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Documento BOE-A-2020-10731

Acuerdo de 10 de septiembre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se procede a la ampliación del número de jueces/zas sustitutos/as de los juzgados de la provincia de Cádiz y al nombramiento urgente de jueces/zas sustitutos/as para el periodo 2020/2021, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 16 de septiembre de 2020, páginas 77817 a 77817 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2020-10731

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado ampliar en cuatro las plazas de jueces/zas sustitutos/as de los juzgados de Cádiz, Algeciras, Arcos de la Frontera, Barbate, Chiclana de la Frontera, Jerez de la Frontera, Línea de la Concepción (La), Puerto de Santa María (El), Puerto Real, Rota, San Fernando, San Roque, Sanlúcar de Barrameda, Ubrique y nombrar para el año judicial 2020/2021, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a los/as jueces/zas sustitutos/as que a continuación se relacionan, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla:

Manuel Arlandis Ruiz, Cristina Arroyo Muñoz y Rafael Andrades Márquez jueces/zas sustitutos/as de los juzgados de Cádiz, Algeciras, Arcos de la Frontera, Barbate, Chiclana de la Frontera, Jerez de la Frontera, Línea de la Concepción (La), Puerto de Santa María (El), Puerto Real, Rota, San Fernando, San Roque, Sanlúcar de Barrameda, Ubrique.

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 10 de septiembre de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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