Con fecha 27 de junio de 2018 fue dictada sentencia por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contra la Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha 18 de abril de 2017, por la que se nombró Catedrático de Universidad a don Enrique Linde Paniagua.
Habiendo alcanzado firmeza la citada sentencia, este Rectorado, procede a su ejecución y en ejercicio de sus competencias acuerda:
1. Declarar la nulidad de la resolución de fecha 18 de abril de 2017, del Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Enrique Linde Paniagua, publicada en el BOE del 22.
2. Que la anulación del citado nombramiento debe retrotraerse al momento de la toma de posesión como Catedrático de Universidad del citado profesor, permaneciendo a partir de esa fecha en la situación y cuerpo docente que le vinculaba a la Universidad Nacional de Educación a Distancia el día anterior a la toma de posesión, con los efectos económicos y administrativos que procedan.
Lo que le comunico, significándole que contra esta resolución que agota la vía administrativa cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este Rectorado, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución.
Madrid, 10 de septiembre de 2019.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.
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