1-1052 Barranco de Tirajana 6, Gas 4 (CC 1). 4,559
RO1-2000 Barranco de Tirajana 7, Vapor 3 (CC1). 4,785
RO2-0188 Barranco de Tirajana 8, Gas 5 CC2. 5,144
RO2-0189 Barranco de Tirajana 9, Gas 6 CC2. 5,203
RO2-0190 Barranco de Tirajana 10, Vapor 4 CC2. 5,808
RO2-0081 Jinamar 2, Diesel 1. 0,000
RO2-0082 Jinamar 3, Diesel 2. 0,000
RO2-0083 Jinamar 4, Diesel 3. 0,000
RO2-0086 Jinamar 7, Gas 1. 0,000
RO1-1047 Jinamar 8, Vapor 4. 0,000
RO1-1048 Jinamar 9, Vapor 5. 0,000
RO2-0087 Jinamar 10, Gas 2. 0,000
RO2-0088 Jinamar 11, Gas 3. 0,000
RO2-0084 Jinamar 12, Diesel 4. 0,000
RO2-0085 Jinamar 13, Diesel 5. 0,000
RO2-0118 Las Salinas 1, Diesel 1. 0,000
RO2-0119 Las Salinas 2, Diesel 2. 0,000
RO2-0120 Las Salinas 3, Diesel 3. 0,000
RO2-0121 Las Salinas 4, Diesel 4. 0,000
RO2-0122 Las Salinas 5, Diesel 5. 0,000
RO2-0123 Las Salinas 6, Diesel 6. 0,000
RO2-0124 Las Salinas 7,Gas 1. 0,000
RO2-0125 Las Salinas 8, Gas 2. 0,849
RO2-0135 Salinas,Las 9 (Guinchos,Los 11). 0,000
RO2-0179 Las Salinas 10, Diesel 7. 2,277
RO2-0199 Las Salinas 11, Diesel 8. 1,683
RO2-0200 Las Salinas 12, Diesel 9. 1,741
RO2-0107 Punta Grande 2, Diesel 1. 0,000
RO2-0108 Punta Grande 3, Diesel 2. 0,000
RO2-0109 Punta Grande 7, Diesel 3. 0,000
RO2-0115 Punta Grande 9, Gas 1. 0,000
RO2-0110 Punta Grande 11, Diesel 4. 0,000
RO2-0111 Punta Grande 12, Diesel 5. 0,000
RO2-0112 Punta Grande 13, Diesel 6. 0,000
RO2-0116 Punta Grande 14, Gas 2. 0,638
RO2-0113 Punta Grande 15, Diesel 7. 1,418
RO2-0114 Punta Grande 16, Diesel 8. 1,437
RO2-0193 Punta Grande Diesel 9. 2,005
RO2-0194 Punta Grande Diesel 10. 2,040
RO2-0095 Candelaria 3, Diesel 1. 0,000
RO2-0096 Candelaria 4, Diesel 2. 0,000
RO2-0100 Candelaria 5, Gas 3. 0,000
RO2-0097 Candelaria 6, Diesel 3. 0,000
RO2-0093 Candelaria 9, Vapor 5. 0,000
RO2-0094 Candelaria 10, Vapor 6. 0,000
RO2-0098 Candelaria 11, Gas 1. 0,000
RO2-0099 Candelaria 12, Gas 2. 0,000
RO2-0103 Granadilla 1, Gas 1. 0,000
RO2-0101 Granadilla 2, Diesel 1. 0,000
RO2-0102 Granadilla 3, Diesel 2. 0,000
RO1-1054 Granadilla 4, Vapor 2. 4,075
RO1-1053 Granadilla 5, Vapor 1. 4,964
RO2-0104 Granadilla 6, Gas 2. 1,712
RO1-1055 Granadilla 7, Gas 3 (CC1). 4,359
RO1-1056 Granadilla 8, Gas 4 (CC1). 4,454
RO1-1087 Granadilla 9, Vapor, 3 (CC 1). 4,650
RO1-2015 Granadilla 10, TG 5 (CC2). 6,868
RO1-2016 Granadilla 11, TG 6 (CC2). 6,881
RO1-1063 Granadilla 12, Vapor 4 (CC2). 7,310
RO2-0105 Arona 1, Gas 1. 0,956
RO2-0106 Arona 2, Gas 2. 0,992
RO2-0127 Los Guinchos 6, Diesel 6. 0,000
RO2-0128 Los Guinchos 7, Diesel 7. 0,000
RO2-0129 Los Guinchos 8, Diesel 8. 0,000
RO2-0130 Los Guinchos 9, Diesel 9. 0,000
RO2-0131 Los Guinchos 10, Diesel 10. 0,000
RO2-0132 Los Guinchos 12, Diesel 11. 0,057
RO2-0133 Los Guinchos 13, Diesel 12. 0,669
RO2-0134 Los Guinchos 14, Diesel 13. 1,770
RO2-0187 Los Guinchos 15, Gas Móvil 2. 1,290
RO2-0191 Los Guinchos 16 (Diesel 14). 1,667
RO2-0192 Los Guinchos 17 (Diesel 15). 1,685
RO2-0136 El Palmar 13, Diesel 12. 0,000
RO2-0137 El Palmar 14, Diesel 13. 0,000
RO2-0138 El Palmar 15, Diesel 14. 0,000
RO2-0139 El Palmar 16, Diesel 15. 0,000
RO2-0140 El Palmar 17, Diesel 16. 0,119
RO2-0141 El Palmar 18, Diesel 17. 0,145
RO2-0142 El Palmar 19, Diesel 18. 0,445
RO2-0143 El Palmar 20, Diesel 19. 0,565
RO2-0149 Llanos Blancos 1, Diesel Movil 1. 0,000
RO3-0019 Llanos Blancos 9, Diesel 7. 0,000
RO2-0144 Llanos Blancos 11, Diesel 9. 0,000
RO2-0145 Llanos Blancos 12, Diesel 10. 0,000
RO2-0146 Llanos Blancos 13, Diesel 11. 0,000
RO2-0147 Llanos Blancos 14, Diesel 12. 0,004
RO2-0148 Llanos Blancos 15, Diesel 13. 0,061
RO2-0176 Llanos Blancos 16, Diesel, 14. 0,261
RO2-0186 Llanos Blancos 17, Diesel 15. 0,265
RO3-0018 El Mulato, Hidraulica 1. 0,012
RO2-0215 Guía de Isora Gas 1. 2,170

Ceuta y Melilla 

N.º Registro Denominación oficial CIn 2020
RO2-0020 Melilla 5, G-5. 0,000
RO2-0021 Melilla 6, G-6. 0,000
RO2-0024 Melilla 9, G-9. 0,000
RO2-0025 Melilla 10, G-10. 0,765
RO2-0175 Melilla 11, Diesel 10. 1,066
Melilla G. Electrógenos (*) Melilla G. Electrógenos (*). 1,175
RO2-0180 Melilla G-12. 1,804
RO2-0185 Melilla 13. 1,856
RO2-0011 Ceuta 1, G-1. 0,000
RO2-0026 Ceuta 2, G-2. 0,000
RO2-0015 Ceuta 6, G-6. 0,000
RO2-0016 Ceuta 7, G-7. 0,000
RO2-0177 Ceuta 8, G-8. 0,298
RO2-0178 Ceuta 9, G-9. 1,038
RO2-0181 Ceuta, Grupo 10. 1,682
RO2-0184 Ceuta, Grupo 11. 1,857
RO2-0204 Ceuta, Grupo 12. 1,195
RO2-0206 Ceuta, Grupo 13. 2,055

Dentro de Melilla G. Electrógenos (*) están los siguientes grupos

RO3-0027 Melilla 12, G. Electrógeno.
RO3-0028 Melilla 13, G. Electrógeno.
RO3-0029 Melilla 14, G. Electrógeno.
RO3-0030 Melilla 15, G. Electrógeno.
RO3-0031 Melilla 16, G. Electrógeno.
RO3-0032 Melilla 17, G. Electrógeno.
RO3-0033 Melilla 18, G. Electrógeno.
RO3-0034 Melilla 19, G. Electrógeno.
RO3-0035 Melilla 20, G. Electrógeno (antes Ceuta 10).
RO3-0036 Melilla 21, G. Electrógeno (antes Ceuta 11).
RO3-0037 Melilla 22, G. Electrógeno (antes Ceuta 12).
RO3-0038 Melilla 23, G. Electrógeno (antes Ceuta 13).

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