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Documento BOE-A-2019-1553

Resolución de 4 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera, por el sistema general de acceso libre, del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2019, páginas 10335 a 10395 (61 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2019-1553

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 25 de enero de 2018 («Boletín Oficial del Estado» del día 29), se convocaron las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2017.

Concluidas las pruebas selectivas, por Orden TFP/863/2018, de 7 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del día 9), se hizo pública la relación definitiva de aspirantes que las superaron y por Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de fecha 29 de noviembre de 2018, se realizó la oferta de destinos a los aspirantes.

Esta Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:

Primero.

Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado a los aspirantes que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida en el proceso selectivo y con expresión de los destinos que se les adjudican.

Segundo.

En el anexo II de esta Resolución, se relacionan los aspirantes que han accedido al proceso selectivo por el turno de reserva a personas con discapacidad y que solicitan la alteración del orden de prelación para la elección de destinos, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otros análogos, tal como precisa el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. Se les adjudican finalmente destinos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, ya que no queda debidamente acreditada la necesidad de alterar dicho orden.

Tercero.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c), del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La formalización de la toma de posesión como funcionario de carrera y la declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio correspondiente para los aspirantes que obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, en su caso, respecto de los funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.

Cuarto.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir asimismo, del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, 4 de febrero de 2019.–El Secretario de Estado de Función Pública, José Antonio Benedicto Iruiñ.

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ANEXO II
Solicitud orden prelación

NOPS

Apellidos y nombre

70

García Villamil, Javier.

102

García-Villaraco González, José.

240

Caballero Martín, Patricia.

310

Ariza Écija, José.

316

Baruque Sanón, Juan.

349

López Fernández Amela, Alejandro Miguel.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/02/2019
  • Fecha de publicación: 06/02/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 14 de febrero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-2791).

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