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Documento BOE-A-2020-16771

Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en relación con la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.

Publicado en:
«BOE» núm. 332, de 22 de diciembre de 2020, páginas 118212 a 118212 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2020-16771

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 3 de diciembre de 2020.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla–La Mancha

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. De conformidad con las negociaciones celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con los artículos 5 y 49 de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla–La Mancha, ambas partes las consideran solventadas conforme al siguiente compromiso:

El Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá una modificación de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla–La Mancha, mediante la cual se supriman o dejen sin contenido el apartado 3 del artículo 5 y el apartado 2 del artículo 49.

2. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».

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