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Documento BOE-A-2020-16634

Resolución de 1 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 15 de octubre de 2020, por la que se publica para 2020 la cantidad disponible de días de pesca del mecanismo de optimización por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.

Publicado en:
«BOE» núm. 331, de 21 de diciembre de 2020, páginas 117350 a 117351 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-16634

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 por el que se establece un plan plurianual para la especies demersales en el Mediterráneo occidental y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 508/2014, establece un régimen de gestión de esfuerzo pesquero para el arrastre en el Mediterráneo. En este sentido, el propio Reglamento comunitario indica en su artículo 9.2 que cada Estado miembro decidirá un método de asignación del esfuerzo pesquero máximo admisible a buques o grupos de buques que enarbolen su pabellón.

El Reglamento (UE) 2019/2236 del Consejo, de 16 de diciembre de 2019, por el que se fijan, para 2020, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y en el mar Negro, establece en su anexo I el esfuerzo pesquero máximo admisible en días de pesca asignado a España para su flota de arrastre en el Mediterráneo en 2020, por tramos de eslora y para dos pesquerías, costera y profundidad, aplicable desde el 1 de enero de 2020.

La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para los recursos pesqueros demersales en el Mediterráneo occidental, establece un modelo de gestión para la asignación de esfuerzo pesquero entre los buques de la flota española de arrastre de fondo del Mediterráneo. Así mismo, de acuerdo a su artículo 9, se establece un mecanismo de optimización basado en el sobrante de días de pesca asignados a cada barco, o entidad de gestión conjunta, entendiendo como sobrante de días de pesca el indicado en el segundo párrafo del artículo 9.1 de la citada Orden.

La Resolución del 15 de octubre de 2020 de la Secretaría General de Pesca publicó las cantidades disponibles para cada pesquería y grupo de eslora desde dicha fecha hasta final de año. El cálculo se basó en el sobrante de días de pesca asignados a cada barco, o entidad de gestión conjunta. En el caso de los barcos con días asignados para la pesquería de costera y de profundidad, con el objetivo de que puedan seguir faenando en la pesquería que prefieran, el análisis se realiza para cada una de las pesquerías por separado, teniendo esto como consecuencia una menor disposición de días para la bolsa de optimización

Habiendo transcurrido más de un mes desde la resolución del 15 de octubre de 2020 de la Secretaría General de Pesca procede actualizar dicha resolución con el objetivo de evitar la infrautilización de los días de pesca, y facilitar una mejor gestión de los días disponibles.

Una vez analizados los datos de consumo con los días asignados a cada barco o grupo de barcos a fecha 15 de noviembre de 2020, procede publicar las cantidades disponibles para pesquería y grupo de eslora a dicha fecha hasta final de año.

La Secretaria General de Pesca, oído el sector, resuelve:

Primero.

Publicar las cantidades sobrantes disponibles, a fecha 15 de noviembre, para cada uno de los grupos de esfuerzo pesquero y su origen.

Dicha información es la que figura en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.

Publicar la presente resolución en el BOE, en la forma y a los efectos que determina el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e incorporarlo al expediente a los efectos oportunos.

Tercero.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 1 de diciembre de 2020.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO I
Tipo de esfuerzo Sobrante días gestión individual a 15 de noviembre Sobrante días gestión conjunta a 15 de noviembre Sobrante días total a 15 de noviembre
EFF1/MED_TR1 69 688 757
EFF1/MED_TR2 274 2.404 2.678
EFF1/MED_TR3 631 2.094 2.725
EFF1/MED_TR4 542 1.141 1.683
EFF2/MED_TR2 0 0 0
EFF2/MED_TR3 92 228 320
EFF2/MED_TR4 0 85 85

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