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Documento BOE-A-2019-1447

Resolución de 22 de enero de 2019, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de profesor contratado doctor.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2019, páginas 9673 a 9689 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-1447

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; en el artículo 99 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y en los artículos 24 y 31 del I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de la UNED;

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.Uno.3.I) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en el que se establece que, dentro del límite de la tasa de reposición, fijada en el 100%, cada Universidad podrá destinar parte de las plazas que se autoricen para el ingreso como profesor contratado doctor, en los términos previstos en el artículo 52 de la citada Ley Orgánica,

Este Rectorado, previa autorización mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2018 de la Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2018 y en aplicación de la Resolución de la UNED de 17 de diciembre de 2018 por la que se publica dicha Oferta de Empleo Público («BOE» del 26), ha resuelto convocar concurso para la provisión de la plaza que se relaciona en el Anexo I. Esta plaza se convoca por el turno de discapacidad.

Bases

1. Régimen del contrato

Conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LOU, en el artículo 162 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y en el artículo 24 del I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de la UNED, el contrato será de carácter indefinido y con dedicación a tiempo completo.

2. Requisitos generales de los candidatos

2.1 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.2 No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.

2.3 Estar en posesión del certificado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

2.4 No padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que resulte incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.5 El contrato no estará sujeto a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad.

3. Requisitos específicos de la plaza convocada

3.1 Estar en posesión del título académico de Doctor.

3.2 Haber recibido la evaluación positiva por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación para ser contratado como Profesor Contratado Doctor.

Los requisitos enumerados en la presente base y en la Base 2 deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4. Solicitudes

4.1 Los concursantes presentarán las solicitudes a través de la Sede Electrónica de la UNED (https://sede.uned.es/). En dicha Sede se encontrará disponible el formulario de solicitud denominado «Concurso público a plazas de profesor contratado» dentro del apartado de Procedimientos específicos para el PDI. Para su presentación se deberá utilizar certificado digital.

Asimismo también podrán presentar las solicitudes por cualquiera de los medios y en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.

4.2 Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud su «curriculum vitae», que podrá presentarse según el modelo de curriculum del Anexo V. Además deberán adjuntar el certificado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33% y la evaluación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a que se refiere el punto 3.2.

4.3 Cuando la documentación se presente a través de Registros que no sean el Registro Electrónico de la UNED el interesado deberá anunciar su participación en el concurso al Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador mediante la remisión de un correo electrónico indicando, al menos, el lugar y fecha de presentación de la instancia y plaza o plazas a las que concurse (personaldocente.plazas@adm.uned.es).

5. Admisión de aspirantes

5.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el Rectorado dictará Resolución, en el plazo máximo de 15 días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador (www.uned.es/profesorado).

5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. De no producirse la subsanación en este plazo se tendrá al interesado por desistido de su solicitud. Finalizado dicho plazo, el Rector dictará una Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6. Comisión de Valoración

6.1 La Comisión de Valoración del concurso objeto de la presente Convocatoria estará integrada por los miembros que figuran en el Anexo III de estas Bases, regulándose por lo establecido en el capítulo segundo del titulo V del I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de la UNED.

6.2 Los criterios generales aplicables para la baremación de los méritos alegados por los concursantes son los que figuran en el Anexo IV. La Comisión de Valoración, a continuación del acto de constitución, procederá a establecer y hacer públicos, en el tablón de anuncios de la Facultad o Escuela con plaza en la convocatoria, los criterios específicos aplicables a la plaza objeto de la convocatoria, como desarrollo de los criterios generales del citado Anexo IV.

6.3 Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Rector Magfco. de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el mencionado artículo.

6.4 En ningún caso se podrá proponer para la formalización del contrato a un número de aspirantes superior al de la plaza convocada. Cualquier propuesta de aspirantes aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

7. Plazo de resolución del concurso.

El concurso habrá de resolverse en el plazo máximo de tres meses desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

A los únicos efectos del cómputo del citado plazo se considera inhábil el mes de agosto.

8. Listas de aprobados

La comisión, concluido el proceso de selección, entregará toda la documentación en el Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador, y ordenará la publicación, en el tablón de anuncios de la Facultad o Escuela correspondiente, en el plazo máximo de siete días hábiles, del acta que recoja lo actuado, en la que figurará el candidato propuesto así como la relación, por orden de puntuación, de los candidatos que hayan superado la puntuación mínima establecida en el Anexo IV, si los hubiere, elevando dicha acta al Sr. Rector Magfco. de la UNED para la formalización del contrato, de acuerdo con la normativa vigente.

Esta relación se publicará en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador (www.uned.es/profesorado).

9. Presentación de documentación y contratación

9.1 El candidato propuesto presentará la documentación pertinente, a requerimiento del Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador, en el plazo de 10 días hábiles. En caso de no hacerlo, o que de la documentación aportada se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser formalizado el contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación, considerándose propuesto el candidato que ocupe el siguiente lugar en el orden de prelación que, en su caso, hubiera establecido la Comisión. De no haber sido establecido dicho orden de prelación, la plaza quedará desierta.

9.2 En el momento de la formalización del contrato, el trabajador dará cumplimiento, en su caso, a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen de profesorado universitario, en materia de incompatibilidades.

10. Normas Finales

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en el presente concurso, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte la Comisión en el uso de sus potestades, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.

10.2 Para la plaza convocada el lugar de trabajo es Madrid.

10.3 Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución.

Madrid, 22 de enero de 2019.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.

ANEXO I
Facultad de Geografía e Historia

N.º

plaza

Categoría

Denominación

Área de conocimiento

Departamento

232.01

Profesor Contratado

Doctor.

«Historia Medieval I (siglos V-XII)» e « Historia Medieval II (siglos XIII-XV)» (Grado en Geografía e Historia); con la metodología de la enseñanza a distancia.

Líneas de investigación preferentes: Historia urbana y marítima (siglos XIV-XVI).

Historia Medieval.

Historia Medieval y Ciencias y Técnicas Historiográficas.

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ANEXO III
Facultad de Geografía e Historia

Plaza 232.01. Profesor Contratado Doctor. Historia Medieval

Comisión Titular

Presidente: Don Enrique Cantera Montenegro, Catedrático de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de conocimiento: Historia Medieval.

Vocales:

Don José Miguel López Villalba, Catedrático de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de conocimiento: Ciencias y Técnicas Historiográficas.

Doña Paulina López Pita, Profesora Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de conocimiento: Historia Medieval.

Doña Ana María Echevarría Arsuaga, Profesora Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de conocimiento: Historia Medieval.

Secretario: Don Manuel Fernando Ladero Quesada, Profesor Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de conocimiento: Historia Medieval.

Miembros Suplentes

Don José María Iñurritegui Rodríguez, Profesor Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de conocimiento: Historia Moderna.

Doña Josefa Castilla Soto, Profesora Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de conocimiento: Historia Moderna.

ANEXO IV

La puntuación se otorgará de conformidad con los siguientes criterios:

Formación.

Hasta 1 punto:

1. Por calificaciones del expediente académico y adecuación de los estudios de licenciatura o grado: hasta 0,1 puntos.

2. Por adecuación de los estudios de doctorado: hasta 0,5 puntos.

3. Por adecuación de la formación de postgrado: hasta 0,4 puntos.

Docencia.

Hasta 3 puntos:

1. Por docencia universitaria con la metodología a distancia: hasta 1,5 puntos.

2. Otra docencia universitaria en titulaciones oficiales: hasta 0,8 puntos.

3. Por otra docencia universitaria y becas oficiales pre y postdoctorales con actividad docente: hasta 0,3 puntos.

4. Otras actividades docentes: hasta 0,4 puntos.

Investigación.

Hasta 4 puntos:

1. Libros y artículos con factor de impacto o indicador cualitativo similar: hasta 2 puntos.

2. Otros artículos y publicaciones con indicios de calidad: hasta 1 punto.

3. Proyectos y contratos de investigación: hasta 0,5 puntos.

4. Estancias en centros externos: hasta 0,5 puntos.

Otros méritos*.

Hasta 2 puntos.

* En los casos en que se deba considerar alguna actividad relevante cuya valoración no esté prevista en otros apartados, deberá ser evaluada en «Otros Méritos». El mérito de estar habilitado o acreditado en los Cuerpos Docentes Universitarios en el área de conocimiento de la plaza, deberá ser valorado obligatoriamente, incluyéndose dicha evaluación en el apartado de «Otros méritos», con una valoración del 30% de la puntuación asignada al total del apartado. Asimismo deberá ser valorado obligatoriamente en el citado apartado de «Otros méritos», con una valoración del 30% de la puntuación asignada al total del apartado, el haber estado contratado en la UNED en la categoría de profesor contratado doctor con carácter temporal y en régimen de interinidad en la misma área de conocimiento de la plaza objeto de convocatoria.

Criterio general: Los méritos deberán ser siempre valorados en relación con el área de conocimiento a la que se adscribe la plaza objeto del concurso, así como con el perfil de la plaza, en su caso. Además, en consonancia con el artículo 168 de los Estatutos de la UNED (RD 1239/2011, de 8 de septiembre), «se valorará preferentemente la preparación y experiencia en las técnicas y medios propios de la enseñanza a distancia».

Puntuación mínima para la adjudicación de la plaza: Únicamente podrán ser propuestos los candidatos que obtengan una valoración mínima del 50% de la puntuación total.

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