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Documento BOE-A-2020-12067

Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del entorno de la Punta de La Restinga, Mar de las Calmas (Isla del Hierro).

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 9 de octubre de 2020, páginas 86415 a 86416 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-12067

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden ministerial de 24 de enero de 1996, por la que se establece una reserva marina en el entorno de la Punta de La Restinga, Mar de las Calmas (Isla de El Hierro), y en uso de las facultades conferidas en el artículo 7 y disposición final primera de la misma,

Esta Secretaría General, consultada la Comunidad Autónoma de Canarias y oído el sector interesado, resuelve lo siguiente:

1. Publicar, como anexo a la presente Resolución, el censo actualizado de embarcaciones en activo autorizadas a faenar en aguas exteriores de la reserva marina a que se refiere la Orden de 24 de enero de 1996.

2. Que las embarcaciones incluidas en los censos de la reserva marina anteriormente publicados y que en estos momentos se encuentren sin despacho o no estén en situación de alta en el Registro de la Flota Pesquera Operativa podrán ser autorizadas a ejercer la pesquería en el ámbito de la reserva, a petición del armador, una vez sean reactivadas.

3. Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante el período de la presente Resolución será considerado como renuncia del titular al acceso del buque a la pesquería y al caladero para el que es autorizado, procediéndose a su baja definitiva en el censo especifico correspondiente por modalidades, caladeros o pesquerías (artículo 23.4.º de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado).

4. Que la vigencia de la presente Resolución sea desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Contra la presente Resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 2 de octubre de 2020.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO
Núm. Nombre Matrícula Código
1 Afortunado. 3.ª-TE-1-3397 1169
2 Almirante Lobo. 3.ª-TE-2-2-08 27230
3 Azor. 3.ª-TE-1-3811 8809
4 Blas. 3.ª-TE-5-09 50537
5 Brayzai I. 3.ª-TE-3-3551 12237
6 Caparcona. 3.ª-TE-1-4096 21183
7 El Balito. 3.ª-TE-4-2-08 27208
8 El Charly. 3.ª-TE-1-3758 3848
9 Elio. 3.ª-TE-4-5 20506
10 Fanny. 3.ªTE-1-3742 21137
11 Faraón. 3.ª-TE-3-297 3824
12 Gasolina Uno. 3.ª-TE-2-1-09 27301
13 Gonzalo. 3.ª-TE-3-225 3839
14 Jesús. 3.ª-TE-4-3 3833
15 Jurel. 3.ª-TE-1-2497 54918
16 León. 3.ª-TE-3-166 20423
17 María. 3.ª-TE-1-3632 3814
18 María del Carmen. 3.ª-TE-1-3730 54849
19 Neptuneo. 3.ª-TE-1-8-07 27095
20 Nuevo San Miguel. 3.ª-TE-4-1-08 27204
21 Omar. 3.ª-TE-4-2 3815
22 Pami. 3.ª-TE-3-262 13517
23 Pedro Miguel. 3.ª-TE-3-346 20249
24 Piloto. 3.ª-TE-3-333 3834
25 Pinar. 3.ª-TE-3-324 3849
26 Restinga. 3.ª-TE-4-1 3829
27 San Antonio. 3.ª-TE-1-3342 8816
28 San José. 3.ª-TE-1-3614 21276
29 San Lorenzo. 3.ª-TE-1-3989 1163
30 Salvador. 3.ª-TE-1-3943 3850
31 Tabarca. 3.ª-TE-3-180 1166
32 Taibique. 3.ª-TE-3-243 3835
33 Vicente. 3.ª-TE-1-886 3842

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