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La base cuarta queda redactada en los siguientes términos:
«Cuarta. Requisitos de los solicitantes.
2. Sin perjuicio de lo previsto en la base primera, las personas solicitantes deberán reunir las condiciones psicofísicas requeridas para la realización efectiva de las prácticas, y no deberán haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, de servicios del Estado o de cualquier Ente Territorial.»
Asimismo, la Mesa de la Diputación Permanente, respecto a la base quinta de dicha convocatoria, ha acordado que el plazo para la presentación de instancias se prorrogue en diez días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la presente modificación en el «Boletín Oficial del Estado».
Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2019.–Meritxell Batet Lamaña.
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