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Documento BOE-A-2020-10622

Resolución de 16 de diciembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Street Child España.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 14 de septiembre de 2020, páginas 77171 a 77172 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-10622

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Street Child España resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la sociedad de nacionalidad inglesa denominada Street Child Ltd. en virtud de escritura otorgada ante el notario de Barcelona doña Elisabeth García Cueto el 12 de septiembre de 2017 con el número 1071 de protocolo subsanada por otras otorgadas ante la misma notaria el 19 de abril de 2018 protocolo 462 y 1 de agosto de 2019 protocolo 890.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en el Passatge Madoz, 6, número 2-1, código postal 08002 del Municipio de Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil doscientos cincuenta euros (30.250 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Trabajar para aliviar la pobreza y las dificultades que sufren los niños y las niñas de la calle y sus cuidadores/tutores, impulsando la capacidad de recuperación económica de estos y su comunidad, facilitando el acceso a la educación.

Asimismo, promover los derechos Humanos de los niños y niñas, tal y como se estableció en la convención de las naciones unidas de 1989 sobre los derechos del niño

Quinto. Patronato.

Patronos:

Don Florian Günter Weimert, doña Natalia Lukas, don Pablo Sergio Barrera Rojas, doña Marta Fernández Gomariz, don Stephen Jonathan O´Brien y don Philip Langley.

Cargos:

Presidente: Don Florian Günter Weimert,

Secretaria: Doña Natalia Lukas.

Vocales: Don Pablo Sergio Barrera Rojas, doña Marta Fernández Gomariz, don Stephen Jonathan O´Brien y don Philip Langley.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 11 de noviembre de 2019.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Street Child España su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 16 de diciembre de 2019.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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