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Vista la instancia de la Notaria de El Puerto de Santa María, doña María José Perales Piqueres, en la que, al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 10.g) del Real Decreto 725/2017, de 21 de julio, ha acordado la jubilación voluntaria de la mencionada Notaria, por haber cumplido la edad legalmente establecida.
Madrid, 29 de abril de 2019.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.
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