Con la creación del Consulado General de España en Manchester, en Reino Unido, han desaparecido las circunstancias que en su momento aconsejaron la existencia del Consulado Honorario de España en Manchester.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Londres (Reino Unido) y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:
Se suprime el Consulado Honorario de España en Manchester, en Reino Unido.
Como consecuencia de la mencionada supresión, la demarcación consular del Consulado Honorario se reincorporará al Consulado General de España en Manchester.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de noviembre de 2020.–La Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, María Aránzazu González Laya.
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