El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal y la Presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, han suscrito una Adenda al Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para el desarrollo de Programas públicos de empleo y formación de Escuelas Taller y Talleres de Empleo por la que se prorroga su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 21 de diciembre de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López
3 de diciembre de 2020.
REUNIDOS
De una parte, don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente Convenio según lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo, asimismo, con lo establecido en el Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.
Y de otra, doña María de los Llanos Castellanos Garijo, presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, nombrada por Real Decreto 412/2020, de 26 de febrero.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad jurídica bastante para obligarse y suscribir la presente Adenda de prórroga, y a tal efecto,
EXPONEN
I. El Servicio Público de Empleo Estatal y el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional suscribieron el 27 de noviembre de 2017 un convenio (en adelante el Convenio) con el objeto de instrumentar su colaboración para la ejecución de programas públicos de empleo y formación mediante el desarrollo de proyectos de Escuelas Taller, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, en los términos contemplados el mismo. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 2018.
II. La vigencia del Convenio finaliza el 31 de diciembre de 2020, según lo dispuesto en la cláusula undécima del mismo.
III. La cláusula undécima del Convenio dispone asimismo que, en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia señalado, las partes del convenio podrán acordar unánimemente su prorroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
IV. Próxima a concluir la vigencia del Convenio, manteniéndose las circunstancias que dieron lugar a su firma y con el fin de continuar la ejecución de los programas objeto del mismo, ambas partes consideran la conveniencia y necesidad de prorrogar el Convenio actualmente vigente hasta el transcurso del plazo máximo de cuatro años adicionales previsto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que se tramitará de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de dicha Ley.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al Convenio referido, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Las partes acuerdan Prorrogar la vigencia del Convenio suscrito el 27 de noviembre de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2024.
La presente Adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El plazo de vigencia de este Acuerdo de prórroga abarcara desde la fecha en que resulte eficaz según lo señalado anteriormente, hasta el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
Las acciones a ejecutar en el marco de esta prórroga dependerán de la disponibilidad presupuestaria.
En todos aquellos extremos distintos de la duración, seguirán en vigor el resto de estipulaciones pactadas y contenidas en el Convenio firmado por las partes.
Y en señal de conformidad, las partes firman el presente documento de forma electrónica por duplicado.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.–La Presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, María de los Llanos Castellanos Garijo.
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