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Documento BOE-A-2019-4217

Resolución de 12 de marzo de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de modificación del Convenio entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y el Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa".

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2019, páginas 29935 a 29937 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2019-4217

TEXTO ORIGINAL

El Presidente de la Comisión de Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa, la Subsecretaria de Hacienda y el Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, han suscrito, con fecha 18 de diciembre de 2018, un Acuerdo de modificación del Convenio entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y el Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público «I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Acuerdo de modificación del Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 12 de marzo de 2019.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Acuerdo de modificación del convenio entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales, del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y el Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público «I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa»

Madrid, a 18 de diciembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, Fernando Lastra Valdés, Presidente de la Comisión de Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa, con competencia para suscribir este convenio en virtud de lo dispuesto en los artículos 2, 4, 15 y 16 de los Estatutos reguladores de los órganos de gestión y participación y del Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, aprobados por Decreto 88/2010, de 16 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Decreto 63/2010, de 30 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y Decreto 2/2011, de 12 de enero, de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

De otra parte, María del Pilar Paneque Sosa, Subsecretaria de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.º, a) de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, ejercitando por delegación la competencia del Ministro de Hacienda.

De otra parte, Juan José Areces Maqueda, en su condición de Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales por delegación del Presidente por la Orden APM/126/2018, de 5 de febrero («BOE» del 15), en nombre y representación de dicho organismo, y con domicilio a efectos de este convenio en la calle Hernani, 59, 28020 Madrid.

Reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica suficiente, suscriben el presente Acuerdo de la prórroga del convenio, y a tal efecto

EXPONEN

I. Que con fecha 30 de diciembre de 2017 se firmó el Convenio entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales, del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y el Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público «I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa»», para poner en marcha los beneficios fiscales establecidos en la disposición adicional octogésima de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017. La duración del programa era del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.

II. Que la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, ha modificado en su disposición final cuadragésima segunda, apartado Ocho, la disposición adicional citada en el párrafo anterior, ampliando la duración del programa desde el 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2019.

III. Por ello, es preciso modificar los plazos de vigencia del convenio firmado entre las partes.

Por lo expuesto, las partes suscriben la presente modificación del convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de esta modificación del convenio es adecuar los periodos de vigencia a la prórroga del programa «I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa» establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Segunda. Modificación de la cláusula octava 3.

La cláusula octava –Procedimiento de emisión de certificaciones–, en su apartado 3, queda redactada como sigue:

«3. El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará desde la firma del presente convenio y concluirá el 15 de enero de 2020, si bien con sujeción a las posibles prórrogas en la gestión del acontecimiento de excepcional interés público que pudiera acordar el Ministerio de Hacienda.»

Tercera. Modificación de la cláusula undécima.

La cláusula undécima –Vigencia– queda redactada como sigue:

«El presente convenio entrará en vigor en la fecha de publicación en el “Boletín Oficial del Estado” tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.

La Comisión Interadministrativa podrá aprobar la propuesta de liquidación de las actuaciones relacionadas con la celebración de “I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa”, que deberá producirse, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2020.

A tal efecto, el Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, una vez finalizadas las actuaciones del programa “I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa”, presentará un informe económico para su toma en consideración por la Comisión Interadministrativa, que contendrá una relación completa de los ingresos percibidos, de los gastos ejecutados y de las actuaciones realizadas, así como una auditoría de cuentas correspondiente al período comprendido desde la entrada en vigor del presente convenio hasta la finalización del programa.

Una vez aprobado el informe económico del Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, la Comisión Interadministrativa aprobará por unanimidad la propuesta de liquidación, que será presentada por el Secretario de la Comisión.

Una vez aprobadas las operaciones de liquidación, la Comisión Interadministrativa aprobará, por unanimidad, su disolución, que deberá ser ratificada por las entidades que la integren, siempre que se haya cumplido con todas las obligaciones que le imponen la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre.

La Comisión Interadministrativa se disolverá, en cualquier caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.

No obstante lo anterior, este convenio podrá prorrogarse por acuerdo mutuo de las partes por un periodo máximo de cuatro años.»

Cuarta. Efectos.

Esta modificación surtirá efectos el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO).

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente modificación del convenio por cuadriplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Presidente de la Comisión de Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa, Fernando Lastra Valdés.–La Subsecretaria de Hacienda, María del Pilar Paneque Sosa.–El Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Juan José Areces Maqueda.

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