Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por Airbus Defence and Space, con domicilio social en Avenida de Aragón, 404, 28022 Madrid, para la certificación de la seguridad del sistema «MPRS_TOE_Std_D», conforme al entorno de uso, garantías y limitaciones indicadas en la correspondiente Declaración de Seguridad: «A400M MPRS_TOE_Std_D Security Target TEA-A4-DT-180115 IssueB April 2019»
Visto el correspondiente Informe Técnico de Evaluación de Centro de Evaluacion de la Seguridad de las Tecnologias de la Informacion (CESTI), de código «EXT-5727», que determina el cumplimiento del sistema «MPRS_TOE_Std_D», de las propiedades de seguridad indicadas en dicha Declaración de Seguridad, tras el análisis de su seguridad según indican las normas «Information Technology Security Evaluation Criteria; v1.2» e «Information Technology Security Evaluation Manual v1.0».
Visto el correspondiente Informe de Certificación del Centro Criptológico Nacional, de código INF-3016, que determina el cumplimiento del sistema «MPRS_TOE_Std_D», de los requisitos para la certificación de su seguridad exigidos por el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información, aprobado por la orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre.
De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2, letra c, del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de certificación mencionada, dispongo:
Certificar que la seguridad del sistema «MPRS_TOE_Std_D», cumple con lo especificado en la Declaración de Seguridad de referencia «A400M MPRS_TOE_Std_D Security Target TEA-A4-DT-180115 IssueB April 2019», según exigen las garantías definidas en las normas «Information Technology Security Evaluation Criteria; v1.2» e «Information Technology Security Evaluation Manual v1.0», para el nivel de garantía de evaluación E3 medium.
Esta certificación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de producto certificado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.
El Informe de Certificación y la Declaración de Seguridad citados se encuentran disponibles para su consulta en el Centro Criptológico Nacional.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de enero de 2020.–La Secretaria General Directora Interina del Centro Criptológico Nacional, Paz Esteban López.
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