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Documento BOE-A-2019-16626

Resolución de 15 de octubre de 2019, de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, en relación con la solicitud de autorización de Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, para los modelos IDO, IFO-4 e IFO-6 de transformadores eléctricos de medida de intensidad de baja tensión, para su uso e instalación en la red.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 19 de noviembre de 2019, páginas 127649 a 127652 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2019-16626

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

Por Resolución de 3 de febrero de 2003, del Director de Administración de Industria y Minas, se otorgó temporalmente la autorización de modelo para su uso e instalación de transformadores eléctricos de intensidad y de tensión, marca Electrotécnica Arteche Hermanos, S.L.

Segundo.

Por Resoluciones de 21 de mayo de 2004, del Director de Administración de Industria y Minas; de 17 de mayo de 2006 y de 26 de enero de 2009, respectivamente, del Director de Consumo y Seguridad Industrial; de 17 de mayo de 2010 y de 25 de mayo de 2011, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial; de 3 de noviembre de 2014, de 23 diciembre de 2015, de 15 y 23 de abril de 2019 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, se otorgaron las autorizaciones de modelo para su uso e instalación, de los siguientes transformadores eléctricos de medida:

Transformadores de intensidad:

A una tensión de 0,72 kV:

IFP-0, IFX-0, IFX-1, IFX-2

IFH-1, IFH-4, IFH-6, IFI-1, IFI-2, IFP-1, IDO

ICH-3, IFH-10, BAR, BAT, ICO-5, IFH-5 (SIE)

A una tensión de 12 kV: ACD-12
A una tensión de 17 kV: ABD-17
A una tensión de 24 kV:

ACD-24, ACF-24, ACJ-24, ACM-24

AEK-24, ABG-24, ABD-24, CXD-24

CRB-24 (SE) y CRF-24 (SE)

A una tensión de 36 kV:

ACA-36, ACF-36, ACH-36, ACM-36

AEK-36, CXE-36, CRF-36 (SE), CRH-36 (SE) y CRK-36 (SE)

A una tensión de 52 kV:

ACK-52, AEK-52

CXE-52, CXG-52, CXH-52, CA-52,

CRH-52 (SE) y CRK-52 (SE)

A una tensión de 72,5 kV:

ACK-72, ACP-72

CXG-72, CXH-72, CH-72, CA-72,

CRH-72 (SE) y CRK-72 (SE)

A una tensión de 145 kV: CH-145, CA-145
A una tensión de 245 kV: CA-245
A una tensión de 420 kV: CA-420

Transformadores de tensión:

A una tensión de 0,72 kV: URC
A una tensión de 12 kV: UXN-12
A una tensión de 24 kV:

UCL-24, VCL-24, UXJ-24, UXL-24, UXN-24

UXS-24, UXG-24, VZK-24, UZK-24

UEG-24, UEK-24, URJ-24, URL-24 (SE)

A una tensión de 36 kV:

UXN-36, UXS-36, UEG-36, UEK-36, VZK-36, UZK-36,

UEGF-36 (SI) y URN-36 (SE)

A una tensión de 52 kV: UXS-52, UEK-52, UES-52, UTB-52, URU-52 (SE) y UTD-52
A una tensión de 72,5 kV: UXS-72, UTB-72
A una tensión de 145 kV: UTE-145
A una tensión de 245 kV: UTF-245
A una tensión de 420 kV: UTF-420

 Transformadores combinados:

A una tensión de 240 kV: KA-245
 Tercero.

Don Javier Aguirre Rodríguez, en nombre y representación de Electrotécnica Arteche Hermanos, S.L., con domicilio en Derio bidea, 28, 48100 Mungia (Bizkaia), ha presentado solicitud de autorización para los modelos de trasformador de medida de intensidad de baja tensión, modelo IDO, IFO-4 e IFO-6.

Junto a la solicitud ha presentado la siguiente documentación:

a) Para el modelo IDO de 0,72 kV:

– Certificado de garantía de intervención profesional, de la solicitud de autorización de uso del modelo de trasformador IDO, de Javier Aguirre Rodríguez, con n.º de visado 01628/2019 de fecha 23/07/2019 y n.º 02066/209 de fecha 25/09/2019, del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia.

– Memoria y documentación técnica del transformador, visada por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia con el número 1628, de 23/07/2019, y ampliación de la misma, visada con el n.º 2066, de 25/09/2019, en donde se recogen las fichas técnicas, descripciones, planos, ensayos tipo, certificados de conformidad y catálogo.

– Certificado B21-19-AG-02-CERT de los informes de los ensayos realizados al modelo de transformador mencionado, de «Tecnalia Research&Innovation» de 9 de julio de 2019, y anexo al certificado de fecha 20/09/2019, en el que indican que cumplen con los ensayos de tipo e individuales de las normas UNE-EN 61869-1:2010, UNE-EN 61869-2:2013.

– Informe de ensayos n.º B26-19-BD-01 de fecha 11 de junio de 2019, de «Tecnalia Research&Innovation», según norma IEC 61869-2:2012.

– Declaración de conformidad, de Electrotécnica Arteche Hermanos, S.L., de 23/07/2019 y 25/09/2019 con la funcionalidad y requisitos exigibles en el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, y demás condiciones de seguridad y compatibilidad electromagnética.

b) Para los modelos IFO-4 e IFO-6 de 0,72 kV:

– Certificado de garantía de intervención profesional, de la solicitud de autorización de uso de los modelos de trasformador IFO-4 e IFO-6, de Javier Aguirre Rodríguez, con n.º de visado 01629/2019 de fecha 23/07/2019 y n.º 02067/209 de fecha 25/09/2019, del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia.

– Memoria y documentación técnica del transformador, visada por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia con el número 1629, de 23/07/2019, y ampliación de la misma, visada con el n.º 2067, de 25/09/2019, en donde se recogen las fichas técnicas, descripciones, planos, ensayos tipo, certificados de conformidad y catálogo.

– Certificado B21-19-AG-01-CERT de los informes de los ensayos realizados al modelo de transformador mencionado, de «Tecnalia Research&Innovation» de 9 de julio de 2019, y anexo al certificado de fecha 20/09/2019, en el que indican que cumplen con los ensayos de tipo e individuales de las normas UNE-EN 61869-1:2010, UNE-EN 61869-2:2013.

– Informe de ensayos n.º B26-17-CK-01v2 de fecha 4 de octubre de 2017, de «Tecnalia Research&Innovation», según norma IEC 61869-2:2012.

– Declaración de conformidad, de Electrotécnica Arteche Hermanos, S.L., de 23/07/2019 y 25/09/2019 con la funcionalidad y requisitos exigibles en el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, y demás condiciones de seguridad y compatibilidad electromagnética.

Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes

Fundamentos jurídicos:

1. La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 74/2017, de 11 de abril (BOPV del 21), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

2. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, regula las condiciones de funcionamiento del sistema de medidas del sistema eléctrico nacional, de los equipos que lo integran y de sus características.

Los trasformadores de medida para los que se solicitan autorización de uso, de intensidad, de baja tensión, y tal como especifica el artículo 8 del Reglamento de puntos de medida, no habiendo sido establecida reglamentación metrológica específica para la evaluación de la conformidad, requerirá autorización del modelo para su uso e instalación en la red.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación y el informe favorable de la Delegación Territorial en Bizkaia, resuelvo:

1. Otorgar la autorización de los modelos para su uso e instalación a los transformadores eléctricos, de intensidad, de baja tensión, IDO, IFO-4 e IFO-6, fabricados por Electrotécnica Arteche Hermanos, S.L..

2. De acuerdo con lo indicado en el artículo 8 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, sobre puntos de medida, esta autorización tiene validez en todo el territorio del Estado.

3. Imponer las siguientes condiciones a la autorización que se concede:

a) Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la evaluación de la conformidad correspondiente, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Reglamento metrológico específico que regule el instrumento autorizado, sin perjuicio de obtener prórrogas que esta Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial autorice.

b) Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el plazo de validez de la presente autorización es de cinco años pudiendo ser prorrogada por periodos sucesivos iguales previa solicitud.

c) Los equipos que se comercialicen se corresponderán íntegramente con lo expresado en la documentación presentada para la obtención de esta autorización; si se produjese cualquier modificación en el diseño de los transformadores, será preciso para su comercialización e instalación la obtención de una nueva autorización específica para el modelo modificado y la realización de los ensayos que, según la normativa vigente, sean de aplicación.

d) Los transformadores a los que se refiere esta autorización deberán superar la verificación en origen realizada por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado previamente a su instalación.

e) Los instrumentos de medida correspondientes a esta autorización de uso llevarán una placa de características con las siguientes inscripciones:

– Razón social o marca del fabricante.

– Tipo o Modelo.

– Número de serie y año de fabricación.

– Tensión e intensidad de los primarios y secundarios.

– Clase de precisión.

– Frecuencia.

– Nivel de aislamiento.

– Relación de transformación.

4. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de la misma, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vitoria-Gasteiz, 15 de octubre de 2019.–El Director de Energía, Minas y Administración Industrial, Iñaki Aldekogarai Labaka.

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