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Documento BOE-A-2019-7975

Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Subsecretaría, por la que se declara desierto puesto de trabajo de libre designación, convocado por Resolución de 11 de febrero de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2019, páginas 56554 a 56554 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-7975

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Subsecretaría de 11 de febrero de 2019 («BOE» de 15 de febrero) se anunció convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, puestos de trabajo en el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en relación con el artículo 56 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, haciendo uso de la prórroga excepcional a que se refiere el artículo. 56.1 del referido Reglamento,

Esta Subsecretaría acuerda declarar desierto el puesto de trabajo denominado «Subdirector Adjunto/Subdirectora Adjunta» de la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social convocado en la citada Resolución.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 7 de mayo de 2019.–El Subsecretario de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Raúl Riesco Roche.

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