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Documento BOE-A-2019-2690

Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre la Dirección General de la Función Pública y la Subsecretaría de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2019, páginas 18262 a 18263 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2019-2690

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Función Pública y el Subsecretario de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, han suscrito, con fecha 24 de enero de 2019, un Acuerdo de encomienda de gestión.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación del referido Acuerdo de encomienda de gestión, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 18 de febrero de 2019.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión a Subsecretaría de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Primero.

La Dirección General de la Función Pública y la Subsecretaría de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la citada Dirección General lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de la oferta de empleo del año 2017 para cubrir plazas de personal laboral, mediante contratación laboral fija, en el ámbito del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado por el sistema general de acceso libre respecto de las plazas adscritas a ese Departamento.

Segundo.

La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los órganos de selección de las pruebas selectivas.

d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias.

f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercero.

Correrán a cargo de la sección presupuestaria «Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social», los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Dirección General de la Función Pública.

Sexto.

Es responsabilidad de la Dirección General de la Función Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Madrid, 24 de enero de 2019.–El Director General de la Función Pública, Javier Rueda Vázquez.–El Subsecretario de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Raúl Riesco Roche.

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