Está Vd. en

Documento BOE-A-2020-12006

Resolución de 25 de septiembre de 2020, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Cermi Mujeres, para la realización del concurso de fotografía y video Generosidad y la celebración del Aula de Derechos Humanos de Mujeres y Niñas con discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 8 de octubre de 2020, páginas 85757 a 85766 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2020-12006

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Fundación CERMI Mujeres han suscrito el 18 de septiembre de 2020, un Convenio para la realización del concurso de fotografía y vídeo Generosidad y la celebración del Aula de Derechos Humanos de Mujeres y Niñas con discapacidad de la FCM, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 25 de septiembre de 2020.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Fundación CERMI Mujeres, para la realización del concurso de fotografía y vídeo Generosidad y la celebración del Aula de Derechos Humanos de Mujeres y Niñas con discapacidad de la FCM

REUNIDOS

De una parte, don Ignacio Álvarez Peralta, Secretario de Estado de Derechos Sociales nombrado por Real Decreto 59/2020, de 14 de enero (BOE número 13, de 15 de enero), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2.del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, doña Ana Peláez Narváez, en calidad de vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres, con CIF número G-87076345 y domiciliada en calle Recoletos, 1, de Madrid, nombrada el 25 de julio de 2014.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un Organismo Autónomo de la Administración General del Estado que tiene encomendada, entre otras funciones la generación y transferencia de conocimiento y el desarrollo de programas y actuaciones de sensibilización y concienciación social relativos a discapacidad y accesibilidad, así como la cooperación institucional con otros organismos y entidades públicas y privadas en estas materias.

Segundo.

Que la Fundación CERMI Mujeres (en adelante FCM), es una organización sin ánimo de lucro cuyo objetivo fundamental es favorecer desde un enfoque social las condiciones para que las mujeres y niñas con discapacidad, así como las madres y mujeres asistentes de personas con discapacidad, puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Para la consecución de sus fines la Fundación CERMI Mujeres desarrolla programas centrados en la información, formación y toma de conciencia de los derechos humanos de las mujeres y niñas con discapacidad, proyectos de asesoramiento en materia de violencia de género, así como iniciativas centradas en la investigación.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Fundación CERMI Mujeres reconocen que la realización de actividades conjuntas es muy positiva para avanzar en la defensa de los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad debido a la discriminación interseccional que sufren, por el hecho de ser mujer y por su discapacidad.

Este Convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los Convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto la coorganización entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Fundación CERMI Mujeres en la realización del Concurso de Fotografía Generosidad y el Vídeo Generosidad 2020 que se realizará desde el mes de septiembre hasta noviembre de 2020, así como la puesta en marcha de un Aula de Derechos Humanos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad de la Fundación Cermi Mujeres que se realizará desde la publicación del Convenio en el BOE hasta noviembre de 2020.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

La coorganización del Concurso de Fotografía y Vídeo Generosidad de la Fundación CERMI Mujeres, con el objetivo de denunciar en cada edición las violaciones concretas a los derechos humanos de las mujeres y niñas con discapacidad.

La colaboración en la organización del Aula de Derechos Humanos de Mujeres y Niñas con Discapacidad de la Fundación CERMI Mujeres.

La realización de tareas de difusión y comunicación a través de las plataformas de comunicación del Real Patronato sobre Discapacidad de las publicaciones que integran la colección Generosidad de la Fundación CERMI Mujeres, así como la colaboración en la detección de necesidades e identificación de temas o materiales que puedan formar parte de dicha colección.

La participación en el jurado del Concurso de Fotografía y Vídeo, junto con el resto de los miembros designados por la Fundación CERMI Mujeres para tal fin. La asistencia al acto de entrega de los premios de la quinta edición del Concurso de Fotografía y Vídeo Generosidad.

La participación como ponentes en el Aula de Derechos Humanos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad.

Una aportación económica de veinticinco mil euros (25.000,00 €), con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2020, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este Convenio, conforme figura en el anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número ES05-2100-4563-99-0200189759.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de la Fundación CERMI Mujeres.

La Fundacion CERMI Mujeres se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

La puesta a disposición al Real Patronato sobre Discapacidad de todo lo que necesiten conocer sobre el tema de la Exposición Fotográfica y de Vídeo Generosidad y la temática relacionada con el Aula de Derechos Humanos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad de la Fundación CERMI Mujeres. La participación del personal en ambos eventos.

El asesoramiento técnico al Real Patronato en materia de igualdad de género y en materia de la defensa de los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad.

Una aportación económica de once mil euros (11.000 €), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

Elaborar una nota de prensa con detalle de los trabajos realizados antes, durante o después del desarrollo del Concurso de Fotografía Generosidad y Vídeo Generosidad y del Aula de Derechos Humanos de Mujeres y niñas con Discapacidad. Dichas notas se enviarán al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarlas en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

Elaborar una Memoria Anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este Convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, de la cual se presentará un ejemplar.

Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados cumpliendo con los requisitos establecidos en el manual de instrucciones de justificación.

Gastos: se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad y antes del fin de la vigencia del Convenio. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 20 de noviembre de 2020.

Cuarta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de la FCM con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación. Dicha documentación podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de la FCM y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Publicidad y logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión de seguimiento, que estará formada por dos personas representantes de cada una de las partes.

Las dos personas representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designadas por la Dirección de dicho organismo y quienes representen a la FCM, serán designadas por la Vicepresidenta Ejecutiva.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión de seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión de seguimiento a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Las partes acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento algunos detalles relativos a la ejecución del contenido del Convenio, como serían las fechas de celebración de las sesiones del aula, siempre que no afecte al contenido mínimo y esencial del Convenio, el cual no puede ser objeto de modificación en la Comisión de seguimiento.

Novena. Protección de datos.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa la representante de la FCM de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los Convenios y la agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad, Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Décima. Plazo de vigencia y efectos.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta el 31 de diciembre de 2020. No procede la prórroga del Convenio.

Undécima. Extinción y resolución del Convenio.

Serán causas de extinción de este Convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Duodécima. Consecuencias aplicables por causa de incumplimiento.

Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, serán que podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

En cumplimiento del artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el incumplimiento dará lugar a la posible indemnización que se determine llegado el caso.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este Convenio.

Decimocuarta. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.–Por la Fundación Cermi mujeres, Ana Peláez Narváez.

ANEXO
Actividad a realizar en el año 2020

Concurso de fotografía y vídeo Generosidad

La Fundación CERMI MUJERES es una organización sin ánimo de lucro cuyo objetivo fundamental es favorecer las condiciones para que las mujeres y niñas con discapacidad, así como las mujeres cuidadoras de familiares con discapacidad, puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

El Real Patronato sobre Discapacidad, en la preocupación expresada por gran parte de la sociedad, en tomo a la desigualdad que genera y que también se produce en el sector de la discapacidad ha decidido colaborar por tercer año en este proyecto para dar visibilidad de las diferencias que aún persisten por razón de género y discapacidad en la sociedad y sobretodo en la lucha contra la violencia que sufren las mujeres y las niñas con discapacidad. Para ello va coorganizar el concurso de fotografía y vídeo «Generosidad» y su posterior exposición. De esta forma se da visibilidad, se fomenta la toma de conciencia por la sociedad y se defiende la igualdad efectiva de las mujeres y niñas con discapacidad, haciendo especial hincapié en los principios de no discriminación, igualdad de oportunidades, inclusión en la comunidad, vida independiente y acción positiva y promoviendo a su vez el empoderamiento individual y colectivo de las mujeres y niñas con discapacidad.

1. Objetivo del proyecto: Visibilizar el impacto desproporcionado que la pandemia generada por la covid-19 ha ocasionado en las mujeres y niñas con discapacidad por la salud, los cuidados, la violencia y la institucionalización.

2. Temática del concurso: El tema propuesto estará ligado al impacto de la pandemia en las mujeres y niñas con discapacidad y contribuirá a denunciar la vulneración de sus derechos fundamentales.

3. Jurado: El jurado estará formado por miembros del Patronato de la Fundación CERMI Mujeres, una persona representante del Ministerio de Igualdad, una representante de las organizaciones de mujeres especializadas, un representante del Consejo de la Juventud, una representante del Comité de Mujeres del Foro Europeo de Discapacidad, una persona representante del Real Patronato sobre Discapacidad, dos profesionales de la fotografía de reconocido prestigio y dos profesionales de los medios audiovisuales.

4. Criterios de selección: Se valorará especialmente la originalidad, estética, fomento de la toma de conciencia social, capacidad crítica y comunicativa y adecuación al tema propuesto. No se publicarán ni aceptarán obras con contenidos contrarios al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de las personas. En definitiva, no se aceptará ninguna obra que sea contraria a la legalidad vigente. Asimismo, se valorará el cumplimiento de criterios de accesibilidad en la obra.

5. Tareas vinculadas al Real Patronato: El Real Patronato sobre Discapacidad participa junto con la Fundación CERMI Mujeres en las labores de organización del concurso, es miembro del jurado y participa en el acto de entrega de los premios.

6. Entrega de premios: Se acordará en el seno de la Comisión de Seguimiento algunos detalles relativos a la ejecución del contenido del Convenio, como la fecha de entrega de los premios en un acto público. En cualquier caso, no afectará al contenido mínimo y esencial del Convenio.

7. Premios: Se otorgarán tres premios para cada categoría con dotación económica y se establece la categoría de «mención especial» que recaerá sobre aquellas obras que el jurado considere de especial interés. Esta categoría carece de dotación económica. La renuncia a un premio, cualquiera que sea la razón que la motive, no dará derecho a la persona agraciada a ningún tipo de compensación.

8. Exposición: Posteriormente se llevará a cabo una exposición con las fotografías y vídeos premiados y con los que hayan recibido una mención especial. La exposición se celebrará en la sala expositiva del CERMI situada en la calle Recoletos, 1, de Madrid.

9. Difusión: La Fundación y el Real Patronato sobre Discapacidad se encargarán de darle difusión al evento a través de sus medios de comunicación. Asimismo, la exposición de fotografía y vídeo será utilizada como material didáctico en el marco del proyecto «Aula de Derechos Humanos de Mujeres y Niñas con Discapacidad».

Presupuesto: 15.000 euros.

Gastos de difusión e impresión fotográfica: 3.000 euros.

Premios: Primer premio 3.000 euros, segundo premio 2.000 euros, tercer premio 1.000 euros.

Vídeo: Primer premio 3.000 euros, segundo premio 2.000 euros, tercer premio 1.000 euros.

Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 10.500,00 euros (70%).

Aportación de la FCM: 4.500,00 euros (30%).

Aula de Derechos Humanos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad

1. Descripción: El Aula de Derechos Humanos de la Fundación CERMI Mujeres es una iniciativa que tiene como objeto la impartición a distancia de ciclos formativos de divulgación sobre derechos humanos desde un enfoque de género y discapacidad, considerándolos interseccionalmente, dirigidos a mujeres con discapacidad, así como a mujeres cuidadoras de familiares con discapacidad, incluyendo también a las mujeres con discapacidad y a mujeres cuidadoras de familiares con discapacidad de la comunidad iberoamericana.

Con esta iniciativa, la Fundación CERMI Mujeres pretende empoderar a las mujeres con discapacidad en sus derechos y libertades fundamentales, promoviendo su pleno desarrollo, adelanto y potenciación y contribuyendo a reducir los obstáculos a los que se enfrentan cada día como parte de la discriminación múltiple que sufren, todo lo cual fortalecerá la agenda política actual de la reconstrucción tras la pandemia generada por la covid-19, que deberá tener presente las demandas de este sector de población para no dejarlas atrás.

Asimismo, estos cursos sirven para dar a conocer a las organizaciones que integran el movimiento asociativo de la discapacidad, y más concretamente a sus Comisiones o Vocalías de Igualdad, la filosofía de los derechos humanos como parte fundamental de su teoría y praxis.

Para la puesta en marcha de esta iniciativa se elaborará material didáctico específico relevante para la defensa de los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad, tomando como referentes la Convención sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, en sus siglas en inglés), la Plataforma de Acción de Beijing, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030 y el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul).

Esta iniciativa genera sinergia con el Concurso de Fotografía y Vídeo Generosidad que se organiza anualmente. La exposición fotográfica resultante del concurso convocado en la edición 2020, así como los vídeos ganadores, se utilizarán como material docente en el Aula de Derechos Humanos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad.

2. Objetivos generales: Empoderar a las mujeres con discapacidad y a mujeres cuidadoras de familiares con discapacidad por medio de la formación en sus derechos humanos y libertades fundamentales.

Dar a conocer a las organizaciones que integran el movimiento asociativo de la discapacidad, y más concretamente a sus Comisiones o Vocalías de Igualdad, la filosofía de los derechos humanos como parte fundamental de su teoría y praxis, involucrando a las mujeres con discapacidad de base.

Involucrar a las organizaciones específicas de mujeres con discapacidad en el enfoque de derechos humanos como instrumento fundamental de incidencia política.

Elaborar materiales didácticos y multimedia en diversos formatos accesibles para ser utilizados en el Aula de Derechos Humanos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad y en campañas de toma de conciencia.

3. Objetivos específicos: Celebrar una edición on line del Aula de Formación en Derechos Humanos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad 2020 abierta también a la participación del tejido asociativo de la discapacidad de la Comunidad Iberoamericana, a través de la red del CERMI y de RIADIS.

El valor añadido que ofrecerá la Fundación CERMI Mujeres se centra en la garantía de la introducción del enfoque de género y discapacidad en el abordaje de esta cuestión, a partir del marco teórico de la interseccionalidad. Este acercamiento a la cuestión permitirá poner en contacto diversos tratados de derechos humanos, como por ejemplo, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención de los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad, entre otras.

Este marco legal internacional, se completará con el marco legal regional europeo, conectando en todo caso, las formulaciones normativas con las prácticas y reivindicaciones de derechos humanos expresadas por la sociedad civil.

4. Método de trabajo: La coordinación técnica de la Fundación CERMI Mujeres será la instancia encargada de organizar las acciones del proyecto que, a modo de webinarios específicos, se irán ofreciendo sobre cada uno de los asuntos mencionados anteriormente. Ello incluirá: la adaptación y plena accesibilidad de los tratados de derechos humanos listados; la programación y planificación de cada sesión formativa, que deberá garantizar el diseño universal; la implicación de ponentes destacados para las distintas temáticas, así como la identificación de buenas prácticas que puedan ser compartidas; el reclutamiento de mujeres con discapacidad y de mujeres cuidadoras de familiares con discapacidad iberoamericanas, a través de un trabajo de coordinación y difusión estrechos con CERMI y RIADIS, y cualquier otra tarea derivada de la puesta en marcha, implementación y seguimiento del Aula. En todo caso, se pretende que sea una formación activa y participativa, donde el alumnado desarrolle una visión crítica de los derechos humanos de las mujeres y niñas con discapacidad desde un enfoque de doble vía tomando en consideración el género y la discapacidad. La plataforma telemática que se utilizará será Zoom, la cual dispondrá de interpretación a la lengua de signos y subtitulación.

5. Contenidos de las sesiones: Esta edición del Aula de Derechos Humanos estará formada por seis sesiones de formación en las que se abordarán las siguientes cuestiones:

Los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad a la luz de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas.

La consideración de la dimensión de la discapacidad en la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

La Agenda 2030 y los derechos humanos de las mujeres con discapacidad.

La prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica en el Convenio de Estambul.

Estas sesiones se complementarán con una adicional centrada en el fomento de la investigación social con el doble enfoque de género y la discapacidad desde una perspectiva interseccional. En esta sesión se contará con la colaboración del Centro Español de Documentación sobre Discapacidad (CEDD), centro asesor y dependiente del Real Patronato sobre Discapacidad.

6. Fechas previstas de celebración: Las fechas para la celebración del aula se determinarán por acuerdo de las partes en el seno de la comisión de seguimiento.

7. Medios utilizados para la difusión de la actividad: Se utilizarán los medios de difusión propios (http://www.fundacioncermimujeres.es), Boletín Generosidad. También se realizará difusión a través de la página del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) (http://www.cermi.es) y su boletín semanal «cermi.es» (semanal.cermi.es).

Red Iberoamericana de Organizaciones de Personas con Discapacidad y sus Familiares:

Se utilizarán los medios internos propios de estas entidades para dar a conocer las acciones formativas entre su personal directivo, técnico y voluntario (a través de mailings informativos), así como RRSS (Twitter e Instagram).

8. Presupuesto:

El presupuesto total del proyecto asciende a 21.000,00 euros.

Servicios de accesibilidad –subtitulado e interpretación en lengua de signos–: 2.200,00 euros.

Posedición webinarios: 2.000,00 euros.

Gastos derivados de la plataforma de videoconferencia: 250,00 euros Sistematizar y maquetar un documento con las intervenciones de los webinarios: 2.000 euros.

Edición de materiales: 14.550,00 euros.

Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 14.500,00 euros.

Aportación de la FCM: 6.500,00 euros.

Los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes, a efectos de justificación tendrán carácter estimativo entre ellos. Cualquier modificación de lo establecido en este anexo, supone una modificación del Convenio que se deberá de tramitar de acuerdo con lo establecido en la cláusula octava del Convenio y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de las partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid