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Documento BOE-A-2019-5652

Resolución de 2 de abril de 2019, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publica la convocatoria para la provisión de puesto de trabajo reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2019, páginas 39284 a 39285 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2019-5652

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y en uso de las competencias conferidas en el Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, esta Dirección General acuerda publicar, en extracto, la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Vicesecretaría de clase segunda, del Ayuntamiento de Sabadell (Barcelona), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y relacionado en el anexo, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se anuncia podrá ser solicitado por los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala, y en su caso categoría, a que está reservado.

No podrán concurrir a la convocatoria los funcionarios que se encuentren en las situaciones previstas en el artículo 36.2 a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Corporación convocante, dentro de los quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», acompañando a la solicitud la documentación acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño, en los términos que figuren en la convocatoria.

Tercera.

Los aspirantes deberán sujetarse a las bases de la convocatoria publicadas íntegramente en el diario oficial indicado en el anexo.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 2 de abril de 2019.–El Director General de la Función Pública, Javier Rueda Vázquez.

ANEXO

Corporación: Ayuntamiento de Sabadell (Barcelona).

Denominación del puesto: Vicesecretaría de Clase Segunda.

Complemento específico anual: 33.320,84 €.

Requisitos de los aspirantes: Pertenecer a la subescala de Secretaría, categoría de entrada.

Publicación íntegra de la convocatoria: Resolución de 25 de marzo de 2019, de la concejala de recursos humanos del Ayuntamiento de Sabadell, publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» núm. 7842, del 28.

Conocimiento de la lengua propia de la Comunidad Autónoma: Tener los conocimientos de nivel de suficiencia de catalán (certificado C1). La acreditación del requisito de conocimientos lingüísticos se hará aportando, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la documentación que deje constancia de alguna de las situaciones expuestas en el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

La persona aspirante que no tenga la acreditación correspondiente será convocada para la realización de una prueba de nivel, una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes. En caso de no superar la prueba, la persona aspirante será excluida del proceso.

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