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Documento BOE-A-2019-3179

Resolución de 5 de febrero de 2019, de la Dirección General de Cultura y Turismo, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural con la categoría de monumento de la Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Navarrete y su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2019, páginas 21242 a 21249 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de La Rioja
Referencia:
BOE-A-2019-3179

TEXTO ORIGINAL

Por la Dirección General de Cultura y Turismo se propone la incoación como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento de la Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Navarrete y su entorno de protección.

La iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Navarrete es un edificio construido entre los siglos XVI y XVII. Es un ejemplo emblemático de la arquitectura renacentista riojana. Su traza es de Juan de Vallejo, maestro de obras de la catedral de Burgos e importante arquitecto del renacimiento español. Destaca por ser el ejemplo más temprano de bóvedas de cañón casetonadas en La Rioja, y una de las escasas iglesias renacentistas de naves a desigual altura de la región. Su retablo mayor, de finales del siglo XVII está considerado una de las piezas más monumentales y espectaculares del barroco riojano. La iglesia además, contiene una destacada colección de arte sacro, constituyendo por todo ello uno de los edificios riojanos más relevantes de nuestro Patrimonio Cultural, merecedor de su declaración como Bien de Interés Cultural.

Vista la documentación técnica que obra en esta Dirección General de Cultura y Turismo, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley.

Considerando lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Decreto 27/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja conforme a la que se atribuye a la Dirección General de Cultura y Turismo la incoación y tramitación de los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural.

Visto el acuerdo del Consejo Superior del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja de 31 de enero de 2019, por el que se informa favorablemente la incoación del Bien y su entorno de protección, como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, por entender que concurren los valores relevantes establecidos en la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.

El Director General de Cultura y Turismo, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, resuelve:

Primero.

Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a la Iglesia Nuestra Señora de la Asunción de Navarrete y su entorno de protección, cuya descripción y delimitación literal y gráfica figuran en el Anexo de la presente Resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, describir el Bien y sus partes integrantes para su perfecta identificación, así como delimitar el entorno de protección, en el anexo que se adjunta a la presente Resolución.

Segundo.

Proceder a la notificación al Ministerio de Cultura del presente acto incoatorio, para su anotación preventiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, de conformidad con cuanto establecen los artículos 11 y 12 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y 13.4 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural Histórico y Artístico de La Rioja.

Tercero.

Tramitar el procedimiento a través de la Dirección General de Cultura y Turismo de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, en base a las disposiciones contenidas en la Ley 7/2004 de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural Histórico y Artístico de La Rioja y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de Transparencia del Gobierno de La Rioja.

Cuarto.

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 13.4 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Navarrete, haciéndoles saber que, en virtud de lo dispuesto en el párrafo quinto de dicho artículo, la iniciación del expediente de declaración, determinará respecto del Bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la Ley citada para los Bienes ya declarados como de interés cultural. Por tanto, la realización de cualquier intervención en el Bien o su entorno, requerirá contar con una autorización expresa dictada por la Dirección General de Cultura y Turismo, previo informe del Consejo Superior del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja junto a la correspondiente licencia municipal. La notificación de iniciación del expediente se exhibirá durante la tramitación del mismo en el tablón de anuncios de dicho Ayuntamiento.

Quinto.

La presente incoación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, producirá desde la notificación a la Entidad Local correspondiente, la suspensión de la tramitación de licencias municipales en la zona afectada, así como la suspensión de los efectos de las ya concedidas. La suspensión se mantendrá hasta la resolución del expediente o caducidad del mismo. No obstante, la Entidad Local podrá autorizar la realización de obras inaplazables para su conservación o mantenimiento, que manifiestamente no perjudiquen la integridad y valores del Bien objeto del expediente administrativo, debiendo contar, en todo caso, con la autorización previa de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación.

Sexto.

Disponer la apertura de un período de información pública por plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial de La Rioja». Durante este plazo los interesados podrán examinar la Incoación y Anexo de referencia y presentar las alegaciones y aportaciones que estimen oportunas, a través del portal de la transparencia, en la página web del Gobierno de La Rioja, en el siguiente enlace: www.larioja.org/portal-transparencia/es/informacion-juridica

Publicar igualmente la presente Resolución en uno de los periódicos de mayor difusión en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como en el «Boletín Oficial del Estado».

Séptimo.

Solicitar informe al Ayuntamiento de Navarrete, Servicio de Urbanismo, Instituto de Estudios Riojanos y Colegio Oficial de Arquitectos de La Rioja, así como Anotación Preventiva al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte.

Logroño, 5 de febrero 2019.–El Director General de Cultura y Turismo, Eduardo Rodríguez Osés.

ANEXO

A) Descripción del Bien objeto de declaración

1. Breve introducción histórica-artística

La Iglesia de la Asunción de Nuestra Señora en Navarrete se construye entre los siglos XVI y XVII. Es un ejemplo emblemático de la arquitectura renacentista riojana. Su traza es de Juan de Vallejo, maestro de obras de la catedral de Burgos e importante arquitecto del renacimiento español.

Es un edificio con planta en forma de cruz latina y consta de tres naves escalonadas, siendo más bajas y estrechas las laterales, características que la hacen ser una de las escasas iglesias renacentistas de naves a desigual altura de la región; el crucero destaca en planta y alzado.

Los espacios interiores se cubren con diferentes soluciones de bóvedas y cúpulas: bóvedas con crucerías estrelladas con combados curvos sobre arcos de medio punto y pilares cilíndricos en cabecera, crucero, nave central y laterales, bóveda de horno en el ábside, cúpulas en los dos últimos tramos de las naves laterales, y bóvedas de cañón casetonadas en las capillas laterales de cabecera y antigua sacristía: éstas últimas el ejemplo más temprano de este tipo de bóvedas en La Rioja.

Su retablo mayor, de finales del siglo XVII, está considerado una de las piezas más monumentales y espectaculares del barroco riojano, síntesis de las tendencias artísticas que conviven en La Rioja en la última fase de este siglo y en los inicios del siguiente.

Contiene además el Templo una destacada colección de arte sacro, entre la que destacan un tríptico flamenco (uno de los cuatro que hay en La Rioja) atribuido a Abrosius Benson, los bustos-relicarios de las santas Rufina y Justa, fina orfebrería y objetos de marfil, coral, azabache, ojo de tigre, plata y oro.

La Iglesia se emplaza en el centro del casco antiguo de Navarrete, una urbanización en ladera y desarrollo concéntricos simulando una bastida medieval. Domina y preside la localidad desde cualquier punto de vista, convive en la actualidad y está afectada además por tres ámbitos ya declarados en diferentes fases como Bienes de Interés Cultural: el Camino de Santiago o ruta jacobea (1962-64) y el Casco Histórico de Navarrete (1970) con la categoría de conjuntos histórico-artísticos, y el Barrio de Bodegas (2015) como unidad identitaria dentro de la declaración de «El paisaje cultural del Vino y el Viñedo de La Rioja».

2. Descripción del bien

La Iglesia de la Asunción de Nuestra Señora en Navarrete es un edificio con planta en forma de cruz latina. Consta de tres naves escalonadas, siendo más bajas y estrechas las laterales. Cada nave tiene dos tramos desiguales: el primer tramo es rectangular y el segundo casi cuadrado. El crucero destaca en planta y alzado. La cabecera tiene capillas hornacinas laterales y ábside ochavado.

El acceso principal se emplaza en la fachada Sur en el primer tramo de la nave. Está conformado por una portada monumental de doble ingreso, concebida como un retablo de dos cuerpos y dos calles, con columnas jónicas en el cuerpo inferior y corintias en el superior, con vanos adintelados en cada piso enmarcados por pilastras y frontones rotos. A modo de ático hay una hornacina central también entre pilastras y frontón roto con aletones y sendos vasos, con una imagen central de La Asunción y dos escudos, uno a cada lado. El conjunto queda enmarcado por un arco de intradós casetonado.

La segunda entrada al templo o acceso secundario se sitúa en el hastial o fachada Oeste, en la nave central. Esta portada consta de un cuerpo con ingreso por arco de medio punto entre pilastras de placa, rematado por un frontón triangular roto.

Los espacios interiores se cubren con diferentes soluciones de bóvedas y cúpulas: bóvedas con crucerías estrelladas con combados curvos sobre arcos de medio punto y pilares cilíndricos en cabecera, crucero, nave central y laterales; bóveda de horno en el ábside; bóvedas de cañón casetonadas en las capillas hornacinas o laterales de cabecera; y cúpulas en los dos últimos tramos de las naves laterales (baptisterio y tramo segundo de la nave del lado evangelio). El abovedado descansa sobre arcos torales de medio punto que apoyan en columnas con pilastras toscanas adosadas y semicolumnas en el último tramo del lado del Evangelio.

Recorriendo los muros de la nave central, crucero y cabecera hay un entablamento de rosetas y triglifos que sirve de encapitelado. En la cabecera y crucero se abren vanos de medio punto, moldurados y abocinados; los de la cabecera con parteluz y tracería. En las naves hay vanos adintelados con molduras de placa. En el hastial, un vano central de medio punto abocinado y otro adintelado.

Dispone el templo de un coro bajo en la nave central con acceso desde el primer tramo, situándose el órgano de forma elevada, en la parte posterior sobre un voladizo. Entre los pilares y el coro hay dos pequeñas estancias, empleadas como almacenes.

La Torre se sitúa a los pies del templo, en el último tramo de la nave sur o lado epístola. Tiene tres cuerpos y un chapitel piramidal de sillería. El primer cuerpo alberga el baptisterio, el segundo el reloj, y el tercero el campanario. Los dos cuerpos inferiores son de orden gigante, con decoración de resalte el bajo. Existen vanos adintelados con molduras de placa en el cuerpo inferior, vanos adintelados con frontones triangulares y curvos en el segundo, y vanos con arcos de medio punto entre pilastras pareadas en el cuerpo de campanas.

Interiormente dispone de tres niveles alzados por encima del baptisterio en planta baja: acceso a bajocubierta de las naves (matraca y antiguas esferas del reloj), reloj (maquinaria) y campanas. El acceso a la torre es posible a través de una escalera longitudinal, desde el nivel de emplazamiento del órgano, situada entre el trascoro y baptisterio; ascendiéndose posteriormente por una escalera de piedra de caracol o de husillo hasta alcanzar el primer nivel; después se desarrolla en tramos de escaleras adosados a las cuatro paredes interiores de la torre hasta el campanario.

La Sacristía es una edificación adosada al templo en su extremo Sureste, en el ángulo formado por el crucero y la cabecera, con acceso por el presbiterio y por la capilla lateral de cabecera del lado epístola. Este último constituye el ingreso principal integrado por un paso adintelado y moldurado entre columnas corintias y frontón superior triangular clasicista. En el tímpano se localiza una Piedad, y dos ángeles sobre cada una de las columnas. Dispone la sacristía de dos tramos paralelos al eje de la iglesia, cubiertos con bóvedas de crucerías estrelladas con arcos de medio punto y pequeñas columnas toscanas adosadas a pilastras; y espacio de antesacristía perpendicular a los tramos anteriores, ahora ocupado por dependencias auxiliares, cubierto con bóveda de cañón casetonada.

Al Norte del templo se emplazan otros espacios anexos exteriores: un espacio libre abierto aterrazado a una cota superior y urbanizado contra esta fachada Norte, donde también existe un arco exento de medio punto perpendicular a éste; una cámara bufa o galería excavada en el extradós del muro, a nivel de la planta baja general de la iglesia, con dos accesos desde el interior y construida con el objeto de controlar la filtración de agua y drenaje del terreno (los restos existentes accesibles rodean el crucero y parte de la cabecera); y una cámara o espacio triangular de gran altura, cubierto con un forjado plano a una cota ligeramente superior a la de la calle y sin uso, entre los contrafuertes de cabecera y crucero y entre las capillas de lado evangelio.

Desde el punto de vista estilístico, la cabecera y el crucero se clasifican como tardogóticos, las naves, portada y torre renacentistas.

La estructura general y los cerramientos son de fábrica de sillería de piedra arenisca procedente de canteras cercanas: Las Lomas (Navarrete), Ribamelones (Logroño), y otras no especificadas de San Asensio, Uruñuela, y Cuzcurrita de Río Tirón.

La bóveda de la cabecera es de piedra. En el resto de bóvedas la nervadura es de piedra y la plementería de ladrillo.

La estructura de la cubierta es mixta integrada por cerchas de madera en crucero y cerchas ligeras metálicas de acero en los dos tramos de la nave central y cabecera; la de las cubiertas de las naves laterales se supone también de madera en vigas, durmientes y cabios. Se conforman varios faldones y pendientes hacia cada uno de los frentes de muro de fachada y línea de cornisa perimetral; configurándose cuatro limahoyas en la macla de las naves más altas, la central y la del crucero. La cobertura es de teja cerámica curva color rojo en éstas y en el resto de las naves. La cubierta de la torre es enteramente de piedra con remate de pirámide octogonal.

El suelo de la iglesia es de tarima de madera, a excepción del baptisterio, que está embaldosado. También están embaldosados los pisos de la torre, el voladizo del órgano y la entreplanta de la sacristía. La carpintería interior es de madera maciza, la exterior de acero y la cerrajería de forja o acero.

La Iglesia, dependencias y espacios anexos ocupan una superficie de 1.800,00 m2.

3. Elementos integrantes y pertenencias

La sacristía mantiene un uso único y exclusivamente religioso y forma parte integrante del edificio. Dentro del espacio y directamente vinculadas con la sacristía se ubican dentro del monumento unas pequeñas dependencias privadas auxiliares de almacén, limpieza y un aseo.

Además de la Iglesia y dependencias anexas, pertenecen al Bien, los 359 elementos de Bienes muebles que se relacionan a continuación, con la situación y descripción literal y gráfica que contiene la documentación del expediente de declaración y el Apéndice 3 del Inventario de Arte Mueble de la Historiadora Milagros Martínez González.

1. Metodología.

2. Inventario:

Número de inventario

2.1 Retablos

1-18

2.2 Escultura

19-57

2.2.1 Madera

19-45

2.2.2 Marfil

46

2.2.3 Piedra

47-57

2.3 Pintura

58-89

2.3.1 Tela

58-80

2.3.2 Tabla

81

2.3.3 Mural

82-89

2.4 Carpintería

90-149

2.4.1 Andas

90

2.4.2 Mobiliario

91-107

2.4.3 Candelabros

108-112

2.4.4 Confesionarios

113-118

2.4.5 Mesas de altar

119-132

2.4.6 Puertas

133-144

2.4.7 Rejas

145

2.4.8 Sillería

146-148

2.4.9 Facistol

149

2.5 Forja y cerrajería

150-159

2.5.1 Púlpitos

150-151

2.5.2 Rejas

152-159

2.6 Relojería

160-162

2.7 Vidrieras

163-174

2.8 Instrumentos musicales

175-183

2.9 Orfebrería

184-359

B) Descripción y delimitación del entorno afectado

1. Descripción literal

El núcleo histórico de Navarrete, en donde se asienta casi de forma centrada la Iglesia de la Asunción, se constituye simulando una urbanización en bastida medieval; se asienta en las faldas y en el entorno del cerro Tedeón, conformando manzanas irregulares y alargadas, aproximadamente concéntricas, originando calles de trazado similar y curvo siguiendo igualmente de forma casi parecida las líneas o curvas de nivel y algunas escorrentías, generándose otras calles de conexión entre ellas de carácter transversal y/o más o menos perpendiculares a las primeras. Este casco resulta fácilmente reconocible.

En la definición del entorno de protección se han incluido parcelas y/o inmuebles que, por proximidad y/o relación visual, mantienen un destacado «diálogo», presencia y relación con el Edificio de la Iglesia.

El perímetro de delimitación del BIC comprende una superficie de 7.773 m2, de los que 1.800 m2 corresponden al Monumento. Esta línea delimitadora coincide con las alineaciones de manzanas y/o líneas de fachada, definidas en cada calle de acuerdo con la Ordenación establecida por el actual PGM vigente.

La afección se estima sobre cada una de las fachadas de las parcelas o inmuebles colindantes con este línea, así como sobre el espacio intermedio de vial público (5.973 m2): viario, espacio libre, zona verde y plaza, e incluso sobre dos parcelas aisladas existentes en el interior.

Este entorno de protección incluye de forma parcial las manzanas edificatorias y viales o espacios libres de las calles:

– Camino Ollerías: manzana catastral 61786.

– Calle Horno: manzana catastral 61783.

– Calle La Cuesta: manzana catastral 62781.

– Calle Belén: manzanas catastrales 61782 y 60786.

– Calle Cerrada: manzana catastral 62788.

– Calle Mayor Alta: manzanas catastrales 61744 y 61772.

– Calle Mayor Baja: manzanas catastrales 62774 y 62772.

– Plaza Mayor: 60757.

– Calle de La Cruz: manzana catastral 62771.

Esta delimitación se refleja gráficamente en el plano del apartado E).

En la documentación adjunta se relacionan el listado de las parcelas, edificios e inmuebles incluidos en esta área delimitada como entorno de protección, de acuerdo con la definición gráfica desarrollada en el Plano 03.

La delimitación ha alcanzado a un total de 50 parcelas, inmuebles o referencias catastrales principales, incluida la de la propia Iglesia; y a 137 elementos de propiedad, debido a la existencia en algunos casos de una división horizontal en el inmueble.

2. Delimitación Gráfica del Entorno de Protección

Se adjunta plano en apartado E).

C) Estado de conservación del Bien y criterios de intervención

El estado de conservación general del edificio y del conjunto es regular, correcto en su mantenimiento. No parece presentar, salvo vicios ocultos, patologías graves que pudieran suponer alguna ruina parcial del mismo. Si son destacables las que se mencionan en la documentación adjunta y que, por supuesto, precisan diferentes grados de urgencia en su tiempo y necesidad de resolución e intervención.

Las intervenciones en las últimas décadas en la restauración y rehabilitación de estructura de cubierta y cobertura de la misma supusieron una mejora y protección destacable, así como la intervención urbanizadora del entorno pudo favorecer y sanear fachadas y entorno, aun sin terminar de resolver los graves problemas de humedad que todavía hoy se manifiestan en la fachada Norte.

En la consecución y mantenimiento del estado actual también es destacable la importante participación de los miembros y colaboradores de la parroquia en su cuidado, vigilancia, observancia y limpieza periódica de las cubiertas, bóvedas, interior de la torre, templo en general, control y limitación del acceso de pájaros, etc.

En la documentación adjunta se relacionan y describen someramente las patologías y deficiencias más destacadas localizadas en el inmueble.

La vigilancia y la reparación de las deficiencias y patologías expuestas, así como la previsión y detección de otras que puedan aparecer posteriormente; a parte de la reparación particular que, en cada caso, puede aproximarse o ir en consonancia con parte de los expuesto, han de integrarse en un amplio y ambicioso programa de mantenimiento y control que garantice, con el paso del tiempo y estableciendo prioridades, unas condiciones de estabilidad y estado de conservación adecuados, a través de la correspondiente elaboración y redacción de su especifico Plan Director, que recogerá la adecuada conservación del bien cultural, tanto del edificio en sí como de los elementos de valor histórico-artístico que alberga y de su entorno, entendido además como el elemento principal del centro histórico de la localidad de Navarrete.

Las posibles actuaciones que se realicen en el edificio, sus bienes muebles y entorno de protección han de respetar las características tipológicas y el carácter de la arquitectura y deben regirse por las normas de intervención establecidos en el Capítulo IV, del Título II de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.

D) Compatibilidad con el planeamiento urbanístico

Esta incoación no modifica el vigente Plan General Municipal de Navarrete en relación con la clasificación, grado de protección y condiciones especiales de intervención en el edificio que dictaminan las normas urbanísticas del citado planeamiento.

Se considera compatible con el carácter y régimen de protección establecidos.

E) Plano de delimitación del Bien y del entorno afectado

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