Recibida en la SG de Eficiencia Energética la solicitud presentada por Termicol Energía Solar, S.L., con domicilio social en calle Rio Viejo, 39, 41703 Dos Hermanas, Sevilla, para la certificación de una familia de captadores solares, fabricados por Termicol Energía Solar, S.L., en su instalación industrial ubicada en Dos Hermanas-Sevilla.
Siendo los modelos para los que se emite la presente certificación pertenecientes a la familia, compuesta por los modelos siguientes:
Familia |
Modelos |
---|---|
SILVER |
TERMICOL S21 |
SILVER |
TERMICOL S26 |
SILVER |
TERMICOL S21H |
SILVER |
TERMICOL S26H |
Resultando que por el interesado se han presentado los dictámenes técnicos emitidos por los laboratorios:
Familia |
Laboratorio |
Clave |
---|---|---|
SILVER |
Centro Nacional de Energías Renovables |
30.3127.0 |
Habiendo presentado asimismo el interesado certificado en el que la entidad SGS confirma que Termicol Energía Solar, S.L., cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014 de 11 de diciembre.
Y que por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares, con arreglo a su última actualización por la Orden IET/2366/2014 de 11 de diciembre,
Esta SG de Eficiencia Energética, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar los citados productos, con las contraseñas de certificación:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
TERMICOL S21 |
NPS-21718 |
TERMICOL S26 |
NPS-21818 |
TERMICOL S21H |
NPS-21918 |
TERMICOL S26H |
NPS-22018 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de Resolución.
Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente certificación y no cumpliesen las citadas Normas.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo de los modelos o tipos certificados son las que se indican a continuación.
Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.
Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
1. Modelo con contraseña NPS-21718
Identificación:
Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.
Nombre comercial: TERMICOL S21.
Tipo de captador: Calentamiento líquido, con cubierta.
Año de producción: 2018.
Dimensiones:
Longitud: 2.048 mm.
Ancho: 1.048 mm.
Alto: 50 mm.
Área de apertura: 2,03 m2.
Área de absorbedor: 2 m2.
Área total: 2,14 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 28,9 kg.
Presión de funcionamiento máximo: atm.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
2. Modelo con contraseña NPS-21818
Identificación:
Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.
Nombre comercial: TERMICOL S26.
Tipo de captador: Calentamiento líquido, con cubierta.
Año de producción: 2018.
Dimensiones:
Longitud: 2.049 mm.
Ancho: 1.246 mm.
Alto: 52 mm.
Área de apertura: 2,44 m2.
Área de absorbedor: 2,42 m2.
Área total: 2,55 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 34,3 kg.
Presión de funcionamiento máximo: atm.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
3. Modelo con contraseña NPS-21918
Identificación:
Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.
Nombre comercial: TERMICOL S21H.
Tipo de captador: Calentamiento líquido, con cubierta.
Año de producción: 2018.
Dimensiones:
Longitud: 2.048 mm.
Ancho: 1.048 mm.
Alto: 50 mm.
Área de apertura: 2,03 m2.
Área de absorbedor: 2 m2.
Área total: 2,15 m2.
Especificaciones generales:
Peso: kg.
Presión de funcionamiento máximo: atm.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
4. Modelo con contraseña NPS-22018
Identificación:
Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.
Nombre comercial: TERMICOL S26H.
Tipo de captador: Calentamiento líquido, con cubierta.
Año de producción: 2018.
Dimensiones:
Longitud: 2.049 mm.
Ancho: 1.246 mm.
Alto: 52 mm.
Área de apertura: 2,44 m2.
Área de absorbedor: 2,5 m2.
Área total: 2,55 m2.
Especificaciones generales:
Peso: kg.
Presión de funcionamiento máximo: atm.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
Resultados del ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia SILVER
Caudal: 156 kg/(sm²).
• Rendimiento (considerando modificador del ángulo de incidencia y basado en el área total):
Desviación típica (+/-) |
Unidades |
||
---|---|---|---|
ɳ0,b |
0,727 |
0 |
– |
Kd |
0,88 |
0 |
– |
b0 |
0,25 |
0 |
– |
c1 |
4,372 |
0,36 |
W/(m²K) |
c2 |
0,023 |
0,007 |
W/(m²K²) |
• Producción de potencia por unidad de captador (W):
Tm - Ta en K |
400 W/m² |
700 W/m² |
1.000 W/m² |
---|---|---|---|
10 |
1406 |
926 |
442 |
30 |
1179 |
700 |
215 |
50 |
914 |
435 |
0 |
Resultados del ensayo para el modelo de mayor tamaño de la familia SILVER
• Rendimiento (considerando modificador del ángulo de incidencia y basado en el área total):
Desviación típica (+/-) |
Unidades |
||
---|---|---|---|
ɳ0,b |
0,722 |
0 |
– |
Kd |
0,9 |
0 |
– |
b0 |
0,21 |
0 |
– |
c1 |
4,9 |
0,39 |
W/(m²K) |
c2 |
0,013 |
0,006 |
W/(m²K²) |
• Producción de potencia por unidad de captador (W):
Tm - Ta en K |
400 W/m² |
700 W/m² |
1.000 W/m² |
---|---|---|---|
10 |
1659 |
1094 |
524 |
30 |
1382 |
818 |
248 |
50 |
1079 |
515 |
0 |
Madrid, 5 de abril de 2019.–La Directora General de Política Energética y Minas, M.ª Jesús Martín Martínez.
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