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Documento BOE-A-2019-14022

Acuerdo de 25 de septiembre de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso, convocado por Acuerdo de 20 de junio de 2019, en la Escuela Judicial de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 2 de octubre de 2019, páginas 108668 a 108668 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2019-14022

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente de este Consejo en su reunión del día de la fecha, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Resolver el concurso de méritos convocado por acuerdo de la Comisión Permanente de este Consejo de 20 de junio de 2019 (BOE del 1 de julio), para la provisión de un puesto de trabajo en la Escuela Judicial, en los términos propuestos por la comisión de valoración del referido concurso.

En su virtud, atendiendo a la puntuación total alcanzada por los aspirantes, se adjudica el puesto de trabajo de administrativa nivel 20 con destino en el Órgano Técnico: Gerencia, con sede en la Escuela Judicial de Barcelona, a Eva Cano Pallejà con documento nacional de identidad núm. ***8055**.

A los efectos previstos de la norma quinta apartado 3 de la convocatoria, no existe una relación complementaria de concursantes que hayan superado la puntuación mínima exigida en las dos fases.

Conforme a la referida norma quinta apartado 5 de la convocatoria, el plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de los adjudicatarios/as o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación del presente acuerdo de resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su publicación.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 25 de septiembre de 2019.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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