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Documento BOE-A-2019-15841

Resolución de 21 de octubre de 2019, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Cava.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 5 de noviembre de 2019, páginas 122064 a 122065 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-15841

TEXTO ORIGINAL

Ha tenido entrada en esta Dirección General la solicitud del Consejo Regulador de la DOP «Cava» de modificación de su pliego de condiciones, en base al acuerdo adoptado en el Pleno de 30 de octubre de 2018.

Esta solicitud consiste en incluir una limitación a la inscripción en el registro de viñas, del viñedo reinjertado.

Dicha propuesta fue remitida el 3 de enero de 2019 a las Comunidades Autónomas territorialmente afectadas: Aragón, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Navarra, País Vasco y Valencia, para que emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas. Sólo se recibió informe negativo de la Comunidad Valenciana y de Extremadura.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 8 del Real Decreto 1335/2011, se convocó, el 6 de febrero de 2019, la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada, para una votación telemática, con fecha límite de 11 de febrero de 2019, con la participación de las autoridades competentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de las siete Comunidades Autónomas indicadas en el párrafo anterior, y solamente votó negativamente Extremadura. Y se acordó, por mayoría, la continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud.

Mediante Resolución de esta Dirección General, de 5 de julio de 2019 (publicada en el BOE de 8 de agosto), se dio publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP «Cava».

Con esa Resolución se inició el procedimiento nacional de oposición, abriéndose un plazo de información pública durante dos meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo único, punto cuarto del Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo, por el que se modifica el artículo 10 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Este plazo finalizó el 9 de octubre de 2019 sin que haya habido oposición alguna, por ello, se da por finalizado este procedimiento preliminar y, en consecuencia, de acuerdo con las facultades que el mencionado Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, atribuye a esta Dirección General, resuelvo otorgar decisión favorable a la modificación del pliego de condiciones de la DOP «Cava» y ordenar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La dirección de la página web de este Ministerio, en que se encuentran publicados el pliego de condiciones y el documento único, con las modificaciones solicitadas, es la siguiente:

https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/calidad-diferenciada/dop/htm/documentos_dop_cava.aspx

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la Administraciones Públicas.

Madrid, 21 de octubre de 2019.–El Director General de la Industria Alimentaria, Jose Miguel Herrero Velasco.

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