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Documento BOE-A-2019-15369

Resolución de 8 de octubre de 2019, de la Dirección General de Modernización de la Justicia, por la que se resuelven solicitudes de Letrados de la Administración de Justicia sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del Derecho propio de determinadas comunidades autónomas, a efectos de concursos de traslados.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2019, páginas 118004 a 118006 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-15369

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone en el artículo 450.4 que en aquellas Comunidades Autónomas que gocen de derecho civil, foral o especial, y de idioma oficial propios, el conocimiento de los mismos se valorará como mérito. Y el artículo 109 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales establece que en la resolución de los concursos para la provisión de destinos en territorio de las Comunidades Autónomas cuyos Estatutos de Autonomía reconocen la oficialidad de una lengua propia distinta del castellano y de las que poseen Derecho propio se tendrá en cuenta el reconocimiento de méritos por la acreditación de dichos conocimientos y establece el procedimiento y la forma de valoración de los mismos.

Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en las referidas normas, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad, según el nivel de conocimiento, valorándose de la siguiente manera:

Nivel elemental: Un año.

Nivel medio: Dos años

Nivel superior: Tres años.

Segundo.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntación equivalente a un año de antigüedad.

Tercero.

Notificar el texto íntegro de la Resolución a los interesados, publicando en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones de solicitantes a los cuales les ha sido reconocido el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua propia de determinadas Comunidades Autónomas (anexo I) y/o el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas (anexo II).

Cuarto.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente o potestativo de reposición ante este Ministerio, en el plazo de dos meses o un mes respectivamente, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 8 de octubre de 2019.–La Directora General de Modernización de la Justicia, Sofía Duarte Domínguez.

ANEXO I
Reconocimiento de idioma
Apellidos y nombre Idioma Nivel
Benítez Soriano, María José. Valenciano. Elemental.
Berges Vidal, Berta. Catalán. Elemental.
Chouciño Carril, Laura. Gallego. Elemental.
Cremades López de Teruel, Fernando Javier. Valenciano. Elemental.
Estévez Rodríguez, Cristina María. Gallego. Superior.
Ferreiro Crespo, Ivanka. Gallego. Superior.
Folgado Garcés, Enrique Miguel. Valenciano. Superior.
Garrido Rodríguez, Álvaro. Gallego. Medio.
Gimeno Ruiz, Álvaro. Catalán. Elemental.
Grimaldos Viadiu, Vivianna. Catalán. Superior.
Guiu Montull, Xavier. Catalán. Superior.
Hernández Méndez, Alberto. Catalán. Medio.
Molero Gómez, Nicasio. Valenciano. Medio.
Orge Fernández, María Isabel. Catalán. Superior.
Pérez Gallardo, Juan José. Catalán. Medio.
Riguero Ruiz, Markel. Euskera. Medio.
Rodríguez Castillo, Sandra. Catalán. Superior.
Sánchez Vázquez, Isabel. Catalán. Medio.
Sanz Moreno, Iván. Catalán. Elemental.
Torras Bobillo, María Ángeles. Gallego. Medio.
Vega de las Heras, Damián. Gallego. Superior.
Veiga Penedo, Mónica. Gallego. Superior.
Viéitez Comesaña, Andrea. Gallego. Superior.
ANEXO II
Reconocimiento de Derecho
Apellidos y nombre Derecho
Cremades López de Teruel, Fernando Javier. Valenciano.
Domeque Goya, Enrique Carlos. Aragonés.
Ferreiro Crespo, Ivanka. Gallego.
Font de Mora Rullán, Jaime. Valenciano.
Font Pardo, Adoración. Valenciano.
García Castro, Fátima. Gallego.
García-Varela Iglesias, Román. Gallego.
Gargallo García-Denche, Aránzazu. Aragonés.
Grimaldos Viadiu, Vivianna. Catalán.
Guiu Montull, Xavier. Catalán.
Labrador Gimeno, Isabel. Aragonés.
Laguardia Hernando, Jose Antonio. Aragonés.
Lorente Serrano, Raquel. Aragonés.
Marí Ruiz, Begoña. Balear.
Millán de Sus, Marta Pilar. Aragonés.
Molero Gómez, Nicasio. Valenciano.
Moure Maestre, Beatriz. Valenciano.
Navarro Simón, Eva María. Valenciano.
Pardo Fidel, M.ª Pilar. Valenciano.
Pérez Gallardo, Juan José. Catalán.
Rivera Forcén, Alfonso. Aragonés.
Romasanta Ageitos, Jose Antonio. Gallego.
Ruiz Marín, M.ª Amparo. Valenciano.
Sánchez Vázquez, Isabel. Catalán.
Viéitez Comesaña, Andrea. Gallego.

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