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Documento BOE-A-2020-17022

Decreto de 15 de diciembre de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Granada a don Luis Salcedo Faura.

Publicado en:
«BOE» núm. 337, de 26 de diciembre de 2020, páginas 120748 a 120749 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2020-17022

TEXTO ORIGINAL

DECRETO

El 9 de diciembre de 2020, el Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga remitió a la Inspección Fiscal escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada, en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. Sr. don Luis Salcedo Faura, como Delegado de la especialidad, sin exclusividad, en la Fiscalía provincial.

Hechos

Único.

Con motivo del incremento de procedimientos por delitos de tráfico de drogas que ha experimentado la Fiscalía Provincial de Granada y acreditada la necesidad de nombrar un Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la misma, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. El único peticionario ha sido el actual Fiscal coordinador Ilmo. Sr. don Luis Salcedo Faura quien aportó curriculum vitae que refleja su acreditada experiencia y formación, Con fecha 4 de diciembre de 2020, el Fiscal Jefe elevó propuesta a favor del señor Salcedo a la Fiscalía Especial Antidroga, destacando los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo.

El Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga emitió dictamen favorable a la designación de don Luis Salcedo Faura, sin régimen de exclusividad. El Consejo Fiscal ha informado el nombramiento (art. 3.4 RD 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Segundo.

La Instrucción 2/2010 de adaptación de la Instrucción 12/2005 sobre atribuciones y competencias de la Fiscalía Especia/ para la prevención y represión de/ tráfico ilegal de drogas y de sus Fiscales Delegados a la Ley 24/2007, de 9 de octubre, prevé el nombramiento de Fiscales Delegados cuando el número de procedimientos así lo aconseje, disponiendo que el mismo se efectuará por el Fiscal General del Estado oído el Consejo Fiscal, previo informe de los Fiscales Jefes de la Fiscalía Especial y de la correspondiente Fiscalía territorial, entre los Fiscales de la plantilla de esta última que así lo soliciten acreditando su especialización en la materia en los términos que reglamentariamente se determinen.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder l nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato,

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Nombrar al Ilmo. Sr. don Luis Salcedo Faira Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Granada, sin régimen de exclusividad.

Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny no 4. Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.a de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.

Madrid, 15 de diciembre de 2020.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.

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