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Documento BOE-A-2020-17409

Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la articulación del Programa de Escuelas Taller en el Exterior por la que se prorroga su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 341, de 31 de diciembre de 2020, páginas 128469 a 128471 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-17409

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal y el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, han suscrito la Adenda al convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la articulación del Programa de Escuelas Taller en el Exterior por la que se prorroga su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 29 de diciembre de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Adenda al convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la articulación del Programa de Escuelas Taller en el Exterior por la que se prorroga su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024

En Madrid, a 15 de diciembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente convenio según lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo, asimismo, con lo establecido en el Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.

De otra parte, don Magdy Esteban Martínez Solimán, en nombre y representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con domicilio en Avda. Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid, y NIF Q2812001B, actuando en calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo Rector de la AECID en su reunión de 28 de julio de 2020 (BOE núm. 260, de 30 de julio), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio, páginas 65217 a 65219).

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad jurídica bastante para obligarse y suscribir la presente Adenda de prórroga, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

El Servicio Público de Empleo Estatal y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo suscribieron el 12 de septiembre de 2017 un convenio (en adelante el Convenio) para la articulación del Programa de Escuelas Taller en el Exterior cuyo objeto es continuar, en el marco de la Cooperación Española, la colaboración y experiencia del Servicio Público de Empleo Estatal y de la AECID, a través del desarrollo del Programa de Escuelas-Taller.

Las Escuelas-Taller tendrán por objeto la formación, en alternancia con el trabajo y la práctica profesional, de jóvenes desempleados, en proyectos relacionados con el desarrollo de su medio físico, rural o urbano mediante el desarrollo de proyectos. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de noviembre de 2017.

Segundo.

La vigencia del Convenio finaliza a la terminación del ejercicio presupuestario 2020, esto es, el 31 de diciembre de 2020, según lo dispuesto en la cláusula Octava del mismo.

Tercero.

La cláusula Octava del Convenio dispone asimismo que, en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia señalado, las partes del convenio podrán acordar unánimemente su prorroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Cuarto.

Próxima a concluir la vigencia del Convenio, manteniéndose las circunstancias que dieron lugar a su firma y con el fin de continuar la ejecución de los programas objeto del mismo, ambas partes consideran la conveniencia y necesidad de prorrogar el Convenio actualmente vigente hasta el transcurso del plazo máximo de cuatro años adicionales previsto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que se tramitará de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de dicha Ley.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al Convenio referido, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes acuerdan Prorrogar la vigencia del Convenio, suscrito el 12 de septiembre de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2024.

Segunda.

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

El plazo de vigencia de este Acuerdo de prórroga abarcara desde la fecha en que resulte eficaz según lo señalado anteriormente, hasta el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive.

Las acciones a ejecutar en el marco de esta prórroga dependerán de la disponibilidad presupuestaria.

Tercera.

En todos aquellos extremos distintos de la duración, seguirán en vigor el resto de estipulaciones pactadas y contenidas en el Convenio firmado por las partes.

Y en señal de conformidad, las partes firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha que figuran en el encabezamiento.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.

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