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Documento BOE-A-2020-10967

Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 22 de julio de 2020, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 21 de septiembre de 2020, páginas 79315 a 79315 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-10967

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Resolución de 22 de julio de 2020, de la Subsecretaria (BOE del 1 de septiembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debe corregirse en los siguientes términos:

En el anexo III, Tribunal calificador, Tribunal suplente, donde dice: «Presidente: José Antonio Bouza Rey, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA», debe decir: «Presidente: José Antonio Bouzada Rey, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA».

Contra la presente Resolución, se podrá interponer, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes desde su publicación de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 14 de septiembre de 2020.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Álvarez-Ossorio Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/09/2020
  • Fecha de publicación: 21/09/2020
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 22 de julio de 2020 (Ref. BOE-A-2020-10085).

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