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Documento BOE-A-2019-17409

Resolución de 21 de noviembre de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Asociación Española de Pediatría, para la revisión del manual de orientaciones para la valoración del riesgo laboral durante la lactancia natural.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de diciembre de 2019, páginas 132429 a 132430 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-17409

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la adenda al Convenio específico suscrito el 20 de diciembre de 2017 entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Asociación Española de Pediatría para la revisión del manual de orientaciones para la valoración del riesgo laboral durante la lactancia natural, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 21 de noviembre de 2019.–El Secretario General Técnico, Gonzalo Giménez Coloma.

ANEXO
Adenda al Convenio específico suscrito el 20 de diciembre de 2017 entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Asociación Española de Pediatría para la revisión del manual de orientaciones para la valoración del riesgo laboral durante la lactancia natural

En Madrid, a 27 de septiembre de 2019.

REUNIDAS

De una parte, doña M.ª Gloria Redondo Rincón, Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), nombrada por Real Decreto 642/2018, de 22 de junio, actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre.

De otra parte, doña María José Mellado Peña, mayor de edad, actuando en nombre y en representación de la Asociación Española de Pediatría (en adelante, AEP), de la que es su Presidenta, nombrada en la Asamblea general de socios celebrada en Santiago de Compostela el 3 de junio de 2017, entidad de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, con domicilio social en la calle Aguirre, número 1, bajo, derecha, de Madrid, en calidad de Presidenta de la Junta Directiva y con facultades suficientes para este acuerdo.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 20 de diciembre de 2017 se suscribió el «Convenio específico de colaboración entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Asociación Española de Pediatría para la revisión del manual de orientaciones para la valoración del riesgo laboral durante la lactancia natural».

Segundo.

Que el Convenio mencionado tiene por objeto que la Asociación Española de Pediatría, en coordinación y colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, procedan a revisar el documento: «Orientaciones para la valoración del riesgo laboral durante la lactancia natural».

Asimismo, tras las pertinentes modificaciones, ampliaciones o correcciones que sean necesarias, otorgará el aval a dicho documento acreditando que reúne las características técnicas acorde a los actuales conocimientos científicos en la materia de dicha especialidad y sirve como herramienta de valoración de las circunstancias y patologías alegadas por los trabajadores.

Tercero.

Que con fecha 23 de febrero de 2018, el Convenio mencionado se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, adquiriendo eficacia en la fecha de su publicación en el BOE conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.

Que en la cláusula sexta del Convenio específico, relativa a vigencia, se establece que el Convenio permanecerá vigente dos años, pudiéndose prorrogar de forma expresa en documento protocolizado, antes de su expiración, por mutuo acuerdo, por un periodo bianual, sin que su vigencia pueda exceder de los cuatro años desde su entrada en vigor.

Quinto.

Que el cómputo de la vigencia del Convenio se inicia desde que deviene eficaz, esto es, desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación; en consecuencia, la vigencia de este Convenio específico finaliza el 22 de febrero de 2020.

Conforme a lo manifestado, las partes acuerdan suscribir la presente adenda con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda, mediante el acuerdo de los firmantes, tiene por objeto prorrogar por dos años la vigencia del Convenio, que tendrá efectos desde el 23 de febrero de 2020 hasta el 22 de febrero de 2022, dando de esta manera continuidad al Convenio inicial hasta completar los cuatro años de vigencia máxima prevista en su cláusula sexta.

Segunda. Régimen jurídico y eficacia de la adenda.

La presente adenda surtirá efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, estando sometida en cuanto a su tramitación al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman la presente adenda, en duplicado ejemplar, en el lugar y fechas indicados.–La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, M.ª Gloria Redondo Rincón.–La Presidenta de la Asociación Española de Pediatría, María José Mellado Peña.

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