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Documento BOE-A-2019-3686

Resolución de 12 de marzo de 2019, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca un itinerario formativo centralizado para 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2019, páginas 25276 a 25278 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2019-3686

TEXTO ORIGINAL

El INAP desea ser un actor central en la transformación de la Administración pública que ayude a construir la sociedad española del futuro. Para ello, se alinea con los compromisos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; parte de las reflexiones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre las capacidades de los empleados públicos para afrontar los retos de servir y crear valor público para una sociedad plural, diversa, inclusiva, abierta, interdependiente y participativa, y promueve la extensión de valores públicos, principios y alianzas orientados al bien común para la transformación cultural de la Administración pública.

El INAP, para cumplir con los fines anteriormente descritos y de acuerdo con las funciones de formación y perfeccionamiento de los funcionarios de Administración local que tiene asignadas de acuerdo con el Estatuto del INAP, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, pretende continuar atendiendo las principales demandas de los entes locales españoles mediante la ejecución de diversas modalidades de aprendizaje, entre las que se encuentran los itinerarios formativos.

Así, mediante esta resolución se convoca el itinerario de Especialista en control interno de entidades locales de mediano y gran tamaño.

Por todo ello, esta Dirección resuelve:

Primero. Objeto.

Es objeto de esta resolución la convocatoria de las acciones formativas que se recogen en el anexo, que se desarrollarán durante 2019.

Segundo. Requisitos de los participantes.

Podrá solicitar la asistencia a los cursos convocados el personal al servicio de las Administraciones Públicas, preferentemente el de Administración local, que cumpla los requisitos exigidos en el apartado de destinatarios de cada uno de los cursos.

Tercero. Solicitudes.

Quien desee participar en las actividades formativas convocadas deberá presentar la correspondiente solicitud que será accesible, tras la selección del curso al que se desea asistir, en las siguientes direcciones: http://www.inap.es/formacion-en-administracion-local y https://buscadorcursos.inap.es

El consentimiento del superior jerárquico se entiende concedido desde el momento en que accede a participar en acciones formativas en las que haya resultado seleccionado.

El envío de la solicitud telemática debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las normas y procedimientos que rigen cada uno de los cursos.

El plazo de presentación de solicitudes para todas las acciones formativas incluidas en esta convocatoria finaliza el día 9 de abril de 2019.

Cuarto. Selección.

1. La Subdirección de Formación Local seleccionará a los asistentes de entre las solicitudes que cumplan los requisitos, atendiendo al perfil de los candidatos en relación con los objetivos del curso.

2. En los itinerarios formativos la selección para cada curso se realizará atendiendo, además de al criterio prioritario de adecuación del perfil del candidato al itinerario, a la solicitud del itinerario en anteriores convocatorias.

3. Los empleados públicos podrán participar en cursos de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

4. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados y empleadas públicas. Asimismo, se reservará al menos un 40 por ciento de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

5. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de selección a quienes tengan reconocida una discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento. Las personas con discapacidad que soliciten el curso podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionadas.

Quinto. Régimen de asistencia.

Los alumnos habrán de asistir con regularidad al curso. Una inasistencia superior al 10 por ciento en el cómputo total de horas lectivas programadas imposibilitará la expedición de la certificación y dará lugar a la baja en el curso, con pérdida de todos los derechos. En el caso de un itinerario formativo, el 10 por ciento se aplicará sobre cada uno de los cursos que lo componen.

En las acciones formativas on line deberá prestarse especial atención a las normas que los tutores establezcan para su desarrollo.

Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán un correo electrónico indicándoles la dirección electrónica a la que podrán acceder para descargarse el certificado en soporte digital. También se podrá descargar dicho certificado desde el portal del alumno (http://www.inap.es/alumno) mediante el uso del DNI electrónico o certificado electrónico válido.

Sexto. Régimen académico.

Los alumnos seleccionados que no observen las reglas elementales de participación, respeto y consideración hacia Profesores, compañeros o personal del INAP y, en general, que contravengan lo dispuesto en el código ético del INAP (que podrá consultarse en www.inap.es/conocenos) podrán ser excluidos de las actividades formativas.

Para el desarrollo de los procesos de aprendizaje, los alumnos contarán con el acceso gratuito a «Ágora» (http://agora.edu.es/), a La Administración al Día (http://laadministracionaldia.inap.es) y al Banco de Conocimiento (http://bci.inap.es/), así como a la Red Social Profesional (https://social.inap.es/).

Séptimo. Información adicional.

La información detallada con los objetivos, contenidos, metodologías, calendario y valoración de cada itinerario profesional será expuesta en la página web del instituto.

Se podrá solicitar información adicional a través del correo electrónico fl@inap.es.

La valoración prevista en el anexo para cada acción formativa lo es a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1.D) de la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter estatal, en relación con lo establecido en la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, de 26 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de Estado» de 8 de noviembre).

Madrid, 12 de marzo de 2019.–La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, María Isabel Borrel Roncalés.

ANEXO
Itinerario de Especialista en control interno de entidades locales de mediano y gran tamaño

Itinerario 1911110

Destinatarios

Plazas

Puntuación

Participantes por edición

Cursos itinerario

Modalidad

Fechas presencial

Fechas on line

FL191110001

Preferentemente dirigido a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería que estén desempeñando puestos de trabajo en entidades locales de población superior a 20.000 habitantes, o técnicos que desempeñen puestos de trabajo en departamentos de Intervención pertenecientes a Entidades Locales de población superior a 20.000 habitantes y otros empleados públicos locales en análoga situación.

35

0,5

35

Módulo I. Control interno local: análisis teórico y práctico.

Mixto.

Primera sesión: 6, 7 y 8 de mayo de 2019.

Segunda sesión: 10, 11 y 12 de junio de 2019 (38 horas).

30 horas (del 6 de mayo al 30 de junio).

FL19-1110002

Preferentemente dirigido a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería que estén desempeñando puestos de trabajo en entidades locales de población superior a 20.000 habitantes, o técnicos que desempeñen puestos de trabajo en departamentos de Intervención pertenecientes a entidades locales de población superior a 20.000 habitantes, y otros empleados públicos locales en análoga situación.

35

0,50

35

Módulo II. Control financiero: auditoría en el sector público local.

Mixto.

Primera sesión: 16, 17 y 18 de septiembre de 2019.

Segunda sesión: 21, 22 y 23 de octubre de 2019 (38 horas).

22 horas (del 16 de septiembre al 30 de octubre).

FL19-111003

Preferentemente dirigido a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería que estén desempeñando puestos de trabajo en Entidades Locales de población superior a 20.000 habitantes, o técnicos que desempeñen puestos de trabajo en departamentos de Intervención pertenecientes a entidades locales de población superior a 20.000 habitantes, y otros empleados públicos locales en análoga situación.

35

0,20

35

Módulo III. Presentación de los trabajos de fin de itinerario.

Presencial.

Del 25 al 29 de noviembre.

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