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Documento BOE-A-2020-13125

Decreto de 19 de octubre de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se acepta la renuncia de don Juan José Pina Lanao como Delegado de Criminalidad Informática en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja y se nombra a doña Elisa Ruiz Medina.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de octubre de 2020, páginas 93097 a 93098 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2020-13125

TEXTO ORIGINAL

Único.

Con motivo de la designación de don Juan José Pina Lanao, Fiscal Delegado de criminalidad informática en la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de la Rioja, como Fiscal adjunto Delegado de Protección de datos por Decreto de la Fiscal General del Estado de 30 de julio de 2020, quedó vacante el cargo de Fiscal Delegado de la especialidad. Para cubrirlo, el Fiscal Superior comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería presentar la correspondiente solicitud. La única peticionaria fue la Abogada Fiscal doña Elisa Ruiz Medina que alegó sus méritos. El Fiscal Superior en fecha 3 de septiembre de 2020 formula propuesta en favor de la misma por considerarla idónea para desempeñar el cargo al disponer de excelentes conocimientos en la materia.

Mediante escrito de 1 de octubre de 2020 la Fiscal de Sala Coordinadora contra la Criminalidad Informática propone se acepte la renuncia presentada por Juan José Pina Lanao y se acuerde el nombramiento de la Fiscal doña Elisa Ruiz Medina como Delegada de Criminalidad Informática en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Rioja, por ser persona idónea y encontrarse en las mejores condiciones para el desempeño de esta función. El Consejo Fiscal ha informado favorablemente (artículo 3.4 RD 437/1983).

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá el mismo procedimiento de designación también en los casos en los que el Delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano, como sucede en este caso.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, Acuerdo:

1. Aceptar la renuncia del Fiscal Ilmo. Sr. don Juan José Pina Lanao como Delegado de Criminalidad Informática en la Fiscalía de Comunidad Autónoma de la Rioja.

2. Nombrar a la Abogada Fiscal Ilma. Sra. doña Elisa Ruiz Medina nueva Delegada de Criminalidad Informática de la Fiscalía de Comunidad Autónoma de la Rioja.

Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.o 4, 28010 Madrid) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.a de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 19 de octubre de 2020.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.

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