Habiéndose suscrito entre el Consorcio de la Zona Franca de Vigo y la Universidad de Vigo, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Vigo, 21 de enero de 2020.–El Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, David Regades Fernández.
En Vigo, a día 20 de enero de 2020.
De una parte, don Manuel Joaquín Reigosa Roger, Rector Magnífico de la Universidad de Vigo, nombrado según Decreto de la Comunidad Autónoma de Galicia 59/2018, de 31 de mayo, publicado en el «Diario Oficial de Galicia» (DOG) n.º 109, de 8 de junio de 2018, de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el artículo 29 de los Estatutos de la Universidad de Vigo, aprobados por el Decreto 13/2019, de 24 de enero, y publicados en el DOG n.º 38, de 22 de febrero de 2019, con domicilio en el edificio Exeria, campus universitario, código postal 36310, de Vigo.
De otra parte, don David Regades Fernández, Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, nombrado según el Real Decreto 837/2018, de 6 de julio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 164, de 7 de julio, habilitado especialmente para la suscripción del presente en virtud de acuerdo del Comité Ejecutivo de 2 de diciembre de 2019, con domicilio en el Área Portuaria de Bouzas, s/n.º, código postal 36208, de Vigo.
EXPONEN
Que las partes formalizaron un convenio el día 9 de marzo de 2018 cuyo objeto es establecer las bases de la colaboración entre el CZFV y la Universidad de Vigo para regularizar la aportación de metodologías, análisis y modelos rigurosos desde la Universidad al CZFV, con la finalidad de consolidar el eslabón clave de la cadena de valor de Ardán, centrada en la conversión del dato de información y conocimiento.
Que las partes desean modificar el citado convenio, a los efectos de incluir nuevas obligaciones con el fin de lograr la máxima colaboración posible dentro del marco del mismo, buscando siempre alcanzar la eficiencia en la gestión de los recursos públicos y, estando de acuerdo, desean modificar el convenio antes indicado conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente documento tiene por objeto fijar las condiciones de la modificación del convenio formalizado entre las partes el día 9 de marzo de 2018, de tal modo que se amplían los estudios de investigación a realizar por la Universidad de Vigo.
Se modifica el contenido del Anexo al Convenio de tal modo que la Universidad de Vigo llevará a cabo:
– En 2019, implementación de una herramienta online que permita a las empresas elaborar un autodiagnóstico en cuanto a Igualdad de Género, con información comparativa de sus subindicadores (igualdad por funciones, por retribuciones y actuaciones) para la evolución de la propia empresa y con respeto a otras compañías. Ofreciendo además a las empresas información relevante que permita mejoras en su desempeño en igualdad de género.
– En 2020, incorporación de un nuevo indicador relacionado con la Gestión del Talento en las empresas. Diseño de una nueva metodología para abordar las variables que miden el desempeño en captación y retención del recurso humano en las empresas (formación, salario emocional, etc.) así como sus pesos específicos para componer un índice que mida la posición de una empresa de 0 a 1000; en confluencia con el resto de Indicadores Ardán.
La propuesta ampliación de estudios para los años 2019, 2020, 2021 se desglosa del siguiente modo:
Como consecuencia de la modificación del convenio, para la ampliación de estudios de investigación a desarrollar por la Universidad de Vigo, el CZFV aportará adicionalmente la cantidad de 15.000 euros anuales, que serán ingresados a favor de la Universidad al comienzo de la vigencia de la modificación del convenio y que servirán para coadyuvar a la ejecución de las actividades mencionadas. La Universidad, por su parte, aportará sus medios materiales, equipos, el conocimiento y la experiencia investigadora y docente necesaria para contribuir a la colaboración objeto de este convenio, por importe equivalente de 15.000 euros anuales.
En el cuadro adjunto, se recoge el desglose total de investigaciones asociadas a la ejecución del convenio para los años 2019, 2020 y 2021:
La modificación del convenio resultará eficaz una vez se inscriba en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», siendo el CZFV el encargado de llevar a cabo estos trámites.
En todo lo no previsto expresamente en el presente documento, resultará de aplicación el convenio formalizado entre las partes el día 9 de marzo de 2018.
El presente documento pasará a formar parte integrante de dicho convenio, a todos los efectos jurídicos y legales que sean oportunos.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman el presente documento en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.–Por Zona Franca, David Regades Fernández.–Por la Universidad de Vigo, Manuel Joaquín Reigosa Roger.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid