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Documento BOE-A-2019-2989

Resolución de 21 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 18 de octubre de 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2019, páginas 20444 a 20448 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-2989

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Subsecretaria de Justicia de 18 de octubre de 2018 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre de 2018), se convocó concurso general de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento (Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado).

Finalizado el plazo de presentación de instancias, tenidos en cuenta los preceptos reglamentarios y valorados los méritos alegados por los concursantes por la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base séptima de la citada Resolución, esta Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado resuelve el citado concurso, de conformidad con lo siguiente:

Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en los anexos 1 y 2 a los funcionarios que se mencionan en los mismos.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución, así como el cambio de situación administrativa que en su caso corresponda. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios y de ceses, se iniciarán cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, se estén disfrutando.

Contra la presente Resolución y los actos derivados de la misma que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el órgano que dictó la Resolución en los términos previstos en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 21 de febrero de 2019.–La Subsecretaria de Justicia, P. D. (Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero), la Abogada General del Estado, Consuelo Castro Rey.

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