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Documento BOE-A-2020-11938

Resolución de 21 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la Adenda con Aernnova Aerospace, SAU, del Convenio con Gamesa Aeronáutica, SA (actual Aernnova Aerospace, SAU), relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190 (Paregio).

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 7 de octubre de 2020, páginas 85417 a 85420 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2020-11938

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la primera adenda al convenio de colaboración, de 26 de diciembre de 2003, entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa Aeronáutica S.A. (hoy Aernnova Aerospace S.A.U.), relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190 (Paregio), suscrita, con fecha 15 de septiembre de 2020, entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la empresa Aernnova Aerospace S.A.U. disponiendo, al propio tiempo, la remisión a la citada mercantil, como firmante e interesada, de una copia íntegra de la citada Adenda.

Madrid, 21 de septiembre de 2020.–El Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Raül Blanco Díaz.

ADENDA
Primera adenda al convenio de colaboración de 26 de diciembre de 2003 entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa Aeronáutica S.A. (hoy Aernnova Aerospace S.A.U) relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190 (Paregio)

Madrid, a 15 de septiembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte don Raül Blanco Díaz, que interviene en su condición de Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, actuando en representación del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, designado en adelante como MINCOTUR, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 650/2018, de 22 de junio, y en ejercicio de las competencias que le atribuye la Orden ICT/42/2019, de 21 de enero por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan determinadas competencias en el ámbito del Departamento.

Por otra parte, don Juan Ignacio López Gandásegui, que interviene en su condición de persona física representante del administrador único Kaizaharra Corporación Empresarial, S.L.U., conforme al nombramiento formalizado mediante la escritura elevada a público ante el Notario de Vitoria D. Luis Pérez de Lazárraga Villanueva, el día 10 de octubre de 2017, con el número 1.325 de su protocolo, actuando en representación de Aernnova Aerospace, S.A.U., sociedad domiciliada en c/ Leonardo Da Vinci, 13, Parque Tecnológico de Álava, Miñano Mayor (Álava), constituida ante el Notario de Bilbao, D. Manuel María Rueda Díaz de Rábago el día 19 de julio de 1999, con el número 1.700 de su protocolo, y provista de CIF A-01288836.

EXPONEN

Primero.

Que al amparo de la Orden, de 25 de octubre de 2000, por la que se establecen las bases reguladoras para el periodo 2000-2003, relativas a la concesión de anticipos reembolsables a la participación empresarial en programas de desarrollo Tecnológico de aviones de transporte regional (Paregio), y a la Resolución de 3 de noviembre de 2003, de la Secretaria de Estado de Política Científica y Tecnológica (BOE de 18 de noviembre de 2003) por la que se efectúa la convocatoria de concesión de anticipos reembolsables para el año 2003, el 26 de diciembre de 2003, el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la entidad Gamesa Aeronáutica S.A. (hoy Aernnova Aerospace S.A.U.) suscriben un Convenio de colaboración relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190.

Segundo.

Que en fecha 21 de junio de 2006 se produce el cambio de denominación social de la mercantil Gamesa Aerónautica S.A. por Aernnova Aerospace S.A.U. (Aernnova) mediante la elevación a público ante el notario de Bilbao D. José Antonio González Ortiz con número de su protocolo 1.444 de la decisión del socio mayoritario, conservando la mercantil el CIF A-01288836.

Tercero.

Que en virtud del citado Convenio, el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología libró a la entidad Aernnova un total de 4.050.730 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.11.542E.833 del ejercicio corriente para la citada participación en el programa de partes principales de aviones regionales EMB 170/190.

La empresa justificó adecuadamente en su día al extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología la ejecución de los trabajos de desarrollo objeto del convenio y la correcta aplicación de los fondos librados.

Cuarto.

Que a fecha de esta Adenda, en cumplimiento del cuadro de reembolsos establecido en la cláusula tercera del convenio, de 26 de diciembre de 2003, Aernnova ha procedido al ingreso en el Tesoro Público de los importes correspondientes a las anualidades del periodo 2007 - 2019 por un importe total de 3.097.614,00 euros.

Quinto.

Que la empresa Aernnova ha solicitado al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo una moratoria de tres años en el vigente calendario de reembolsos al Tesoro Público, del préstamo que en su día le fue librado a la empresa relativo a su participación en el programa de partes principales de aviones regionales EMB 170/190, para poder superar la situación económico financiera en la empresa derivada de la pandemia provocada por el virus Covid-19.

Sexto.

Que la grave crisis provocada en el sector aeronáutico por la pandemia el virus Covid-19 ha puesto en riesgo al conjunto del sector aeronáutico español, y en particular ha afectado a Aernnova. La compañía ha advertido de que la facturación prevista para los próximos años se verá sensiblemente disminuida y todavía no se pueden evaluar con certeza todos los efectos de la misma, pero en cualquier caso serán muy negativos, apuntando los más recientes estudios, que la recuperación del sector no se producirá antes de 2023.

Los principales clientes de Aernnova, las empresas Airbus y Boeing, han reducido de manera drástica las cadencias de producción de los distintos modelos de aviones, y ello impacta de manera directa en toda su cadena de suministro. Concretamente para el ejercicio 2020, ya le han comunicado a Aernnova sus principales clientes una reducción de la demanda de entre un 30% a un 40%.

Ello ha originado que Aernnova haya puesto en marcha de manera inmediata medidas para tratar de afrontar esta situación, y salvaguardar su solvencia financiera. No obstante, la situación de liquidez de la empresa y los planes previstos para los próximos años han sufrido una profunda revisión y se precisan medidas de apoyo para superar esta crisis.

Séptimo.

Que de acuerdo con el punto octavo.5 de la Orden de 25 de octubre de 2000 por la que se establecen las bases reguladoras, corresponde a la Comisión de Seguimiento y Control del PTA II, proponer al órgano competente la modificación del Convenio de 26 de diciembre de 2003, pero al haber finalizado el programa de desarrollo tecnológico de aviones de transporte regional (Paregio) en diciembre de 2003, al igual que el Plan Tecnológico Aeronáutico II (PTA II), la Comisión de Seguimiento y Control de dicho Plan se extinguió de hecho en dicho ejercicio, residiendo en la actual Dirección General de Industria y Pyme del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la gestión de las incidencias o cuestiones que puedan plantearse en relación a los Convenios suscritos en su día por el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología con relación al Convenio de 26 de diciembre de 2003.

Octavo.

Que esta modificación del calendario de reembolsos, que contiene una moratoria de tres años en el calendario de devoluciones, implica un mínimo cambio en la intensidad de ayuda del proyecto de la familia de aviones regionales EMB 170, incrementándose al 26,2% frente al 25,9% previo, respetando los niveles máximos de intensidad de ayuda autorizados por la Comisión Europea en su decisión del caso n.º N135/1999 el 5 de mayo de 1999, del Plan Tecnológico Aeronáutico II, en el que se integra el Programa Paregio.

Noveno.

Que ambas partes han considerado conveniente suscribir una Primera Adenda al Convenio de colaboración entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa Aeronáutica S.A. relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190, de 26 de diciembre de 2003.

Por todo ello, ambas partes reconociendo mutuamente su capacidad y su competencia, acuerdan suscribir la presente adenda al convenio de colaboración suscrito entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa Aeronáutica S.A. relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190, de 26 de diciembre de 2003, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto de la presente Adenda es modificar el calendario de devoluciones establecido en la cláusula tercera del convenio suscrito entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología y la empresa Gamesa Aeronáutica S.A. (hoy Aernnova Aerospace S.A.U) relativo a su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190, de 26 de diciembre de 2003, para establecer una moratoria de tres años en el vigente calendario de reembolsos al Tesoro Público.

Segunda.

Esta primera Adenda se celebra de acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Orden de 25 de octubre de 2000 por la que se establecen las bases reguladoras para el periodo 2000-2003 y la convocatoria del año 2000, relativas a la concesión de anticipos reembolsables a la participación empresarial en programas de desarrollo Tecnológico de aviones de transporte regional (Paregio), así como con el resto de normas que le sean de aplicación.

Tercera.

Se modifica la cláusula tercera del convenio, de 26 de diciembre de 2003, que queda redactada en los siguientes términos:

«El reintegro al Tesoro Público por parte de Aernnova Aerospace S.A.U. de la financiación que ha recibido del extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología, en el marco del presente convenio, para su participación en el programa de desarrollo de partes principales de aviones regionales EMB 170/190, se realizará mediante el ingreso en el Tesoro de las cantidades que figuran en el cuadro adjunto, expresadas en euros. Dicho ingreso se realizará con anterioridad al 31 de diciembre de cada una de las anualidades:

Año

2007 (*) 2008 (*) 2009 (*) 2010 (*) 2011 (*) 2012 (*)

Importe en euros

238.278,00 238.278,00 238.278,00 238.278,00 238.278,00 238.278,00

Año

2013 (*) 2014 (*) 2015 (*) 2016 (*) 2017 (*) 2018 (*)

Importe en euros

238.278,00 238.278,00 238.278,00 238.278,00 238.278,00 238.278,00

Año

2019 (*) 2020 2021 2022 2023 TOTAL

Importe en euros

238.278,00 0,00 0,00 0,00 953.116,00 4.050.730,00
(*) Anualidades ya reembolsadas al Tesoro Público.

No obstante el calendario anterior, Aernnova podrá en cualquier momento cancelar el préstamo mediante el ingreso en el Tesoro Público de la deuda pendiente.»

Cuarta.

La presente adenda surtirá efecto a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, definido en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Las partes reconocen que cualquier diferencia que pudiera surgir entre ellas por la ejecución del Convenio se someterá a la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En prueba de conformidad, después de leído, firman la presente Adenda en ejemplar duplicado, en la fecha que figura en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Raül Blanco Díaz.–Por Aernnova Aerospace S.A.U., Juan Ignacio López Gandásegui, persona física representante del administrador único Kaizaharra Corporación Empresarial S.L.U.

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