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Documento BOE-A-2019-2356

Orden TEC/158/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen los servicios mínimos en el sector de hidrocarburos ante la convocatoria de huelga general prevista entre las 00:00 horas y las 24:00 horas del día 21 de febrero en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2019, páginas 16618 a 16641 (24 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2019-2356

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio para la Transición Ecológica ha sido informado de la convocatoria de una huelga general en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña para el periodo comprendido entre las 00:00 horas y las 24:00 horas del día 21 de febrero de 2019, convocada por la Intersindical-CSC.

La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en el artículo 2.2 establece que las actividades relacionadas con el mercado de productos petrolíferos y suministro de gases combustibles por canalización, se ejercerán garantizando el suministro a los consumidores demandantes dentro del territorio nacional y tendrán la consideración de actividades de interés económico general.

Por su parte, el Real Decreto 1477/1988, de 9 de diciembre, por el que se establecen los servicios mínimos esenciales para la realización de la actividad encomendada a las empresas de refino de petróleo, el Real Decreto 1478/1988, de 9 de diciembre, por el que se establecen servicios mínimos para la realización de las actividades de servicio público de suministro de combustibles gaseosos por canalización y de suministro de gases licuados del petróleo a granel y envasado y el Real Decreto 425/1993, de 26 de marzo, sobre garantías de prestación de servicios esenciales por las empresas autorizadas a realizar las actividades de transporte y almacenamiento, distribución al por mayor y distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos, constituyen el marco normativo de referencia para el establecimiento de servicios mínimos en el ámbito de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. Dichos reales decretos, facultan a la Ministra para la Transición Ecológica para determinar las especificaciones concretas de servicios esenciales mínimos, cuyo mantenimiento condicionará las situaciones de huelga. Asimismo, establecen que los paros y alteraciones de trabajo del personal que se designe en servicios mínimos serán considerados ilegales a los efectos del artículo 16 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo.

El apartado segundo y el anexo I de la presente orden recogen los servicios mínimos establecidos para la actividad de refino y han sido determinados con el objetivo general de garantizar la seguridad de las personas y del medioambiente, fundamentales en instalaciones de tal complejidad.

ENAGAS GTS, S.A.U., en su calidad de Gestor Técnico del Sistema, a tenor de lo dispuesto en la disposición adicional vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y de acuerdo con las funciones que establece el artículo 64 de la citada ley, es el responsable de la operación y gestión técnica de la red básica y de transporte secundario, y garantizará la continuidad y seguridad del suministro de gas natural y la correcta coordinación entre los puntos de acceso, los almacenamientos, el transporte y la distribución.

Con fecha 17 de febrero de 2019 ha sido solicitado informe al Gestor Técnico del Sistema sobre las necesidades de disponibilidad de las instalaciones afectadas por la huelga citada.

Es necesario hacer constar que se ha tenido conocimiento de la convocatoria de huelga con una antelación muy inferior a la exigida en el artículo 4 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo. Por esta razón, ante la necesidad de la urgente declaración de servicios mínimos y siendo necesario llevar a cabo un trámite de audiencia a los interesados, se ha elaborado, como punto de partida, una propuesta de orden ministerial a partir de la mejor información disponible para una situación similar, esto es la relativa a las diversas huelgas convocadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña, en diversos periodos de los meses de octubre y noviembre de 2017, la del 21 de diciembre de 2018 y la prevista para los días 5, 6 y 7 de febrero de 2019 en la que se establecieron servicios mínimos en el sector de hidrocarburos y que finalmente fue desconvocada.

La propuesta de orden ha sido sometida a audiencia de los interesados remitiéndose con fecha 11 de febrero de 2019 con plazo para la remisión de alegaciones hasta el 14 de febrero a las 12:00h, a fin de que los mismos puedan de este modo realizar las observaciones que consideren para precisar en mayor medida el alcance de los servicios mínimos señalados.

Durante el trámite de información pública se han recibido alegaciones por parte de Terminales Químicos S.A., en el que solicita la inclusión de servicios mínimos de su empresa dado que suministran productos petrolíferos a aeronaves asignadas a servicios públicos, por lo que se ha procedido a su inclusión.

Asimismo, la empresa DECAL, S.A. ha remitido escrito mostrando su conformidad con los servicios mínimos propuestos.

La Compañía Española de Petróleos, S.A.U (CEPSA), solicita la inclusión de una estación de servicio en la relación de servicios mínimos de estaciones de servicio en el código postal 08011 del municipio de Barcelona, por registrar dicha área una fuerte demanda de carburantes, dado que no estaban previstas otras estaciones en el citado código postal se ha procedido a su inclusión. Así mismo, la Asociación Provincial de Estaciones de Servicio de Barcelona solicita la inclusión de dos estaciones de servicio en el código postal 08294 del municipio del El Bruc, para el que no se habían previsto estaciones, adyacentes a la autovía A-2, por lo que se ha procedido a la inclusión de una de éstas.

El escaso tiempo disponible, que no es en modo alguno imputable al Ministerio, hace imposible la ampliación del plazo de alegaciones, pues a la indebida menor antelación con que se ha tenido conocimiento de la convocatoria de huelga se suma la evidente necesidad de un tiempo, por mínimo que sea, para tramitar y dictar la orden, así como para la adopción de las disposiciones necesarias para su aplicación por los interesados.

Con motivo de dicha convocatoria de huelga general, ENAGAS GTS, S.A.U. manifestó que los servicios mínimos para garantizar la seguridad de las personas y bienes en todas las instalaciones gasistas, mantener la atención de los servicios esenciales descritos en el artículo 60 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, y en las normas de gestión técnicas del sistema gasista, así como la disponibilidad del gas natural que se considere necesario parapara atender el servicio público de suministro de energía eléctrica, debían establecerse con los siguientes criterios:

Las redes de transporte y distribución deben estar disponibles desde los puntos de entrada o producción hasta las instalaciones de los consumidores, manteniendo las presiones de gas en valores superiores a los mínimos garantizados en las citadas normas de gestión técnica del sistema gasista.

La planta de regasificación de Barcelona debe estar disponible y con niveles de producción y de almacenamiento que, en su caso, suficientes para mantener la seguridad de las instalaciones, el cumplimiento del programa de descargas, la atención a la demanda y la preservación del medio ambiente, evitando en lo posible la emisión de gas a la atmósfera.

Por otra parte, el suministro de gas natural junto con el suministro de los gases licuados del petróleo, tanto a granel como envasado, constituyen actividades fundamentales cuya garantía de suministro se plasma en el establecimiento de los servicios mínimos contenidos en los apartados tercero y cuarto, de la presente orden, así como en el anexo II.

Los servicios mínimos establecidos en los anexos I y II para la huelga convocada en la Comunidad Autónoma de Cataluña se han determinado sobre la base de la experiencia de huelgas anteriores donde se consideró que algunas instalaciones, con equipos críticos cuya parada tenga un efecto en la producción que vaya más allá del periodo de huelga, así como otras unidades cuyo funcionamiento dependa del funcionamiento de las anteriores, deben mantenerse al menos a mínima carga técnica operativa.

Asimismo, el suministro de productos petrolíferos es esencial para el normal desarrollo de la actividad ciudadana por lo que se considera necesario establecer unos servicios mínimos. Tomando en consideración la duración y características de la huelga convocada, y con base en criterios objetivos de distribución geográfica de instalaciones de suministro, los servicios mínimos que se establecen cubren el 20 por ciento de las instalaciones (estaciones de servicio) censadas y al menos una de las censadas en todo municipio con población superior a los 3000 habitantes, habiéndose obtenido éstas del listado de instalaciones inscritas en el censo de instalaciones de suministro de carburante habilitado en el Ministerio para la Transición Ecológica con objeto del cumplimiento de la Orden ITC/2308/2007, según se recogen en el apartado cuarto y en el anexo III, garantizándose así una adecuada cobertura de suministro durante la huelga prevista. Así mismo se establecen servicios mínimos en postes marítimos del 20 por ciento de los postes censados, habiéndose obtenido éstos del listado de postes inscritos en el referido censo.

Finalmente, se juzga que los servicios mínimos establecidos cumplen con el doble requisito de no limitar el derecho de huelga de los trabajadores y garantizar tanto la seguridad de las instalaciones como el abastecimiento a los usuarios potenciales dentro de la situación atípica que representa la convocatoria de una huelga y teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto en relación con la indicada convocatoria de huelga general prevista entre las 00:00 h y las 24:00 h del día 21 de febrero de 2019.

Por todo lo anterior, resuelvo:

Primero.

Con carácter general las empresas encargadas de la producción, transporte y almacenamiento de hidrocarburos, garantizarán la prestación del servicio y mantendrán la disponibilidad y operatividad de las instalaciones. Asimismo, deberán designar los retenes y brigadas necesarios para atender la corrección de defectos y reparación de averías que pudieran presentarse en las instalaciones, garantizando en todo momento la seguridad de las personas y las instalaciones afectas al mismo, así como la calidad del suministro de productos petrolíferos y combustibles gaseosos.

Segundo.

En la refinería de petróleo de Repsol Petróleo, S.A. de Tarragona, los servicios mínimos cuyo mantenimiento debe garantizarse durante la huelga, tendrán como objetivos fundamentales los siguientes:

a) La seguridad de personas e instalaciones se mantendrá a los niveles operativos habituales en todas las instalaciones afectas a la actividad de refino. A estos efectos, las unidades de proceso, así como en el resto de las instalaciones que vean alterada su actividad normal, a partir del momento del inicio del periodo de huelga y durante el mismo, se mantendrán en las condiciones de seguridad adecuadas a las especificaciones técnicas en todas las instalaciones.

b) En todo caso, las unidades de proceso de carburantes y combustibles con instalaciones con equipos críticos cuya parada tenga un efecto en la producción que vaya más allá del periodo de huelga convocado, así como otras unidades cuyo funcionamiento dependa del funcionamiento de las anteriores, deberán mantenerse, al menos, a mínima carga operativa.

c) Los servicios auxiliares (producción de vapor, sistema de fuel-oil y fuel-gas, torres de refrigeración, mantenimiento del agua de calderas, aire comprimido, antorchas, nitrógeno, plantas de cogeneración, producción y distribución de energía eléctrica, redes de agua, tratamiento de efluentes y emisiones) se mantendrán en funcionamiento para garantizar las condiciones descritas y para afrontar cualquier situación de emergencia.

d) Las plantas de tratamiento de aguas residuales y de emisiones contaminantes se mantendrán operativas para evitar el riesgo de contaminación.

e) Funcionarán con toda su vigencia los planes de emergencia existentes.

f) Se mantendrán normalmente los calendarios establecidos de los retenes de seguridad y de emergencia.

g) Se mantendrán los servicios de vigilancia para la protección de los bienes e instalaciones industriales.

h) Se efectuarán los servicios de mantenimiento necesarios para garantizar la seguridad de suministros mínimos de las empresas y servicios antes mencionados, así como para posibilitar las condiciones operativas descritas.

i) Los servicios de comunicación externos e internos deberán mantenerse operativos.

Tercero.

Se mantendrán en operación las instalaciones de transporte y distribución de gas natural que sean necesarias para evitar interrupciones de suministro a clientes finales y los servicios de atención al cliente en casos de urgencia. Asimismo, se mantendrán en los niveles operativos habituales los sistemas de emergencia y seguridad de las instalaciones de transporte y distribución de gas natural.

Asimismo, se dispone lo siguiente:

a) Red de gasoductos de transporte y distribución, incluidas estaciones de compresión e instalaciones de regulación y medida: Los titulares deben garantizar la plena disponibilidad de las instalaciones desde los puntos de entrada y producción hasta las instalaciones de los consumidores. Para ello, deberán garantizar que disponen de los equipos de retén necesarios para atender cualquier anomalía en las redes de su propiedad.

Se prestará especial atención a las zonas limítrofes para asegurar la disponibilidad de las instalaciones que apoyan el transporte a la comunidad autónoma afectada (en particular de las instalaciones de las Estaciones de Compresión).

b) Puntos de entrada al sistema: Todas las instalaciones deberán asegurar un nivel de producción que garantice el nivel mínimo de atención a la demanda convencional requerida en su zona, más la generación que se precise para atender el servicio público de suministro de energía eléctrica. El nivel de producción mínimo común, será publicado en la página web del Gestor Técnico del Sistema.

a. Planta de Regasificación de Barcelona: deberán asegurar un nivel de producción que mantenga, en lo posible, el mínimo técnico, evitando la emisión de gas natural o de sus productos de combustión a la atmósfera, sin perder los niveles de existencias mínimas de seguridad.

b. Se mantendrá operativo el servicio de cargas de cisternas de GNL para atención de servicios esenciales en los términos establecidos en el artículo 60 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y para el suministro a redes de distribución alimentadas a partir de plantas satélites de GNL.

En función de la programación de la generación eléctrica en instalaciones generadoras consumidoras de gas natural para el periodo de huelga, se ajustarán los niveles de producción de la planta de regasificación siguiendo las pautas de los horarios de nominación/programación diarios, tanto el día previo como el propio día. En el caso que se previesen o se presentasen situaciones que pudieran suponer un riesgo para la garantía del cumplimiento de las entradas mínimas requeridas, y el sistema gasista pudiera incurrir en alguno de los supuestos previstos en el capítulo 10 de las NGTS, se procederá a la declaración de Situación de Operación Excepcional y a la adopción de las medidas necesarias para solucionar estas posibles situaciones.

Cuarto.

Respecto a las instalaciones de transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos líquidos, incluyendo los gases licuados del petróleo, se efectuarán las descargas y cargas necesarias para mantener unas existencias operativas mínimas y para mantener en todo momento las existencias mínimas de seguridad que establece el artículo 50 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. Asimismo, se realizarán los envíos mínimos necesarios para evitar el desabastecimiento de la cadena logística de carburantes y combustibles.

Los servicios mínimos cuyo mantenimiento debe garantizarse durante la huelga, se establecerán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) La seguridad de personas e instalaciones se mantendrá en todas las instalaciones afectas a los suministros de hidrocarburos líquidos, incluyendo los gases licuados del petróleo.

b) Se mantendrá la distribución de pedidos urgentes procedentes de los sectores cuya actividad no pueda detenerse (hospitales, bomberos, fuerzas de seguridad del Estado, ambulancias, centros estratégicos) o que den respuesta a situaciones de extrema necesidad por razones humanitarias.

c) Se responderá con rapidez ante posibles situaciones de emergencia por accidente o avería.

d) Se garantizará el abastecimiento, por camión cisterna o tubería, a instalaciones aeroportuarias que pudieran quedar desabastecidas, al objeto de que puedan cumplir con los servicios mínimos. Igualmente, se garantizarán los suministros de carburante a la navegación aérea en los distintos aeropuertos conforme se determine por la Administración pública responsable de los mismos, incluidos los servicios aéreos de extinción de incendios y vigilancia aduanera.

e) Se garantizarán los suministros en los puertos que son abastecidos por los distintos operadores logísticos, a través de camión cisterna, tubería o gabarra, al objeto de que puedan cumplir con los servicios mínimos que se determine por la Administración pública responsable de los mismos. En las instalaciones donde se hubiere iniciado la descarga de un buque antes del comienzo de la huelga, se nombrarán los turnos necesarios hasta la completa finalización de las operaciones relacionadas con la misma, y, en cualquier caso, sin restricción horaria en las instalaciones de las Islas Baleares, por ser ésta la única vía de aprovisionamiento de combustible.

Quinto.

Los anexos I, II y III de la presente orden, establecen las plantillas de personal necesarias para el cumplimiento de los servicios mínimos establecidos en los puntos anteriores.

Para las empresas incluidas en los servicios mínimos, que tengan turnos en determinados puestos de trabajo, el comienzo de la huelga para dichos puestos de trabajo se efectuará en el primer turno que se vea afectado por la huelga, aunque empiece antes de las 00:00h del día 21 de febrero, y su finalización tendrá lugar a la finalización del último turno del mismo día, por lo que para la asignación de los servicios mínimos se verá afectado el primer turno de noche.

Además, las empresas que, encontrándose en el ámbito de aplicación de la presente orden, no figuren recogidas en dichos anexos, pondrán en operación los equipos e instalaciones que se consideran estrictamente necesarios, así como el personal necesario para la cobertura de tales servicios mínimos, de acuerdo con los criterios expresados en los artículos anteriores.

Sexto.

Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente orden remitirán a la Dirección General de Política Energética y Minas, durante las jornadas de huelga, la información que ésta les solicite, con la periodicidad y en la forma que ésta les notifique con carácter previo.

Además, en el plazo de 10 días tras la finalización de la huelga, remitirán a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica, una memoria en la que se justifique y explique que el programa de operación durante la duración de esta huelga general se ajusta a los criterios establecidos en la presente orden, en la que se incluyan las alegaciones formuladas por los representantes de los trabajadores, así como un resumen de las principales incidencias producidas.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en los artículo 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la titular del Ministerio para la Transición Ecológica en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el «Boletín Oficial del Estado», si bien, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 19 de febrero de 2019.- La Ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera Rodríguez.

ANEXO I
Servicios mínimos sector refino. Refinería de Repsol, S.A. en Tarragona
 Puesto de trabajo Turno de trabajo  
Mañana Tarde Noche
JEFE OPERACIÓN        
Jefe de Fábrica 1 1 1  
DESTILACIÓN        
Jefe de Área Destilación 1 1 1  
Op. Panel Destilación 1 1 1 1  
Op. Panel Destilación 2 1 1 1  
Op. Panel Destilación 3 1 1 1  
Op. Área U-611 1 1 1  
Op. Área U-612 1 1 1  
Op. Área U-621 1 1 1  
Op. Área U-613/614/616 1 1 1  
Op. Área U-615/617 1 1 1  
Op. Área U-671/673/680 1 1 1  
HIDROTRATAMIENTOS        
Jefe de Área Hidrot. 1 1 1  
Op. Panel Hidrot. 1 1 1 1  
Op. Panel Hidrot. 2 1 1 1  
Op. Panel Blending/Hidrot. 1 1 1  
Op. Panel Blending/Hidrot. 2 1 1 1  
Op. Área U-B53R 1 1 1  
Op. Área U-B53F 1 1 1  
Op. Área U-B52 1 1 1  
Op. Área U-B51/654/657 1 1 1  
Op. Área U-642 1 1 1  
Op. Área U-645/454/Blending 1 1 1  
Op. Área U-641/631/634 1 1 1  
Op. Área U-655 2 2 2  
OLEFINAS        
Jefe de Área Olefinas 1 1 1  
Oper. Panel (1) Pirólisis 1 1 1  
Oper. Panel (2) Pirólisis 1 1 1  
Oper.Panel (1) Fraccionamiento 1 1 1  
Oper.Panel (2) Fraccionamiento 1 1 1  
Op. Área Puesto 1 1 1 1  
Op. Área Puesto 2 1 1 1  
Op. Área Puesto 3 1 1 1  
Op. Área Puesto 4 1 1 1  
Op. Área Puesto 5 1 1 1  
Op. Área Puesto 6 1 1 1  
Op. Área Puesto 7 1 1 1  
Op. Área Puesto 8 1 1 1  
Op. Área Puesto 9 1 1 1  
ENERGÍAS        
Jefe de Área Energías 1 1 1  
Opero Panel Energías 1 1 1  
Op. Área Subárea A 1 1 1  
Op. Área Subárea B 1 1 1  
Op. Área Subárea C 1 1 1  
Op. Área Subárea D 1 1 1  
Op. Área efluentes/seguridad 1 1 1  
INSTALACIONES MARINAS        
Oper. Jefe Insl. Marinas 1 1 1  
Oper. Panel Insl. Marinas 1 1 1  
Op. Área Insl. Marinas (Pantalán) 3 3 3  
Op. Área Insl. Marinas( T. Playa) 2 2 2  
Op. Área Insl. Marinas( Deslastres) 1 1 1  
TRASIEGOS        
Jefe de Área Trasiegos 1 1 1  
Oper. Panel Trasiegos 1 1 1  
Op. Área Esferas 1 1 1  
Op. Área Acabados 1 1 1  
Op. Área Crudo 1 1 1  
TOTAL PRODUCCIÓN 59 59 59  
LABORATORIO        
Analista 1 1 1  
TOTAL LABORATORIO 1 1 1  
SEGURIDAD        
Encargado Seguridad 1 1 1  
Operador Seguridad 1 1 1  
TOTAL SEGURIDAD 2 2 2  
SERVICIOS MÉDICOS        
A.T.S. 1 1 1  
Médico 1 1 1 (1)
TOTAL SERVICIO MÉDICO 2 2 2  
INGENIERÍA Y DESARROLLO        
Técnico Sistemas y Soporte 1 1 1 (1)
Técnico Ingeniería 1 1 1 (1)
TOTAL INGENIERÍA Y DESARROLLO 2 2 2  
FIABILIDAD Y MANTENIMIENTO        
INSTRUMENTACIÓN        
Encargado 1 1 1 (1)
Oficial 1 1 1 (1)
Oficial analizadores 1 1 1 (1)
Oficial Urgencias 1 1 1  
EQUIPOS DINÁMICOS        
Encargado 1 1 1 (1)
Oficial 2 2 2 (2)
EQUIPOS ESTÁTICOS        
Encargado 1 1 1 (1)
Oficial 2 2 2 (2)
Oficial Andamios 3 3 3 (3)
Oficial Camión Limpieza 2 2 2 (2)
ELECTRICIDAD        
Encargado 1 1 1 (1)
Oficial 1 1 1 (1)
FIABILIDAD ESTÁTICA        
Verificador 1 1 1 (1)
FIABILIDAD DINÁMICA        
Verificador 1 1 1  
TOTAL FIABILIDAD Y MANTENIMIENTO 19 19 19  
PyO 1 1 1 (1)
RL 1 1 1  
Serv. Generales 1 1 1  
TOTAL GESTIÓN DE RECURSOS 3 3 3  

(1) Una persona de retén en su domicilio.

(2) Dos personas de retén en su domicilio.

(3) Tres personas de retén en su domicilio.

ANEXO II
Servicios mínimos sector gases combustibles y gases licuados del petróleo

A) Gas natural y gases manufacturados

Enagás Transporte SAU

Centro de Trabajo Puesto N.º Trabajadores
Planta de Barcelona

Turnos: Mañana, tarde y noche:

Jefe Turno

Operadores de Proceso

 

1

5

Red de Gasoductos Enagas Transporte S.A.U.: En todos los Centros con presencia durante la jornada

Centro de Trabajo Puesto N.º Trabajadores
Centro/Estación de Compresión de Bañeras

Jefe de Retén

Operador de C.T.

Operador de E.C.

1

1

1

Centro/Estación de Compresión de Tivisa

Jefe de Retén

Operador de C.T.

Operador de E.C.

1

1

1

Centro de Hostalric

Jefe de Retén

Operador de C.T.

1

1

Nedgia Catalunya, SDG, S.A.

Centro Trabajo   Laborable Porcentaje Total plantilla
Manresa   3 38 8
  2 Operarios turno mañana/tarde      
  1 Jefe de equipo jornada partida      
Tarragona   3 27 11
  2 Operarios turno mañana/tarde      
  1 Jefe de equipo jornada partida      
Tortosa   1 100 1
  1 Jefe de Equipo      
Girona   2 20 10
  1 Jefe de Equipo Mañana      
  1 Jefe de Equipo Tarde      
Blanes   3 50 6
  1 Jefe de Equipo jornada partida      
  1 Operario turno mañana/tarde      
Hospitalet   18 46 39
  1 Jefe de SSTT      
  1 Jefe de Atención de Urgencias      
  1 Jefe de Instalaciones Auxiliares      
  3 Jefes de Equipo de Intervención      
  9 Operarios de Intervención      
  1 Técnico Instalaciones Auxiliares      
  2 Operarios Instalaciones Auxiliares      
Badalona   18 45 40
  1 Jefe de SSTT      
  1 Jefe de Atención de Urgencias      
  1 Jefe de Instalaciones Auxiliares      
  3 Jefes de Equipo de Intervención      
  9 Operarios de Intervención      
  1 Técnico Instalaciones Auxiliares      
  2 Operarios Instalaciones Auxiliares      
Barbera del Vallés   16 38 42
  1 Jefe de SSTT      
  1 Jefe de Atención de Urgencias      
  1 Jefe de Instalaciones Auxiliares      
  3 Jefes de Equipo de Intervención      
  7 Operarios de Intervención      
  1 Técnico Instalaciones Auxiliares      
  2 Operarios Instalaciones Auxiliares      
Montmeló   3 23 13
  2 Operarios turno mañana/tarde      
  1 Jefe de equipo jornada partida      
Vic   1 50 2
  1 Jefe de Equipo      
Vilanova   3 60 5
  2 Operarios turno mañana/tarde      
  1 Jefe de equipo jornada partida      
Lleida   2 15 13
  1 Jefe de Equipo Mañana      
  1 Jefe de Equipo Tarde      
Centro de Control   31 52 60
  1 Jefe de Explotación      
  1 Jefe de Dispatching      
  1 Jefe de Aplicaciones Avanzadas      
  1 Jefe de Planificación y Seguimiento      
  6 Técnicos de Operación Despacho      
  3 Jefes de Central de Urgencia      
  12 Operadores de Central de Urgencia      
  4 Técnicos de Despacho      
  1 Jefe de Balances e Información      
  1 Técnico Especialista de Reparto      
Resto distribución   0 0 320
Total Total recursos 104 18 570

Redexis Gas, S.A.

Red de Figueres: 1 Técnico de guardia.

B) Gases Licuados del Petróleo (GLP)

Los servicios mínimos esenciales de aplicación a los operadores y comercializadores de GLP, serán los siguientes:

a. En todas las Plantas de almacenamiento de G.L.P. o llenado de envases (Montornés, Tarragona):

− 1 especialista técnico en turno de mañana para la operativa de sala de control.

− 2 especialistas técnicos en turno de mañana para el suministro a instalaciones de granel y canalizado, mantenimiento relativo a seguridad, recepción de producto y resto de operativa de trasvase.

Uno de estos especialistas técnicos será designado como técnico de guardia de seguridad fuera del mencionado turno de trabajo de mañana.

b. La actividad de envasado se limita a asegurar el suministro del 75% de la botella de butano y el 25% de la botella de propano, para lo cual se dispondrá de:

− 2 operarios en el tumo de mañana, para el envasado de botellas con destino a consumidores de marcado carácter social, en la factoría de Tarragona (1 carrusel de envasado).

− 4 operarios, en el turno de mañana, para el envasado de botellas con destino a consumidores de marcado carácter social, en la factoría de Montornés (2 carruseles de envasado).

− 1 especialista técnico en turno de mañana para la actividad de mantenimiento mientras estén en funcionamiento los carruseles, en cada una de las factorías con actividad de envasado.

− 1 especialista técnico u operario en turno de mañana, en la factoría de Tarragona y 2 especialistas técnicos u operarios en turno de mañana en la factoría de Montornés, haciendo funciones de conductor de carretilla elevadora.

c. En la factoría de Tarragona, para la carga/descarga de GLP de buques se activará el cuadrante establecido por el plazo necesario para realizar las operaciones de carga/descarga.

En turno de mañana se dispondrá de un especialista técnico adicional para atender la operativa en el puerto.

Para los días laborables en los turnos de tarde y noche, así como para los no laborables en los tres turnos, se dispondrá del siguiente personal adicional:

− Tarragona: 3 especialistas técnicos.

En la factoría de Tarragona, para el suministro en continuo al complejo petroquímico y aunque no haya carga/descarga de GLP de buques, se activará igualmente el cuadrante establecido por el plazo necesario para mantener el suministro mencionado las 24 horas. En los turnos de tarde y noche, se dispondrá del siguiente personal adicional:

− Tarragona: 2 especialistas técnicos.

d. En la delegación territorial:

− 1 técnico de proyectos y mantenimiento.

Mantenimiento y atención de averías de clientes de GLP envasado, a granel y canalizado:

− 2 técnicos por cada Servicio para atención de averías y emergencias.

Transporte de GLP a granel:

− 1 conductor con cisterna cargada para atención a instalaciones críticas

− 1 conductor con cisterna vacía para atención de emergencias relacionadas con seguridad.

Esta dotación será por planta y turno de trabajo.

Servicio de vigilancia:

− 1 Técnico para guardia de vigilancia de seguridad interna y externa de instalaciones y medios de transporte afectos.

En aquellas empresas de GLP que por su volumen de ventas no sea necesario la fijación del número de personas establecidas en el presente anexo, podrán reducirlas siempre que se garanticen los servicios mínimos fijados en el presente articulado.

Mantenimiento y atención de averías de clientes de GLP envasado, a granel y canalizado:

− 2 técnicos por cada Servicio para atención de averías y emergencias.

Transporte de GLP a granel:

− 1 conductor con cisterna cargada para atención a instalaciones críticas.

− 1 conductor con cisterna vacía para atención de emergencias relacionadas con seguridad.

Esta dotación será por planta y turno de trabajo.

Servicio de vigilancia:

− 1 Técnico para guardia de vigilancia de seguridad interna y externa de instalaciones y medios de transporte afectos.

En aquellas empresas de GLP que por su volumen de ventas no sea necesario la fijación del número de personas establecidas en el presente anexo, podrán reducirlas siempre que se garanticen los servicios mínimos fijados en el presente articulado.

c) Empresas que gestionan la atención telefónica del servicio de emergencias y averías de los usuarios de las empresas distribuidoras de gas natural y gases licuados del petróleo

En aquellas empresas que presten servicios de gestión de atención telefónica de emergencias y averías de los usuarios, por cuenta de las empresas distribuidoras de gas natural y gases licuados del petróleo, en caso de que tengan sede en la Comunidad Autónoma de Cataluña, se establecerán los mecanismos necesarios para que, en su caso, dichas llamadas sean atendidas desde otros centros situados fuera de ese ámbito territorial.

En caso de que no se disponga de otros centros se establecen unos servicios mínimos que alcance al 20% del personal disponible para estos servicios en una jornada normal.

ANEXO III
Servicios mínimos sector transporte, almacenamiento, distribución al por mayor y distribución al por menor
  Total personas
Compañía Logística de Hidrocarburos, CLH, S.A.  
Instalaciones de almacenamiento en la Comunidad Autónoma de Cataluña 35
Instalaciones de Oleoductos Pobla de Mafumet 3
Centro Periférica de Mantenimiento de Barcelona 2
Meroil, S.A.  
Port de Lagos, 20. 08039 Barcelona.

Operación 3.

Seguridad 1.

Administración expediciones 1.

Mantenimiento 1.

 

Terminales Portuarias, S.L. Total personas ( por turno y por centro de trabajo)
Operación 3
Seguridad 1
Administración expediciones 1
Mantenimiento 1
 Total 6

 

Decal España, S.A. Total personas (por centro de trabajo)
Adjuntos 2
Administración 3
Jefes de Equipo 3
Operarios 6
 Total 14

Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, S.L.

 

Aeropuerto Personas por turno (Porcentaje de la plantilla)
Mañana Tarde Noche
Gerona 4 (36%) 4 (36%) 1 (9%)
Reus 3 (30%) 3 (30%)  
Barcelona 7 (12%) 7 (12%) 3 (5%)
Lleida 1 (50%) 1 (50%)  
Sabadell 2 (28%) 2 (28%)  

Terminales Químicos, S.A

Planta de Tarragona

Personal a turno (en turno de mañana, tarde y noche):

1 Jefe de Operaciones.

2 Operarios.

1 Panelista de Sala de Control.

Personal de jornada partida:

1 Operario de Mantenimiento Mecánico.

1 Operario de Mantenimiento Eléctrico

1 Instrumentista

1 Administrativo/a de atención al cliente

Planta de Barcelona

1 Jefe de Operaciones.

1 Operario de Turno (Turno de mañana, tarde y noche).

Estaciones de Servicio

Provincia Municipio Código postal Dirección Margen Rótulo
BARCELONA ABRERA 08630 CALLE SALVADOR SEGUI,1, N GALP
BARCELONA ALELLA 08328 CARRETERA ALELLA KM. 1 N BP
BARCELONA AMETLLA DEL VALLÈS (L') 08480 CALLE SECTOR MAS DORCA, 2 N PETROLIS INDEPENDENTS - PETRO7
BARCELONA ARENYS DE MAR 08350 CR RA-2 KM 655,9 N PETRO FUEL
BARCELONA ARGENTONA 08310 CARRETERA B-502 KM. 4,34 D PETROCAT
BARCELONA ARTÉS 08271 C/ ROCAFORT, 103 (B-4512 km 0,6) I MEROIL
BARCELONA BADALONA 08918 AVINGUDA MARQUES DE MONTROIG, 125 N KANGUROIL
BARCELONA BADALONA 08911 CARRETERA DE MATARO KM. 1 D LOWCOSTFUEL
BARCELONA BADALONA 08915 AVENIDA PRESIDENT COMPANYS, 280 D REPSOL
BARCELONA BADIA DEL VALLÈS 08214 AVENIDA TIBIDABO, S/N N REPSOL
BARCELONA BALSARENY 08660 AVENIDA INDUSTRIA, D PETROBAGES S.L.
BARCELONA BARBERÀ DEL VALLÈS 08210 RONDA INDUSTRIA, 38 D BALLENOIL
BARCELONA BARCELONA 08013 CALLE ROGER DE FLOR, 58 D CEPSA
BARCELONA BARCELONA 08003 CALLE DOCTOR AIGUADER, 74 D REPSOL
BARCELONA BARCELONA 08005 CALLE PUJADES, 154 D CAMPSA
BARCELONA BARCELONA 08011 CALLE CASANOVA, 89 N CEPSA
BARCELONA BARCELONA 08018 AVENIDA DIAGONAL, 189 N SHELL GLORIAS
BARCELONA BARCELONA 08018 CALLE PERE IV, 79 N EVOLUTION
BARCELONA BARCELONA 08038 PASSEIG ZONA FRANCA, 81 N GALP
BARCELONA BARCELONA 08015 AVINGUDA DEL PARALELO, 132 N GALP
BARCELONA BARCELONA 08004 AVENIDA PARALELO, 179 I CEPSA
BARCELONA BARCELONA 08036 CALLE COMTE D'URGELL, 219 N CEPSA
BARCELONA BARCELONA 08025 CL AVENIDA GAUDI, 1 D CEPSA
BARCELONA BARCELONA 08040 CALLE 6 SECTOR C ZONA FRANCA, S/N D REPSOL
BARCELONA BARCELONA 08040 CALLE LLETRA B DE LA ZONA FRANCA, 13 N PETRONIEVES
BARCELONA BARCELONA 08034 AVENIDA DE ESPLUGUES, 103 N CEPSA
BARCELONA BARCELONA 08024 AVENIDA VIRGEN DE MONTSERRAT, 87 D REPSOL
BARCELONA BARCELONA 08041 PASEO MARAGALL, 33 N GRATSA
BARCELONA BARCELONA 08030 CALLE CIUDAD DE ASUNCIÓN, 69 D PETROCAT DIRECTE
BARCELONA BARCELONA 08019 CALLE PUJADES, 309 N TAMOIL
BARCELONA BARCELONA 08005 PASEO CALVELL, 2 N SHELL VILLA OLIMPICA
BARCELONA BEGUES 08859 CARRETERA BV-2041 KM. 8,3 N BP
BARCELONA BERGA 08600 PASSEIG DE LA PAU, S/N N BP OIL
BARCELONA BIGUES I RIELLS 08415 CARRETERA SANT LLORENÇ A LLINARS KM. 25 D ESTACIO SERVEI BIGUES I RIELLS
BARCELONA BRUC (EL) 08294 AUTOVÍA A-2 KM. 567 I REPSOL
BARCELONA CABRERA DE MAR 08349 B-502 km 1 I REPSOL
BARCELONA CABRILS 08348 CARRETERA VILASAR DE MAR KM. 3,343 D SHELL
BARCELONA CALAF 08280 POLIG. IND. LES GARRIGUES, 24, C. BON AREA N BONAREA
BARCELONA CALDES DE MONTBUI 08140 CARRETERA C-59 KM. 16,59 I REPSOL
BARCELONA CALELLA 08370 CR N-2, 667 D REPSOL
BARCELONA CANET DE MAR 08360 CALLE FRAGATA PAULITA, 1 N ESTACIO SERVEI MAS ROGER
BARCELONA CANOVELLES 08420 CALLE INDUSTRIA, 104 D REPSOL
BARCELONA CARDEDEU 08440 CARRETERA C-251 KM. 5,5 I REPSOL
BARCELONA CARDONA 08261 CARRETERA C-1410A KM. 29 D VILALTA
BARCELONA CASTELLAR DEL VALLÈS 08211 CARRETERA SABADELL-PRAT LLUÇANES KM. 7 D BP TRUYOLS
BARCELONA CASTELLBISBAL 08755 C/ MAGNETISME, 1 (B-150) N BENZINERA CASTELLBISBAL
BARCELONA CASTELLDEFELS 08860 AVENIDA CANAL OLIMPIC DEL, 21 N GALP
BARCELONA CENTELLES 08540 AVENIDA ILDEFONS CERDA, 121 N PETROLIS INDEPENDENTS
BARCELONA CERDANYOLA DEL VALLÈS 08290 RONDA CERDANYOLA, S/N D CEPSA
BARCELONA CERDANYOLA DEL VALLÈS 08290 CALLE CAN JERONI MARTI/CTRA SABADELL, 197,5 D REPSOL
BARCELONA CERVELLÓ 08758 CARRETERA N-340 KM. 1242 I REPSOL
BARCELONA CORNELLÀ DE LLOBREGAT 08940 CALLE ENERGIA, 73/83 I CEPSA
BARCELONA CORNELLÀ DE LLOBREGAT 08940 CALLE PROGRESO ESQUINA ALBERT EISTEIN, SN N GALP
BARCELONA CUBELLES 08880 CARRETERA COMARCAL KM. 246 N CARREFOUR
BARCELONA ESPARREGUERA 08292 AVENIDA FRANCISCO MARIMON, 121 N BP PARADA LA CREU
BARCELONA ESPLUGUES DE LLOBREGAT 08950 CALLE VIC, 12/14 D E.S. SORTIDA 13-DANFORD
BARCELONA FRANQUESES DEL VALLÈS (LES) 08520 CARRETERA C-35 KM. 2,8 D GALP
BARCELONA GARRIGA (LA) 08530 CALLE DELS SATÈL.LITS, 33 D SHELL
BARCELONA GAVÀ 08850 CR C-32, 49,61 I PETROCAT
BARCELONA GAVÀ 08850 CARRETERA AUTOVIA DE CASTELLDEFELS KM. 16,600 I REPSOL
BARCELONA GELIDA 08790 CAMI CAN VALLS, S/N D CACENCA
BARCELONA GIRONELLA 08680 BARRIADA BASSACS, S/N I REPSOL
BARCELONA GRANOLLERS 08400 AVENIDA PRAT DE LA RIBA, 100 D MEROIL
BARCELONA GRANOLLERS 08400 CARRETERA MASNOU KM. 14,8 D GALP
BARCELONA GRANOLLERS 08400 CAMI CEMENTIRI, 1 D BENZOIL
BARCELONA HOSPITALET DE LLOBREGAT (L') 08907 CALLE FEMADES/ESQUINA TRAVESSIA INDUSTRIAL, 19,25 D EVOLUTION
BARCELONA HOSPITALET DE LLOBREGAT (L') 08901 PLAZA MAESTRO CLAVE, 10 D REPSOL
BARCELONA HOSPITALET DE LLOBREGAT (L') 08901 AVDA. JOSEP TARRADELLAS, 76 - N SARAS
BARCELONA HOSPITALET DE LLOBREGAT (L') 08901 CALLE BOTANICA, 21/23 N BP
BARCELONA HOSPITALET DE LLOBREGAT (L') 08907 AUTOVIA CASTELLDEFELS KM. 4,500 D CEPSA
BARCELONA IGUALADA 08700 CALLE EL REC CANTONADA JOAN MERCADER, S/N N PETROMIRALLES
BARCELONA IGUALADA 08700 AVENIDA MESTRE MUNTAMER, 56 D REPSOL
BARCELONA LLIÇÀ D'AMUNT 08186 BV-1432 km 2,3 I GASUIR
BARCELONA LLIÇÀ DE VALL 08185 CALLE CAN NADAL, 4 D REPSOL
BARCELONA LLINARS DEL VALLÈS 08450 AVINGUDA MAS BAGA, 1 N ESTACIO SERVEI LLINARS
BARCELONA MALGRAT DE MAR 08380 CARRETERA N-II KM. 674,2 D CEPSA
BARCELONA MANLLEU 08560 FRANCESC PUGET, 2 N FEIXAS AULET
BARCELONA MANRESA 08240 CALLE EDISON, 2 D BP OIL ESPAÑA
BARCELONA MANRESA 08240 CARRETERA C-37 KM. 95,39 D PETROCAT
BARCELONA MANRESA 08240 AVENIDA DELS DOLORS, 5 N GALP
BARCELONA MARTORELL 08760 CARRETERA NACIONAL II KM. 588 N CARREFOUR
BARCELONA MASNOU (EL) 08320 CARRETERA N-II KM. 635,5 I REPSOL
BARCELONA MASQUEFA 08783 POLIGONO IND. LA PEDROSA, S/N N BONAREA
BARCELONA MATARÓ 08304 VÍA EUROPA, 220 D REPSOL
BARCELONA MATARÓ 08302 AVENIDA MARESME, 1 I BP ESTACION SERVICIO MATARO
BARCELONA MATARÓ 08302 CALLE REAL, 547 I CEPSA
BARCELONA MATARÓ 08304 RD PAISOS CATALANS 15 N BALLENOIL
BARCELONA MOIÀ 08180 CARRETERA N-141-C KM. 27,3 I CEPSA
BARCELONA MOLINS DE REI 08750 AVDA. BARCELONA, 222 (N-340) N OILPRIX
BARCELONA MOLLET DEL VALLÈS 08100 RONDA LA FARINERA, S/N D REPSOL
BARCELONA MONTCADA I REIXAC 08110 AVINGUDA LA FERRERIA ESQ/ TRABAJO, S/N D CEPSA
BARCELONA MONTCADA I REIXAC 08110 CARRETERA C-17 KM. 1,5 I REPSOL
BARCELONA MONTGAT 08390 CALLE RAMON Y CAJAL, S/N N BP MONTGAT
BARCELONA MONTMELÓ 08160 CARRER VIC, 69 D CAMPSA EXPRESS
BARCELONA MONTORNÈS DEL VALLÈS 08170 AVENIDA MOGENT, 3 D REPSOL
BARCELONA NAVÀS 08670 CARRETERA C-16 KM. 73,47 I PETROCAT
BARCELONA OLESA DE MONTSERRAT 08640 AVINGUDA FRANCESC MACIA ESQ. CTRA. MARTORELL - ILLA 2, S/N D PETRONIEVES
BARCELONA PALAFOLLS 08389 POLIGONO INDUSTRIAL CAN BALTASAR PARCELA, 5 D ZONA DIESEL
BARCELONA PALLEJÀ 08780 CARRETERA N-II KM. 597 D REPSOL
BARCELONA PAPIOL (EL) 08754 CALLE MONTURIOL ESQUINA C/ FORQUES, S/N D PETROCAT
BARCELONA PARETS DEL VALLÈS 08150 AVINGUDA CATALUNYA, 111 N SHELL
BARCELONA PIERA 08784 Ctra Martorell - Capellades km 9,600 N GALP
BARCELONA PINEDA DE MAR 08397 CALLE GARBI, 123/125 D CEPSA
BARCELONA PRAT DE LLOBREGAT (EL) 08820 CARRETERA CTRA. B-201, PK KM 3,1, KM. 3,1 D GP - EL PRAT -
BARCELONA PRAT DE LLOBREGAT (EL) 08820 CARRETERA CA L'ALAIO KM. 3 D BALLENOIL
BARCELONA PREMIÀ DE MAR 08330 CARRER TORRENT MALET, 17 N GASUIR
BARCELONA PUIG-REIG 08692 POLIGONO CAL VIDAL PARCEL-LA, 18 D BALLUS BAIXCOST
BARCELONA RIPOLLET 08291 CALLE BALMES, 34 D AUTONET&OIL
BARCELONA ROCA DEL VALLÈS (LA) 08430 CARRETERA C-60 KM. 8,7 D REPSOL
BARCELONA RODA DE TER 08510 CALLE BAC DE RODA, 52 N FEIXAS AULET
BARCELONA RUBÍ 08191 CARRETERA RUBI A SANT CUGAT BP-1503 KM. 18,4 I JULIA-OIL
BARCELONA RUBÍ 08191 CALLE COMP WAGNER, 21 I TAMOIL
BARCELONA SABADELL 08205 CALLE DE ROCAFORT, 123 N SHELL
BARCELONA SABADELL 08206 CALLE ARCADIA, 30 N MEROIL
BARCELONA SABADELL 08203 CALLE CARRETERA BARCELONA, 340 D LOWCOSTFUEL
BARCELONA SABADELL 08205 CALLE VILADOMAT, 201 D REPSOL
BARCELONA SALLENT 08650 CARRETERA C-16 KM. 60,40 I PETRONOR
BARCELONA SANT ADRIÀ DE BESÒS 08930 AVENIDA DE LA PLAYA, S/N N ALCAMPO
BARCELONA SANT ANDREU DE LA BARCA 08740 CALLE MEXICO, S/N D PETROCAT DIRECTE
BARCELONA SANT ANDREU DE LLAVANERES 08392 CTRA. N-II, PK km 650,7 I PETROLIS MIRAMAR
BARCELONA SANT ANTONI DE VILAMAJOR 08459 CALLE EUROPA, 2 N MEROIL
BARCELONA SANT BOI DE LLOBREGAT 08830 CL LLUIS PASCUAL ROCA 57 N BP MONTCLAR
BARCELONA SANT BOI DE LLOBREGAT 08830 CARRETERA SANTA CREU DE CALAFELL DE KM. 10 I GALP
BARCELONA SANT CELONI 08470 CARRETERA C-35 KM. 56,1 N ESCLATOIL
BARCELONA SANT CUGAT DEL VALLÈS 08190 AVENIDA VIA AUGUSTA, 137 N MEROIL,S.A.
BARCELONA SANT CUGAT DEL VALLÈS 08190 CRTA. RUBI - ST.CUGAT - C.C. CAPRABO N SARAS ENERGIA
BARCELONA SANT ESTEVE SESROVIRES 08635 CR B-224, 23,5 D REPSOL
BARCELONA SANT FELIU DE LLOBREGAT 08980 CALLE ARMENTERES, 62 N GALP
BARCELONA SANT FRUITÓS DE BAGES 08272 CALLE BARCELONA, S/N D PETRO-PINTO,S.L.
BARCELONA SANT JOAN DE VILATORRADA 08250 CARRETERA BV-4511 KM. 9,2 N PETROCAT DIRECTE
BARCELONA SANT JOAN DESPÍ 08970 AVENIDA BARCELONA, 28 N GALP
BARCELONA SANT JUST DESVERN 08960 CARRETERA NACIONAL 340 KM. 1249,900 I REPSOL
BARCELONA SANT PERE DE RIBES 08810 CALLE URGELL, S/N N SARAS ENERGIA
BARCELONA SANT POL DE MAR 08395 CALLE SANT GALDERICH, 14 N GALP
BARCELONA SANT QUIRZE DEL VALLÈS 08192 CARRETERA BP-1503 KM. 20,270 N PETROCAT DIRECTE
BARCELONA SANT SADURNÍ D'ANOIA 08770 CARRETERA SAN QUINTIN KM. 9,2 D REPSOL
BARCELONA SANT VICENÇ DE CASTELLET 08295 PLAZA GENERALITAT, 1 N ESCLATOIL
BARCELONA SANT VICENÇ DE MONTALT 08394 CARRETERA N-2 KM. 654 D REPSOL
BARCELONA SANT VICENÇ DELS HORTS 08620 CARRETERA N-340 KM. 1243 N GALP
BARCELONA SANTA COLOMA DE GRAMENET 08923 CL AVENIDA GENERALITAT, 97 D REPSOL
BARCELONA SANTA EULÀLIA DE RONÇANA 08187 CARRETERA BARCELONA KM. 10,700 I BP
BARCELONA SANTA MARGARIDA I ELS MONJOS 08730 POLIGONO PLA DE L'ESTACIO, S/N D GALP
BARCELONA SANTA MARIA DE PALAUTORDERA 08460 CARRETERA DEL MONTSENY KM. 3 I CEPSA
BARCELONA SANTA PERPÈTUA DE MOGODA 08130 CALLE CATALUNYA, 33 D LOWCOSTFUEL
BARCELONA SANTA PERPÈTUA DE MOGODA 08130 CARRETERA C-59 KM. 1,5 I CEPSA
BARCELONA SANTA PERPÈTUA DE MOGODA 08130 AVENIDA TRES, 64 N ESCLATOIL
BARCELONA SANTPEDOR 08251 ACCESO CTRA, 4 D REPSOL
BARCELONA SENTMENAT 08181 CALLE TORRENT D'EN BAIELL, 10 N GASUIR
BARCELONA SITGES 08870 AVENIDA CAMI PLA, 8 N PETRONIEVES
BARCELONA SÚRIA 08260 CARRETERA MANRESA SURIA KM. 14 I REPSOL
BARCELONA TARADELL 08552 CTRA. DE VIC/ ARBUCIES km 5.80000 I AREA DE SERVEIS TARADELL,SL
BARCELONA TEIÀ 08329 AUTOPISTA C32 KM. 89 N GALP
BARCELONA TERRASSA 08222 CARRETERA MONTCADA KM. 608 I CEPSA
BARCELONA TERRASSA 08222 CALLE COLON, 125 I REPSOL
BARCELONA TERRASSA 08227 AVENIDA MADRID, 15 N BALLENOIL
BARCELONA TERRASSA 08223 CALLE GUILLEM DE MUNTANYANS, 208 N BP TREVOL
BARCELONA TERRASSA 08228 CARRETERA C-1415A KM. 20 D PETROCAT
BARCELONA TERRASSA 08224 CARRETERA CASTELLAR KM. S/N N SUPECO
BARCELONA TERRASSA 08226 AVENIDA JAIME I, 1 N PETRO VALLES
BARCELONA TONA 08551 AVENIDA VECINAL, S/N N SHELL
BARCELONA TORDERA 08490 AUTOVIA A-2 KM. 680,9 I CEPSA
BARCELONA TORELLÓ 08570 CARRER COMPTE BORREL, 1 N ESCLATOIL
BARCELONA TORRELLES DE LLOBREGAT 08629 CARRETERA BV-2005 KM. 4,7 I BONAREA
BARCELONA VALLIRANA 08759 CARRETERA N-340 KM. 1234,5 N GALP
BARCELONA VIC 08500 AVENIDA EIX 11 DE SETEMBRE, 12 D REPSOL
BARCELONA VIC 08500 CALLE TORELLO, 65 D BP
BARCELONA VIC 08500 C/ LLEIDA, 2 P.ACTIV. ECONOMIQUES N ZONA DIESEL
BARCELONA VILADECANS 08840 AVENIDA DE LA GENERALITAT, 198 N CARREFOUR
BARCELONA VILADECAVALLS 08232 CR BP-1213, 1,8 (BP-1213 km 1,85) D REPSOL
BARCELONA VILAFRANCA DEL PENEDÈS 08720 CALLE IGUALADA, 70-78 D SERVICIOS PENEDES SA
BARCELONA VILAFRANCA DEL PENEDÈS 08720 AVINGUDA TARRAGONA, 84 N MEROIL
BARCELONA VILANOVA I LA GELTRÚ 08800 AVENIDA EDUARD TOLDRA, 60 D EVOLUTION
BARCELONA VILANOVA I LA GELTRÚ 08800 AVENIDA BALMES, 35 I BP
BARCELONA VILASSAR DE DALT 08339 CALLE PIO XII, S.N. D REPSOL
BARCELONA VILASSAR DE MAR 08340 AVDA.DEL PROGRES,31 N MEROIL
GIRONA ANGLÈS 17160 CARRETERA N-141 KM. 102 I CEPSA
GIRONA ARBÚCIES 17401 POLIGONO PONT CREMAT, 2 N BONAREA
GIRONA BANYOLES 17820 CRTA. C-150 km 16,630 I POSTE DE MATA
GIRONA BEGUR 17255 CALLE DELS SALINCS, 11 D ANEU OIL
GIRONA BESCANÓ 17162 CARRER CAN CULEBRA, PARCELA 44, S/N N PETROLIS DE BARCELONA
GIRONA BISBAL D'EMPORDÀ (LA) 17100 CARRETERA C-255 KM. 23,175 I GALP
GIRONA BLANES 17300 AVENIDA EUROPA, 57 D GM OIL
GIRONA BLANES 17300 CALLE ANSELM CLAVE, 66 N BP SANTA ANNA
GIRONA CALDES DE MALAVELLA 17455 CARRETERA C-35 KM. 92 I REPSOL
GIRONA CALONGE 17251 AVENIDA DE LA CERDANYA, S/N D REPSOL
GIRONA CASSÀ DE LA SELVA 17244 CARRETERA C-65 KM. 16,12 N GALP
GIRONA CASTELLÓ D'EMPÚRIES 17486 AVENIDA JOAN CARLES, 44 D AVANZA OIL
GIRONA CASTELL-PLATJA D'ARO 17249 AVENIDA CASTELL D'ARO, 122 I REPSOL
GIRONA ESCALA (L') 17130 CALLE RONDA DELS OFICIS, 4 D EMPURIES OILS
GIRONA FIGUERES 17600 AVINGUDA SALVADOR DALI DOMENECH, 147 I REPSOL
GIRONA FIGUERES 17600 CARRER CARLES FAGES DE CLIMENT, S/N D EROSKI
GIRONA FIGUERES 17600 FINAL CALLE NORTE,S/N I PETREM
GIRONA GIRONA 17001 CARRER BARCELONA, 236 I BP
GIRONA GIRONA 17005 CALLE TORRE VEDRUNA, S/N D GM OIL
GIRONA GIRONA 17007 CARRER PONT MAJOR, 131 I CEPSA
GIRONA GIRONA 17007 RONDA PEDRET, 101 N EROSKI
GIRONA JONQUERA (LA) 17700 CARRETERA N-II KM. 774 N GALP
GIRONA JONQUERA (LA) 17700 CARRETERA UNIDIRECCIONAL - UNE ADUANA DE LA JUNQUERA (N-II) KM. 783 I CEPSA
GIRONA JONQUERA (LA) 17700 CARRETERA N-II KM. 775,65 I BP
GIRONA JONQUERA (LA) 17700 CARRETERA GI-601 A CANTALLOPS, ESQ. N-II, POL. SECTOR LES OLIVERES KM. 128 N SHELL
GIRONA JONQUERA (LA) 17700 CARRETERA NACIONAL II KM. 765 I ANDAMUR "LA JONQUERA"
GIRONA LLAGOSTERA 17240 CARRETERA C-35 KM. 97 I REPSOL
GIRONA LLANÇÀ 17490 CARRETERA N-260 KM. 18,2 N GALP
GIRONA LLORET DE MAR 17310 AVINGUDA DE LES ALEGRIES, 89/91 N ESSER
GIRONA MAÇANET DE LA SELVA 17412 N-II km 689,216 D LOW COST FUEL
GIRONA OLOT 17800 AVENIDA FRANÇA, 30 D MORROT
GIRONA OLOT 17800 AVENIDA EUROPA - PARCELA, 7 D PETROCAT
GIRONA PALAFRUGELL 17200 AVENIDA GENERALITAT, 31 D ANEU OIL
GIRONA PALAMÓS 17230 CAMINO PLÀ DEL LLOP (DEL), 2 N ESCLATOIL
GIRONA PUIGCERDÀ 17520 AVENIDA CATALUNYA, 38 D REPSOL
GIRONA RIPOLL 17500 C 17 km 102 D CEPSA
GIRONA ROSES 17480 AVENIDA RHODE, S/N N BP OIL
GIRONA SALT 17190 CALLE BESCABO, 25 N ESSALT
GIRONA SANT FELIU DE GUÍXOLS 17220 CARRETERA DE GIRONA C-65 KM. 0 N BP
GIRONA SANT HILARI SACALM 17403 PASEO FONT DEL CIRERER, 43 N "BP"
GIRONA SANT JOAN DE LES ABADESSES 17860 CARRETERA C-151 KM. 10,6 I REPSOL
GIRONA SANTA COLOMA DE FARNERS 17430 CARRETERA SILS KM. 1 N J. LLAVARI
GIRONA SARRIÀ DE TER 17840 N-II km 728 D PETREM
GIRONA SILS 17410 CR N-II MADRID-FRANCIA KM 695 N HOSTAL DE LA SELVA
GIRONA TORROELLA DE MONTGRÍ 17257 HIPER ESCLAT. CTRA. GE 641 km 4,225 N ESCLATOIL
GIRONA TOSSA DE MAR 17320 AVENIDA PUERTO RICO, 1 I ASUNCION PALOU COLL
GIRONA VIDRERES 17411 CARRETERA C-63 KM. 9,4 I REPSOL
LLEIDA AGRAMUNT 25310 C-240 km 89 D CEPSA
LLEIDA ALCARRÀS 25180 CTRA.N-II km 454,9 N SHELL
LLEIDA ALMACELLES 25100 CALLE MAJOR, 94 D REPSOL
LLEIDA ALMENAR 25126 CARRETERA N-230 LLEIDA - VIELLA KM. 22 D E.S. SEGRIÀ
LLEIDA ALPICAT 25110 CARRETERA A-22 KM. 0 I REPSOL
LLEIDA ARTESA DE SEGRE 25730 CARRETERA MONTBLANC KM. 1 N COOPSERVICE D'ARTESA
LLEIDA BALAGUER 25600 CR C-12, P.K. 161.83 N BP EL CORB - TORRE DE NOVEL
LLEIDA BELLPUIG 25250 CARRETERA LV3344 KM. 1,5 I E.S.ARENES BELLPUIG
LLEIDA BORGES BLANQUES (LES) 25400 CARRER RAVAL DE LLEIDA, S/N I SHELL
LLEIDA CERVERA 25200 CENTRO BONAREA, C/URGELL,S/N N BONAREA
LLEIDA GUISSONA 25210 CENTRO COMERCIAL BONAREA, CTRA.L-313 km 14,5 D BONAREA
LLEIDA LLEIDA 25001 AVDA. FLIX, 41 D CEPSA
LLEIDA LLEIDA 25192 PARTIDA CTRA NACIONL II, N I PETRONIEVES
LLEIDA LLEIDA 25001 CARRETERA LL-11 KM. 10,00 D REPSOL
LLEIDA LLEIDA 25191 CARRETERA NACIONAL II L11 KM. 467,6 D GP
LLEIDA LLEIDA 25191 POLIGONO INDUSTRIAL EL SEGRE,PARCELA 202 D BONAREA
LLEIDA MOLLERUSSA 25230 AVENIDA JAIME I, 24 I REPSOL
LLEIDA SEU D'URGELL (LA) 25700 AVENIDA VALIRA, 27 D REPSOL
LLEIDA SOLSONA 25280 CARRETERA MANRESA KM. 78,100 I BONAREA
LLEIDA TÀRREGA 25300 AVENIDA AVENIDA BARCELONA, 18 D REPSOL
LLEIDA TREMP 25620 AVENIDA PIRINEUS, S/N N ESCLATOIL
LLEIDA VIELHA E MIJARAN 25530 CR N-230, 163,7 I REPSOL
TARRAGONA ALCANAR 43530 CARRETERA NACIONAL 340 SEC H KM. 1059 D SHELL
TARRAGONA ALCOVER 43460 CRTA.C-14 km 19,50 I OILPRIX
TARRAGONA ALDEA (L') 43896 CALLE MAJOR, 120 D CEPSA
TARRAGONA ALTAFULLA 43893 CARRETERA E-15/AP-7 KM. 237 D CEPSA
TARRAGONA AMETLLA DE MAR (L') 43860 POLIGONO CRTA.N340 PKM 1113, 3 D JAYOMI SERVEIS
TARRAGONA AMPOSTA 43870 CALLE BAJADA GRAU, 1 N QUALITY MONTSIÀ
TARRAGONA AMPOSTA 43870 POLIGONO INDUSTRIAL TOSSES, PARCELA 1 (T-344 km 2) D CEPSA
TARRAGONA ARBOÇ (L') 43720 AUTOPISTA AP7 KM. 208 D GALP
TARRAGONA CALAFELL 43820 CARRETERA C-246 "MAS MEL" SECTOR 6 KM. 4 N SHELL
TARRAGONA CAMBRILS 43850 AVENIDA DIPUTACIO, S/N D BP
TARRAGONA CONSTANTÍ 43120 CARRETERA TV-7211 KM. 9 D CEPSA
TARRAGONA CUNIT 43881 CARRETERA C-246 KM. 53,7 I REPSOL
TARRAGONA DELTEBRE 43580 AVENIDA GENERALITAT, 44 D REPSOL
TARRAGONA ESPLUGA DE FRANCOLÍ (L') 43440 POLIGONO LES ERES, 7 D BONAREA
TARRAGONA FLIX 43750 CARRERA C-12, 101 I REPSOL
TARRAGONA MONTBLANC 43400 AUTOPISTA AP-2 (MRG.IZDO.) KM. 196 I CEPSA
TARRAGONA MONT-ROIG DEL CAMP 43300 CARRETERA N-340 KM. 1139 D GALP
TARRAGONA MÓRA D'EBRE 43740 POLIGONO CAMINS NOUS, 1 N BONAREA
TARRAGONA REUS 43206 APEL·LES MESTRES 44-46 N ENTREAUTO
TARRAGONA REUS 43201 AUTOVIA REUS-SALOU KM. 4,9 I BP
TARRAGONA REUS 43206 CARRETERA C-14 DIRECCIO MONTBLANC KM. 10,96 D REPSOL
TARRAGONA REUS 43204 CALLE BELGICA, 9,11 D GMOIL
TARRAGONA RIUDOMS 43330 CARRETERA T-310 REUS-PRATDIP KM. 4 I SHELL
TARRAGONA RODA DE BARÀ 43883 CARRETERA N-340 KM. 1183,8 I REPSOL
TARRAGONA ROQUETES 43520 POLIGONO INDUSTRIAL LA RAVALETA, 10 D MONTEPIO
TARRAGONA SALOU 43840 CR AP-1, 7,8 D REPSOL
TARRAGONA SANT CARLES DE LA RÀPITA 43540 CL DELS FUNDADORS, 104 D REPSOL
TARRAGONA SANT JAUME D'ENVEJA 43877 AVINGUDA CATALUNYA, 288 N CEPSA
TARRAGONA SANTA BÀRBARA 43570 PS ESCOLES, 71 I DISPETAP ESTACIO SERVEIS
TARRAGONA SELVA DEL CAMP (LA) 43470 CARRETERA SALOU PONS KM. 18,8 I CEPSA
TARRAGONA SÉNIA (LA) 43560 CALLE TARRAGONA, 33 D PETRONOR
TARRAGONA TARRAGONA 43080 AUTOVIA DE REUS KM. 4 N CARREFOUR
TARRAGONA TARRAGONA 43003 CARRER VIA AUGUSTA, 2 I CEPSA
TARRAGONA TARRAGONA 43007 CR N-340, 1165 D REPSOL
TARRAGONA TARRAGONA 43006 POLIGONO INDUSTRIAL FRANCOLI, 4 D BONAREA
TARRAGONA TARRAGONA 43006 AUTOVIA A-1 TARRAGONA-SALOU KM. 3 D SHELL
TARRAGONA TARRAGONA 43080 AUTOVIA DE REUS KM. 4 N CARREFOUR
TARRAGONA TORREDEMBARRA 43830 CALLE RIERA DE GAIA (DE LA), 20 D OILPRIX
TARRAGONA TORTOSA 43500 CL PZA. CORONA DE ARAGON, S.N. D REPSOL
TARRAGONA TORTOSA 43500 CARRETERA C-42 KM. 5 I CEPSA
TARRAGONA ULLDECONA 43550 CALLE MAJOR, 212 D ESCLATOIL
TARRAGONA VALLS 43800 POLIGONO POL. 17 PARCELA 127-129 ENLACE AUTOVÍA A-27 CON C-37, S/N I REPSOL
TARRAGONA VALLS 43800 POLIGONO IND. DE VALLS/CARRETERA DEL PLA, 180 D BONAREA
TARRAGONA VANDELLÒS I L'HOSPITALET DE L'INFANT 43890 AUTOPISTA AP-7 (MRG.IZDO.) KM. 283 I CEPSA
TARRAGONA VANDELLÒS I L'HOSPITALET DE L'INFANT 43890 CARRETERA N.º 340 KM. 1121,8 D REPSOL
TARRAGONA VENDRELL (EL) 43700 AVENIDA DE LA GENERALITAT, 22 N SARAS ENERGIA
TARRAGONA VILA-SECA 43480 CARRER JOSEP CARNER, S/N D MKTOIL

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