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Documento BOE-A-2020-11059

Decreto de 16 de septiembre de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa a don Francisco Javier Larraya Astibia.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 23 de septiembre de 2020, páginas 80055 a 80056 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2020-11059

TEXTO ORIGINAL

El 21 de julio de 2020, el Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga remitió a la Inspección Fiscal escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa, en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. Sr. don Francisco Javier Larraya Astibia, como Delegado de la especialidad en la Fiscalía Provincial.

Hechos

Único.

Con motivo del traslado del Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa, don David Mayor Fernández, a la Sección Territorial de Langreo, en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Han instado el nombramiento los Ilmos. Sres. don Francisco Javier Larraya y don Daniel Rodrigo Álvarez Fernández, quienes aportaron curriculum vitae y tienen acreditada experiencia y formación. Tras valorar los méritos que concurren sin duda en los dos peticionarios, con fecha 20 de julio de 2020, la Fiscal Jefe elevó propuesta a favor del Sr. Larraya a la Fiscalía Especial Antidroga, destacando la antigüedad y la experiencia de más de 23 años en la Fiscalía, así como los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo, propuesta que notificó a los dos aspirantes.

Mediante escrito de fecha 21 de julio de 2020, que tuvo entrada en la Fiscalía General del Estado el 22 de julio, el Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga emitió dictamen favorable a la designación del Sr. Larraya en el mismo régimen que el Fiscal que desempeñó el cargo con anterioridad, es decir, sin régimen de exclusividad. El Consejo Fiscal ha informado el nombramiento (art. 3.4 R.D. 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Segundo.

La Instrucción 2/2010 de adaptación de la Instrucción 12/2005 sobre atribuciones y competencias de la Fiscalía Especial para la prevención y represión del tráfico ilegal de drogas y de sus Fiscales Delegados a la Ley 24/2007, de 9 de octubre, dispone que el nombramiento del Fiscal Delegado por sustitución de otro anterior, puede tener lugar por cese de éste con motivo de su traslado a otra Fiscalía o a petición propia sin traslado. En el presente caso el anterior Delegado se ha trasladado en concurso ordinario a otra Fiscalía, lo que hace conveniente la designación de nuevo Delegado.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Nombrar al Ilmo. Sr. don Francisco Javier Larraya Astibia Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.

Madrid, 16 de septiembre de 2020.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.

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