Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-12540

Resolución de 22 de agosto de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de Madrid, por el que se aprueban los Planes de Actuación Plurianuales 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Edificación y obra civil, del Centro de Referencia Nacional de Frío y climatización, del Centro de Referencia Nacional de Desarrollo informático y comunicaciones, del Centro de Referencia Nacional de Máquinas electromecánicas y del Centro de Referencia Nacional de Administración, seguros y finanzas, en el ámbito de la formación profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 29 de agosto de 2019, páginas 94662 a 94689 (28 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2019-12540

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, la Directora General de Formación Profesional y el Viceconsejero de Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación de la Consejería, han suscrito, con fecha 18 de julio de 2019, un Convenio por el que se aprueban los Planes de Actuación Plurianuales 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Edificación y obra civil, del Centro de Referencia Nacional de Frío y climatización, del Centro de Referencia Nacional de Desarrollo informático y comunicaciones, del Centro de Referencia Nacional de Máquinas electromecánicas y del Centro de Referencia Nacional de Administración, seguros y finanzas en el ámbito de la formación profesional.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 22 de agosto de 2019.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de Madrid por el que se aprueban los Planes de Actuación Plurianuales 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Edificación y obra civil, del Centro de Referencia Nacional de Frío y climatización, del Centro de Referencia Nacional de Desarrollo informático y comunicaciones, del Centro de Referencia Nacional de Máquinas electromecánicas y del Centro de Referencia Nacional de Administración, seguros y finanzas en el ámbito de la Formación Profesional

En Madrid, a 18 de julio de 2019.

REUNIDOS

De una parte, el señor don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente Convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y en el artículo 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal (CIF número Q2819009H).

De otra parte, la señora doña Clara Sanz López, Directora General de Formación Profesional, nombrada por el Real Decreto 842/2018, de 6 de julio, en nombre y representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud de la delegación de competencias de la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, establecida de acuerdo al artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, don Miguel Ángel García Martín, Viceconsejero de Hacienda y Empleo en representación de la Comunidad de Madrid, por delegación de competencias de la titular de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1.h) de la Orden de 14 de septiembre de 2015, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, respecto de la firma de Convenios.

EXPONEN

Primero.

Que corresponde al Servicio Público de Empleo Estatal, la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, en el marco de lo establecido en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

El Servicio Público de Empleo Estatal es un organismo autónomo estatal de los previstos en la sección 2.ª, del capítulo III, del título II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Como organismo autónomo tiene personalidad jurídica propia e independiente de la Administración General del Estado, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus funciones, patrimonio, tesorería propia, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y por las demás disposiciones de aplicación a los organismos autónomos de la Administración General del Estado, y particularmente las disposiciones relativas a contratación y régimen jurídico del sector público.

Segundo.

Que, el artículo 8 del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece que corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación profesional.

Tercero.

Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Madrid la competencia ejecutiva en las materias de Trabajo y relaciones laborales, incluyendo las políticas activas de ocupación y la intermediación laboral.

Así viene reflejado en el Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, que determina en el artículo 1., que las actuaciones de estos centros se llevarán a cabo, en el marco legislativo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, mediante Convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, y se atendrán, en todo caso, al ámbito de sus respectivas competencias. Las competencias de ejecución en esta materia corresponden a las comunidades autónomas. La colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica, para todo lo previsto en ese real decreto, se articulará a través de Convenios de colaboración.

Cuarto.

Que mediante el Real Decreto 870/2015, de 2 de octubre se califican como Centros de Referencia Nacional cuatro Centros Nacionales de Formación Profesional Ocupacional (Centros de Referencia Nacional en la Familia Profesional Edificación y Obra Civil, en el Área Profesional Frío y Climatización de la Familia Profesional Instalación y Mantenimiento, en el Áreas Profesionales Desarrollo y en el Área Profesional Comunicaciones de la Familia Profesional Informática y Comunicaciones y en el Área Profesional de Máquinas Electromecánicas de la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica todos en el ámbito de la Formación Profesional) y se crea como Centro de Referencia nacional del Centro de Formación de Administración, Seguros y Finanzas de Fuencarral, todos ellos de la Comunidad de Madrid, en el ámbito de la formación profesional.

Quinto.

El citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, establece en su artículo 7, conforme a la redacción dada por la disposición final 2.2 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de Educación y Ciencia, actualmente de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de Educación y Formación Profesional, elaborarán un Plan de Actuación plurianual, de carácter estatal, para el desarrollo de las funciones de los Centros de Referencia Nacional en colaboración con las comunidades autónomas y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

El Plan de Actuación Plurianual Estatal establecerá los objetivos prioritarios, los procedimientos y mecanismos de coordinación, seguimiento y evaluación de la Red, así como las Comisiones de Coordinación correspondientes.

En función del Plan de Actuación, la Administración General del Estado, en colaboración con las comunidades autónomas, establecerá los criterios de distribución presupuestaria para la ejecución del mismo.

Asimismo, incluirá los procedimientos e indicadores de calidad que permitan evaluar el cumplimiento de los fines y objetivos de los Centros.

Dicho artículo añade que para cada uno de los Centros de Referencia Nacional se acordará un Plan de actuación plurianual, con la misma duración del Plan de Actuación plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que será reflejado en un Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica.

Sexto.

En el marco del Plan de Actuación Plurianual 2015-2018 aprobado en la LXVII reunión de la Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional de 21 de julio de 2015, se aprobó el Plan de Trabajo 2017-2018 del Centro de Referencia Nacional de Edificación y obra civil, del Centro de Referencia Nacional de Frío y Climatización, del Centro de Referencia Nacional de Desarrollo Informático y Comunicaciones, del Centro de Referencia Nacional de Máquinas Electromecánicas y del Centro de Referencia Nacional de Administración, Seguros y Finanzas en el ámbito de la formación profesional, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de abril de 2018, por Resolución de 15 de abril de 2018.

Séptimo.

La LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018 ha aprobado el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 de carácter estatal de los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional.

Octavo.

Cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, el respectivo Consejo Social de cada uno de los cinco Centros de Referencia Nacional de la Comunidad de Madrid celebró una reunión el 15 de enero de 2019, en la que se propuso el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 para cada uno de los CRNs.

Conforme señala el artículo 7.3 del citado Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, para cada uno de los Centros de Referencia Nacional es necesario acordar entre las Administraciones implicadas un Plan de Actuación Plurianual, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro. Estos Planes de Actuación Plurianuales, deben observar la forma de Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de Madrid.

Noveno.

Por todo lo anterior, el presente Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de Madrid tiene por objeto la aprobación de los Planes de Actuación Plurianuales 2019-2022 de los cinco Centros de Referencia Nacional.

Décimo.

Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 47.1 que son Convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.

De conformidad con los principios generales contemplados en el art. 3 de la misma Ley, las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho y en el desarrollo de su actividad deben aplicar en sus relaciones, entre otros, el principio de cooperación, colaboración y coordinación con otras Administraciones Públicas.

Que, en consecuencia, la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional y del Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, y la Comunidad de Madrid, están habilitadas para la suscripción del presente Convenio.

Undécimo.

Que la suscripción del presente Convenio mejora la eficiencia de la gestión pública en el ámbito de la formación profesional, facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y carece de contenido económico con lo que no se ve afectado por la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Duodécimo.

Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo dispuesto del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del Convenio es establecer los Planes de Actuación Plurianual 2019-2022 en los que se describan los objetivos prioritarios del Centro de Referencia Nacional de Edificación y obra civil, del Centro de Referencia Nacional de Frío y climatización, del Centro de Referencia Nacional de Desarrollo informático y comunicaciones, del Centro de Referencia Nacional de Máquinas electromecánicas y del Centro de Referencia Nacional de Administración, seguros y finanzas, en adelante CRNs, a partir de las propuestas de sus respectivos Consejos Sociales adoptadas en las reuniones celebradas el 15 de enero de 2019.

Anualmente, y de acuerdo con la normativa aplicable, se aprobará un Plan de Trabajo Anual, diferenciado para cada uno de los CRN, en el que se concretarán las actuaciones a realizar y la aportación económica de la Administración General del Estado.

Segunda. Objetivos.

Uno. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Edificación y Obra civil.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018, las partes acuerdan como objetivos del plan de actuación plurianual 2019-2022 del CRN de Edificación y obra civil en su ámbito de actuación.

a) Con respecto al Objetivo 1 de establecer un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN, plan de Perfeccionamiento de formadores, cursos abiertos de carácter nacional, acciones de innovación y experimentación, el CRN:

– Participará en el diseño y elaboración de un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN.

b) Con respecto al Objetivo 2 de colaborar en la creación y funcionamiento de un portal web de CRN para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, donde se describa su actividad, funciones, relaciones entre centros, actividades innovadoras, etc., dándole un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño del portal web de CRN que se cree, para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, informando periódicamente de su actividad, funciones, relaciones con otros centros, actividades innovadoras, etc., con un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente, además de permitir la comunicación y compartición de experiencias entre los diferentes CRNs.

– Difundirá las actividades significativas y relevantes, con interés para diferentes sectores de la población, alumnado, empresas, otros centros formativos, etc., que se desarrollen en el CRN.

c) Con respecto al Objetivo 3 de participar y promover la actualización permanente del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, no sólo en la oferta formativa de Certificados de Profesionalidad, sino por medio de la elaboración de programas de curso y nuevos itinerarios formativos que favorezcan una alta empleabilidad, flexibilizando la formación profesional para el empleo y vinculados a los requerimientos del sistema productivo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en las reuniones de los grupos de trabajo para la actualización de Certificados de Profesionalidad de la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

– Propondrá programas de cursos innovadores e itinerarios formativos que favorezcan la empleabilidad, con la inclusión de especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, flexibilizando la formación profesional y manteniéndola al día de las novedades y cambios en la Familia Profesional de Edificación y Obra civil.

– Promoverá la creación de mesas permanentes de trabajo que involucren a todos los agentes de la Familia Profesional: empresas, sindicatos, asociaciones profesionales, centros acreditados e inscritos, universidades, centros integrados de formación profesional, etc., con el objetivo de flexibilizar la formación profesional, manteniéndola al día de las novedades y cambios que se produzcan.

d) Con respecto al Objetivo 4 de elaborar las Guías de Aprendizaje y Evaluación, así como otras herramientas, materiales, prototipos y simuladores, u otros medios didácticos para favorecer la formación de las especialidades asignadas al CRN, tanto en modalidad de impartición presencial como teleformación. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará las Guías de Aprendizaje y Evaluación de los Certificados de Profesionalidad correspondientes a la Familia Profesional de Edificación y Obra civil que todavía no se han elaborado.

– Diseñará un simulador virtual sobre seguridad y prevención de riesgos laborales en construcción.

e) Con respecto al objetivo 5 de colaborar con el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, que aborda periódicamente el análisis en profundidad de sectores productivos, colaborar en los estudios que permitan conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos. Para este objetivo el CRN:

– Emitirá informes a propuesta del Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

– Enviará al SEPE propuestas sobre nuevas necesidades formativas detectadas en la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

– Organizará foros de discusión con principales empresas y organizaciónes representativas del sector, con la finalidad de conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos, con la finalidad entre otras de colaborar en Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

f) Con respecto al Objetivo 6 de elaborar los mapas sectoriales necesarios en los que estén incluidas empresas, clústers, parques tecnológicos, asociaciones empresariales, instituciones educativas o dedicadas a la formación, expertos y formadores, y establecer mecanismos para su actualización permanente. Para este objetivo el CRN:

– Elaborará y/o actualizará mapas sectoriales de la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

– Elaborará programas formativos de las nuevas especialidades que se correspondan con ocupaciones vinculadas a la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

– Desarrollará herramientas para la recopilación de datos que ayuden al análisis y toma de decisiones.

g) Con respecto al objetivo 7 colaborar con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales según lo establecido en los artículo 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Para este objetivo el CRN:

– Colaborará con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales de la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

h) Con respecto al Objetivo 8 de fomentar la colaboración entre los diferentes Centros de Referencia Nacional para el desarrollo de proyectos y objetivos comunes. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en grupos de trabajo en sectores relacionados con la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

i) Con respecto al Objetivo 9 de participar en la actualización de los Instrumentos y Acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Fundamentalmente colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, de acuerdo a los requerimientos del sistema productivo en el sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en los grupos de trabajo establecidos con el INCUAL para la actualización de Cualificaciones Profesionales y elaboración de los módulos formativos del Catálogo Modular.

– Propondrá la realización de las cualificaciones profesionales del Área Profesional de Maquinaria de construcción: Operador de retropala, Operador de maquinaria de explanación y Operador de minicargadora.

– Proponer la revisión de la estructura de toda la Familia Profesional.

j) Con respecto al Objetivo 10 de colaborar en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, de acuerdo con el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará en las convocatorias de pruebas de acreditación de competencias de la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

k) Con respecto al Objetivo 11 de desarrollar acciones de apoyo, orientación e información al emprendimiento y autoempleo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Apoyará en el asesoramiento en planes de viabilidad y/o realización de seminarios informativos de ayuda al autoempleo a nivel estatal en la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

l) Con respecto al Objetivo 12 de realizar acciones de formación para la mejora y actualización de las competencias de formadores por medio del Plan para el perfeccionamiento del profesorado, artículo 22.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, a profesores, evaluadores y asesores del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, orientadores profesionales, y gestores y responsables de centros de formación profesional, de titularidad pública. Para este objetivo, el CRN:

– Programará, partiendo de una detección de necesidades, cursos innovadores para formadores.

– Realizará la difusión del plan de perfeccionamiento del profesorado.

m) Con respecto al Objetivo 13 de promover que los CRN se certifiquen en sistemas de gestión de calidad reconocidos, así como promover iniciativas que distingan la excelencia en las actividades de formación profesional del sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Promoverá la creación de reconocimiento de buenas prácticas a través de premios y concursos de excelencia.

– Renovará los sellos de excelencia EFQM a través de la redacción de memorias de autoevaluación en los cinco CRN de la Comunidad de Madrid.

n) Con respecto al Objetivo 14 de establecer estrategias activas de comunicación en el ámbito de la formación profesional, tanto del Sistema del Empleo como del Sistema Educativo, sirviendo de enlace entre las instituciones de formación e innovación y los sectores productivos. Para este objetivo, el CRN:

– Establecerá un plan de comunicación del CRN en la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

o) Con respecto al Objetivo 15 de establecer vínculos de colaboración de los CRN con el sector productivo del ámbito calificado a nivel nacional, con entidades públicas y privadas, con los agentes sociales, estableciendo redes virtuales y acuerdos de transferencias tecnológicas, innovación y experimentación de actividades y productos, intercambio de actividades y recursos en programas e iniciativas nacionales e internacionales. Participar en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo, Erasmus+, European Vocational Skills Week y en las competiciones SpainSkills, WorldSkills International y WorldSkills Europe. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en jornadas de difusión y otras actividades de divulgación e intercambio a nivel nacional e internacional a través de proyectos europeos en la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil.

p) Con respecto al Objetivo 16 de Difundir en el entorno empresarial y social las acciones de innovación y experimentación desarrolladas y colaborar en el establecimiento de un sistema de comunicación que permita compartir información sobre estándares de calidad y de buenas prácticas entre los distintos CRN. Para este objetivo, el CRN:

– Organizará para el entorno empresarial y para trabajadores desempleados jornadas de difusión, conferencias, «MasterClass» y otras actividades de divulgación e intercambio en la Familia Profesional de Edificación y Obra Civil y difusión en el entorno social.

q) Con respecto al Objetivo 17 de ejecutar proyectos o nuevas acciones específicas con significación para el empleo que puedan surgir vinculados a la estacionalidad del mercado de trabajo, cambios tecnológicos o necesidades emergentes de cualificación de los trabajadores. Para este objetivo, el CRN:

– Dará respuesta a nuevas necesidades o a situaciones sobrevenidas que afectan a la Familia Profesional en la que es CRN.

r) Con respecto al Objetivo 18 de programar acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres, así como personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión y ocupaciones poco representadas. Para este objetivo, el CRN:

– Programará una acción formativa de certificado de profesionalidad para colectivos vulnerables o necesidades especiales con prácticas en empresa.

s) Con respecto al Objetivo 19 de desarrollar proyectos innovadores basados en TIC´s para fomentar la inserción en procesos de formación y empleo dirigido a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión social y profesiones con escasa representación de mujeres. Para este objetivo, el CRN:

– Desarrollará proyectos vinculados a acciones dirigidas a la formación para la inserción de jóvenes y parados de larga duración.

– Utilizará las herramientas y recursos desarrollados en proyectos, como por ejemplo WAMDIA, cuyo objetivo es sensibilizar a la sociedad en la creación y consumo de contenido accesible digitalmente para colectivos con diversidad funcional. Creación de módulos transversales que sean integrados en la formación.

– Desarrollará proyectos en el ámbito STEAM (Science, Technology, Engineering, Arts, Mathematics) dirigidos a mujeres que permitan incrementar su inserción laboral.

Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión medioambiental y desarrollo sostenible, seguridad y salud laboral.

Dos. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Frio y climatización.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018, las partes acuerdan como objetivos del plan de actuación plurianual 2019-2022 del CRN de Frío y climatización en su ámbito de actuación.

a) Con respecto al Objetivo 1 de establecer un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN: Plan de Perfeccionamiento de formadores, Cursos abiertos de carácter nacional y Acciones de innovación y experimentación. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño y elaboración de un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN.

b) Con respecto al Objetivo 2 de colaborar en la creación y funcionamiento de un portal web de CRN para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, donde se describa su actividad, funciones, relaciones entre centros, actividades innovadoras, etc., dándole un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño del portal web de CRN que se cree, para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, informando periódicamente de su actividad, funciones, relaciones con otros centros, actividades innovadoras, etc., con un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente, además de permitir la comunicación y compartición de experiencias entre los diferentes CRNs.

– Difundirá las actividades significativas y relevantes, con interés para diferentes sectores de la población, alumnado, empresas, otros centros formativos, etc., que se desarrollen en el CRN.

c) Con respecto al Objetivo 3 de participar y promover la actualización permanente del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, no sólo en la oferta formativa de Certificados de Profesionalidad, sino por medio de la elaboración de programas de curso y nuevos itinerarios formativos que favorezcan una alta empleabilidad, flexibilizando la formación profesional para el empleo y vinculados a los requerimientos del sistema productivo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Organizará reuniones de los grupos de trabajo para la actualización de Certificados de Profesionalidad del Área Profesional Frío y Climatización.

– Propondrá programas de cursos innovadores e itinerarios formativos que favorezcan la empleabilidad, con la inclusión de especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, flexibilizando la formación profesional y manteniéndola al día de las novedades y cambios en el Área Profesional de Frío y Climatización.

– Promoverá la creación de mesas permanentes de trabajo que involucren a todos los agentes de la Familia Profesional: empresas, sindicatos, asociaciones profesionales, centros acreditados e inscritos, universidades, centros integrados de formación profesional, etc., con el objetivo de flexibilizar la formación profesional, manteniéndola al día de las novedades y cambios que se produzcan.

d) Con respecto al Objetivo 4 de elaborar las Guías de Aprendizaje y Evaluación, así como otras herramientas, materiales, prototipos y simuladores, u otros medios didácticos para favorecer la formación de las especialidades asignadas al CRN, tanto en modalidad de impartición presencial como teleformación. Para este objetivo, el CRN:

– Revisará las Guías de Aprendizaje y Evaluación ya elaboradas una vez actualizados los Certificados de Profesionalidad del Área Profesional de Frío y Climatización.

e) Con respecto al Objetivo 5 de colaborar con el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, que aborda periódicamente el análisis en profundidad de sectores productivos. Colaborar en los estudios que permitan conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos. Para este objetivo, el CRN:

– Emitirá informes a propuesta del Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

– Remitirá al SEPE propuestas sobre nuevas necesidades formativas detectadas en el Área Profesional de Frío y Climatización.

– Organizará foros de discusión con principales empresas y organizaciones representantes del sector, con la finalidad de conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos, con la finalidad entre otras de colaborar en Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

f) Con respecto al Objetivo 6 de elaborar mapas sectoriales en el que estén incluidas empresas, clusters, parques tecnológicos, asociaciones empresariales, instituciones educativas o dedicadas a la formación, expertos y formadores, y establecer mecanismos para su actualización permanente. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará y/o actualizar mapas sectoriales del Área Profesional de Frío y Climatización.

– Elaborará programas formativos de las nuevas especialidades que se correspondan con ocupaciones vinculadas al Área Profesional de Frío y Climatización.

– Desarrollará herramientas para la recopilación de datos que ayuden al análisis y toma de decisiones.

g) Con respecto al Objetivo 7 de colaborar con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales en lo establecido en los artículo 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales del Área Profesional de Frío y Climatización.

h) Con respecto al Objetivo 8 de fomentar la colaboración entre CRNs para el desarrollo de proyectos y objetivos comunes. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en grupos de trabajo en sectores relacionados con el Área Profesional de Frío y Climatización.

i) Con respecto al Objetivo 9 de participar en la actualización de los Instrumentos y Acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Fundamentalmente colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, de acuerdo a los requerimientos del sistema productivo en el sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en los grupos de trabajo establecidos con el INCUAL para la actualización de Cualificaciones Profesionales y elaboración de los módulos formativos del Catálogo Modular.

– Propondrá la elaboración de nuevas cualificaciones profesionales detectadas en el Área Profesional de Frío y Climatización.

– Propondrá la revisión de la estructura del Área Profesional de Frío y Climatización

j) Con respecto al Objetivo 10 de colaborar en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, de acuerdo con el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará en las convocatorias de pruebas de acreditación de competencias del Área Profesional de Frío y Climatización.

k) Con respecto al Objetivo 11 de desarrollar acciones de apoyo, orientación e información al emprendimiento y autoempleo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Apoyará en el asesoramiento en planes de viabilidad y/o realización de seminarios informativos de ayuda al autoempleo en su comunidad autónoma o a nivel estatal en el Área Profesional de Frío y Climatización.

l) Con respecto al Objetivo 12 de realizar acciones de formación para la mejora y actualización de las competencias de formadores por medio del Plan para el perfeccionamiento del profesorado, artículo 22.3 de la citada Ley 30/2015, de 9 de septiembre, a profesores, evaluadores y asesores del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, orientadores profesionales, y gestores y responsables de centros de formación profesional, públicos. Para este objetivo, el CRN:

– Programará, partiendo de una detección de necesidades, cursos innovadores para formadores.

– Realizará la difusión del plan de perfeccionamiento del profesorado.

m) Con respecto al Objetivo 13 de promover que los CRN se certifiquen en sistemas de gestión de calidad reconocidos, así como promover iniciativas que distingan la excelencia en las actividades de formación profesional del sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Promoverá la creación de reconocimiento de buenas prácticas a través de premios y concursos de excelencia.

– Renovará los sellos de excelencia EFQM a través de la redacción de memorias de autoevaluación en los cinco CRN de la Comunidad de Madrid.

n) Con respecto al Objetivo 14 de establecer estrategias activas de comunicación en el ámbito de la formación profesional, tanto del Sistema del Empleo como del Sistema Educativo, sirviendo de enlace entre las instituciones de formación e innovación y los sectores productivos. Para este objetivo, el CRN:

– Establecerá un plan de comunicación del CRN y la Familia Profesional Instalación y Mantenimiento.

o) Con respecto al Objetivo 15 de establecer vínculos de colaboración de los CRN con el sector productivo del ámbito calificado a nivel nacional, con entidades públicas y privadas, con los agentes sociales, estableciendo redes virtuales y acuerdos de transferencias tecnológicas, innovación y experimentación de actividades y productos, intercambio de actividades y recursos en programas e iniciativas nacionales e internacionales. Participar en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo, Erasmus+, European Vocational Skills Week y en las competiciones SpainSkills, WorldSkills International y WorldSkills Europe. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en jornadas de difusión y otras actividades de divulgación e intercambio a nivel nacional e internacional a través de proyectos europeos en el Área Profesional de Frío y Climatización.

p) Con respecto al Objetivo 16 de Difundir en el entorno empresarial y social las acciones de innovación y experimentación desarrolladas y colaborar en el establecimiento de un sistema de comunicación que permita compartir información sobre estándares de calidad y de buenas prácticas entre los distintos CRN. Para este objetivo, el CRN:

– Organizará para el entorno empresarial y para trabajadores desempleados jornadas de difusión, conferencias, «MasterClass» y otras actividades de divulgación e intercambio en el Área Profesional de Frío y Climatización y difusión en el entorno social.

q) Con respecto al Objetivo 17 de ejecutar proyectos o nuevas acciones específicas con significación para el empleo que puedan surgir vinculados a la estacionalidad del mercado de trabajo, cambios tecnológicos o necesidades emergentes de cualificación de los trabajadores. Para este objetivo, el CRN:

– Responderá a las nuevas necesidades o a situaciones sobrevenidas que afectan al Área Profesional de Frío y Climatización.

r) Con respecto al Objetivo 18 de programar acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres, así como personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión y ocupaciones poco representadas. Para este objetivo, el CRN:

– Programará una acción formativa de Certificado de Profesionalidad para colectivos vulnerables o necesidades especiales con prácticas en empresa.

s) Con respecto al Objetivo 19 de desarrollar proyectos innovadores basados en TIC´s para fomentar la inserción en procesos de formación y empleo dirigido a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión social y profesiones con escasa representación de mujeres. Para este objetivo, el CRN:

– Desarrollará proyectos vinculados a acciones dirigidas a la formación para la inserción de jóvenes y parados de larga duración.

– Utilizará las herramientas y recursos desarrollados en proyectos, como por ejemplo WAMDIA, cuyo objetivo es sensibilizar a la sociedad en la creación y consumo de contenido accesible digitalmente para colectivos con diversidad funcional. Creación de módulos transversales que sean integrados en la formación.

– Desarrollará proyectos en el ámbito STEAM (Science, Technology, Engineering, Arts, Mathematics) dirigidos a mujeres que permitan incrementar su inserción laboral.

Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión medioambiental y desarrollo sostenible, seguridad y salud laboral.

Tres. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Desarrollo Informático y Comunicaciones.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018, las partes acuerdan como objetivos del plan de actuación plurianual 2019-2022 del CRN de Desarrollo informático y comunicaciones en su ámbito de actuación.

a) Con respecto al Objetivo 1 de establecer un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN: Plan de Perfeccionamiento de formadores, Cursos abiertos de carácter nacional y Acciones de innovación y experimentación. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño y elaboración de un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN.

b) Con respecto al Objetivo 2 de colaborar en la creación y funcionamiento de un portal web de CRN para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, donde se describa su actividad, funciones, relaciones entre centros, actividades innovadoras, etc., dándole un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño del portal web de CRN que se cree, para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, informando periódicamente de su actividad, funciones, relaciones con otros centros, actividades innovadoras, etc., con un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente, además de permitir la comunicación y compartición de experiencias entre los diferentes CRNs.

– Difundirá a las actividades significativas y relevantes, con interés pare diferentes sectores de la población, alumnado, empresas, otros centros formativos, etc., que se desarrollen en el CRN.

c) Con respecto al Objetivo 3 de participar y promover la actualización permanente del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, no sólo en la oferta formativa de Certificados de Profesionalidad, sino por medio de la elaboración de programas de curso y nuevos itinerarios formativos que favorezcan una alta empleabilidad, flexibilizando la formación profesional para el empleo y vinculados a los requerimientos del sistema productivo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en las reuniones de los grupos de trabajo para la actualización de Certificados de Profesionalidad del Área Profesional de Desarrollo y el Área Profesional de Comunicaciones, de la Familia Profesional Informática y Comunicaciones.

– Propondrá programas de cursos innovadores e itinerarios formativos que favorezcan la empleabilidad, con la inclusión de especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, flexibilizando la formación profesional y manteniéndola al día de las novedades y cambios en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Promoverá la creación de mesas permanentes de trabajo que involucren a todos los agentes de las Áreas Profesionales en las que es CRN: empresas, sindicatos, asociaciones profesionales, centros acreditados e inscritos, universidades, centros integrados de formación profesional, etc. con el objetivo de flexibilizar la formación profesional, manteniéndola al día de las novedades y cambios que se produzcan.

d) Con respecto al Objetivo 4 de elaborar las Guías de Aprendizaje y Evaluación, así como otras herramientas, materiales, prototipos y simuladores, u otros medios didácticos para favorecer la formación de las especialidades asignadas al CRN, tanto en modalidad de impartición presencial como teleformación. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará las Guías de Aprendizaje y Evaluación de los Certificados de Profesionalidad, correspondientes a las Áreas Profesionales en las que es CRN que han sido actualizados.

e) Con respecto al Objetivo 5 de colaborar con el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, que aborda periódicamente el análisis en profundidad de sectores productivos. Colaborar en los estudios que permitan conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos. Para este objetivo, el CRN:

– Emitirá informes a propuesta del Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

– Remitirá al SEPE propuestas sobre nuevas necesidades formativas detectadas en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Organizará foros de discusión con principales empresas y organizaciones representantes del sector, con la finalidad de conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos, con la finalidad entre otras de colaborar en Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

f) Con respecto al Objetivo 6 de elaborar mapas sectoriales en el que estén incluidas empresas, clusters, parques tecnológicos, asociaciones empresariales, instituciones educativas o dedicadas a la formación, expertos y formadores, y establecer mecanismos para su actualización permanente. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará/actualizará mapas sectoriales de las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Elaborará/actualizará programas formativos de las nuevas especialidades que se correspondan con ocupaciones vinculadas a las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Desarrollará herramientas para la recopilación de datos que ayuden al análisis y toma de decisiones.

g) Con respecto al Objetivo 7 de colaborar con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales en lo establecido en los artículo 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

h) Con respecto al Objetivo 8 de fomentar la colaboración entre CRNs para el desarrollo de proyectos y objetivos comunes. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en grupos de trabajo en sectores relacionados con las Áreas Profesionales en las que es CRN.

i) Con respecto al Objetivo 9 de participar en la actualización de los Instrumentos y Acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Fundamentalmente colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, de acuerdo a los requerimientos del sistema productivo en el sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en los grupos de trabajo establecidos con el INCUAL para la actualización de Cualificaciones Profesionales y elaboración de los módulos formativos del Catálogo Modular.

– Propondrá la revisión de la estructura de las Áreas Profesionales en las que es CRN.

j) Con respecto al Objetivo 10 de colaborar en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, de acuerdo con el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará en las convocatorias de pruebas de acreditación de competencias referidas a las Áreas Profesionales en las que es CRN.

k) Con respecto al Objetivo 11 de desarrollar acciones de apoyo, orientación e información al emprendimiento y autoempleo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Apoyará en el asesoramiento en planes de viabilidad y/o realización de seminarios informativos de ayuda al autoempleo a nivel estatal en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

l) Con respecto al Objetivo 12 de realizar acciones de formación para la mejora y actualización de las competencias de formadores por medio del Plan para el perfeccionamiento del profesorado, artículo 22.3 de la citada Ley 30/2015, de 9 de septiembre, a profesores, evaluadores y asesores del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, orientadores profesionales, y gestores y responsables de centros de formación profesional, públicos. Para este objetivo, el CRN:

– Programará, partiendo de una detección de necesidades, cursos innovadores para formadores.

– Realizará la difusión del plan de perfeccionamiento del profesorado.

m) Con respecto al Objetivo 13 de promover que los CRN se certifiquen en sistemas de gestión de calidad reconocidos, así como promover iniciativas que distingan la excelencia en las actividades de formación profesional del sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Promoverá la creación de reconocimiento de buenas prácticas a través de premios y concursos de excelencia.

– Renovará los sellos de excelencia EFQM a través de la redacción de memorias de autoevaluación en los cinco CRN de la Comunidad de Madrid.

n) Con respecto al Objetivo 14 de establecer estrategias activas de comunicación en el ámbito de la formación profesional, tanto del Sistema del Empleo como del Sistema Educativo, sirviendo de enlace entre las instituciones de formación e innovación y los sectores productivos. Para este objetivo, el CRN:

– Diseñará un plan de comunicación en la Familia Profesional de Informática y Comunicaciones.

o) Con respecto al Objetivo 15 de establecer vínculos de colaboración de los CRN con el sector productivo del ámbito calificado a nivel nacional, con entidades públicas y privadas, con los agentes sociales, estableciendo redes virtuales y acuerdos de transferencias tecnológicas, innovación y experimentación de actividades y productos, intercambio de actividades y recursos en programas e iniciativas nacionales e internacionales. Participar en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo, Erasmus+, European Vocational Skills Week y en las competiciones SpainSkills, WorldSkills International y WorldSkills Europe. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en jornadas de difusión y otras actividades de divulgación e intercambio a nivel nacional e internacional a través de proyectos europeos en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

p) Con respecto al Objetivo 16 de difundir en el entorno empresarial y social las acciones de innovación y experimentación desarrolladas y colaborar en el establecimiento de un sistema de comunicación que permita compartir información sobre estándares de calidad y de buenas prácticas entre los distintos CRN. Para este objetivo, el CRN:

– Organizará para el entorno empresarial y para trabajadores desempleados jornadas de difusión, conferencias, «MasterClass» y otras actividades de divulgación e intercambio en las Áreas Profesionales en las que es CRN y su difusión en el entorno social.

q) Con respecto al Objetivo 17 de ejecutar proyectos o nuevas acciones específicas con significación para el empleo que puedan surgir vinculados a la estacionalidad del mercado de trabajo, cambios tecnológicos o necesidades emergentes de cualificación de los trabajadores. Para este objetivo, el CRN:

– Responderá a las nuevas necesidades o a situaciones sobrevenidas que afectan a las Áreas Profesionales en las que es CRN.

r) Con respecto al Objetivo 18 de programar acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres, así como personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión y ocupaciones poco representadas. Para este objetivo, el CRN:

– Programará una acción formativa para colectivos vulnerables o necesidades especiales con prácticas en empresa.

s) Con respecto al Objetivo 19 de desarrollar proyectos innovadores basados en TIC´s para fomentar la inserción en procesos de formación y empleo dirigido a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión social y profesiones con escasa representación de mujeres. Para este objetivo, el CRN:

– Desarrollará proyectos vinculados a acciones dirigidas a la formación para la inserción de jóvenes y parados de larga duración.

– Utilizará las herramientas y recursos desarrollados en proyectos, como por ejemplo WAMDIA, cuyo objetivo es sensibilizar a la sociedad en la creación y consumo de contenido accesible digitalmente para colectivos con diversidad funcional. Creación de módulos transversales que sean integrados en la formación.

– Desarrollará proyectos en el ámbito STEAM (Science, Technology, Engineering, Arts, Mathematics) dirigidos a mujeres que permitan incrementar su inserción laboral.

Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión medioambiental y desarrollo sostenible, seguridad y salud laboral.

Cuatro. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Máquinas electromecánicas.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018, las partes acuerdan como objetivos del plan de actuación plurianual 2019-2022 del CRN de Máquinas electromecánicas en su ámbito de actuación.

a) Con respecto al Objetivo 1 establecer un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN: Plan de Perfeccionamiento de formadores, Cursos abiertos de carácter nacional, y Acciones de innovación y experimentación. Para este objetivo, el CRN se compromete a:

– Participar en el diseño y elaboración de un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN.

b) Con respecto al Objetivo 2 crear un portal web de CRN para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, donde se describa su actividad, funciones, relaciones entre centros, actividades innovadoras, etc., dándole un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño del portal web de CRN que se cree, para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, informando periódicamente de su actividad, funciones, relaciones con otros centros, actividades innovadoras, etc., con un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente, además de permitir la comunicación y compartición de experiencias entre los diferentes CRNs.

– Difundirá las actividades significativas y relevantes, con interés pare diferentes sectores de la población, alumnado, empresas, otros centros formativos, etc., que se desarrollen en el CRN.

c) Con respecto al Objetivo 3 participar y promover la actualización permanente del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, no sólo en la oferta formativa de Certificados de Profesionalidad, sino por medio de la elaboración de programas de curso y nuevos itinerarios formativos que favorezcan una alta empleabilidad, flexibilizando la formación profesional para el empleo y vinculados a los requerimientos del sistema productivo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en las Reuniones de los grupos de trabajo para la actualización de Certificados de Profesionalidad del Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

– Propondrá programas de cursos innovadores e itinerarios formativos que favorezcan la empleabilidad, con la inclusión de especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, flexibilizando la formación profesional y manteniéndola al día de las novedades y cambios en el Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

– Promoverá la creación de mesas permanentes de trabajo que involucren a todos los agentes de la Familia Profesional: empresas, sindicatos, asociaciones profesionales, centros acreditados e inscritos, universidades, centros integrados de formación profesional, etc. con el objetivo de flexibilizar la formación profesional, manteniéndola al día de las novedades y cambios que se produzcan.

d) Con respecto al Objetivo 4 de elaborar las Guías de Aprendizaje y Evaluación, así como otras herramientas, materiales, prototipos y simuladores, u otros medios didácticos para favorecer la formación de las especialidades asignadas al CRN, tanto en modalidad de impartición presencial como teleformación. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará las Guías de Aprendizaje y Evaluación de los Certificados de Profesionalidad correspondientes al Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

e) Con respecto al Objetivo 5 de colaborar con el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, que aborda periódicamente el análisis en profundidad de sectores productivos. Colaborar en los estudios que permitan conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos. Para este objetivo, el CRN:

– Emitirá informes a propuesta del Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

– Remitirá al SEPE propuestas sobre nuevas necesidades formativas detectadas en el Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

– Organizará foros de discusión con principales empresas y organizaciones representantes del sector, con la finalidad de conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos, con la finalidad, entre otras, de colaborar en Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

f) Con respecto al Objetivo 6 de elaborar mapas sectoriales en el que estén incluidas empresas, clusters, parques tecnológicos, asociaciones empresariales, instituciones educativas o dedicadas a la formación, expertos y formadores, y establecer mecanismos para su actualización permanente. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará y/o actualizará mapas sectoriales del Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

– Elaborará programas formativos de las nuevas especialidades que se correspondan con ocupaciones vinculadas al Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

– Desarrollará herramientas para la recopilación de datos que ayuden al análisis y toma de decisiones.

g) Con respecto al Objetivo 7 de colaborar con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales en lo establecido en los artículo 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales del Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

h) Con respecto al Objetivo 8 de fomentar la colaboración entre CRNs para el desarrollo de proyectos y objetivos comunes. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en grupos de trabajo en sectores relacionados con el Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

i) Con respecto al Objetivo 9 de participar en la actualización de los Instrumentos y Acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Fundamentalmente colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, de acuerdo a los requerimientos del sistema productivo en el sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en los grupos de trabajo establecidos con el INCUAL para la actualización de Cualificaciones Profesionales y elaboración de los módulos formativos del Catálogo Modular.

– Promoverá la creación de reconocimiento de buenas prácticas a través de premios y concursos de excelencia.

– Propondrá la revisión de las cualificaciones profesionales del Área de Máquinas Electromecánicas.

j) Con respecto al Objetivo 10 de colaborar en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, de acuerdo con el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará en las convocatorias de pruebas de acreditación de competencias del Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

k) Con respecto al objetivo 11 desarrollar acciones de apoyo, orientación e información al emprendimiento y autoempleo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Apoyará en el asesoramiento en planes de viabilidad y/o realización de seminarios informativos de ayuda al autoempleo a nivel estatal en el Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

l) Con respecto al Objetivo 12 de realizar acciones de formación para la mejora y actualización de las competencias de formadores por medio del Plan para el perfeccionamiento del profesorado, artículo 22.3 de la citada Ley 30/2015, de 9 de septiembre, a profesores, evaluadores y asesores del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, orientadores profesionales, y gestores y responsables de centros de formación profesional, públicos. Para este objetivo, el CRN:

– Programará, partiendo de una detección de necesidades, cursos innovadores para formadores, pertenecientes al Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

– Realizará la difusión del plan de perfeccionamiento del profesorado.

m) Con respecto al Objetivo 13 de promover que los CRNs se certifiquen en sistemas de gestión de calidad reconocidos, así como promover iniciativas que distingan la excelencia en las actividades de formación profesional del sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Renovará los sellos de excelencia EFQM a través de la redacción de memorias de autoevaluación en los cinco CRN de la Comunidad de Madrid.

n) Con respecto al Objetivo 14 de establecer estrategias activas de comunicación en el ámbito de la formación profesional, tanto del Sistema del Empleo como del Sistema Educativo, sirviendo de enlace entre las instituciones de formación e innovación y los sectores productivos. Para este objetivo, el CRN:

– Establecerá un plan de comunicación en la Familia de Electricidad y Electrónica.

o) Con respecto al Objetivo 15 de establecer vínculos de colaboración de los CRN con el sector productivo del ámbito calificado a nivel nacional, con entidades públicas y privadas, con los agentes sociales, estableciendo redes virtuales y acuerdos de transferencias tecnológicas, innovación y experimentación de actividades y productos, intercambio de actividades y recursos en programas e iniciativas nacionales e internacionales. Participar en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo, Erasmus+, European Vocational Skills Week y en las competiciones SpainSkills, WorldSkills International y WorldSkills Europe. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en jornadas de difusión y otras actividades de divulgación e intercambio a nivel nacional e internacional a través de proyectos europeos en el Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

p) Con respecto al Objetivo 16 difundir en el entorno empresarial y social las acciones de innovación y experimentación desarrolladas y colaborar en el establecimiento de un sistema de comunicación que permita compartir información sobre estándares de calidad y de buenas prácticas entre los distintos CRN. Para este objetivo, el CRN:

– Organizará para el entorno empresarial y para trabajadores desempleados jornadas de difusión, conferencias, «MasterClass» y otras actividades de divulgación e intercambio en al Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

q) Con respecto al Objetivo 17 de ejecutar proyectos o nuevas acciones específicas con significación para el empleo que puedan surgir vinculados a la estacionalidad del mercado de trabajo, cambios tecnológicos o necesidades emergentes de cualificación de los trabajadores. Para este objetivo, el CRN:

– Responderá a las nuevas necesidades o a situaciones sobrevenidas que afectan al Área Profesional de Máquinas Electromecánicas.

r) Con respecto al Objetivo 18 de Programar acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres, así como personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión y ocupaciones poco representadas. Para este objetivo, el CRN:

– Programará una acción formativa de Certificado de Profesionalidad para colectivos vulnerables o necesidades especiales con prácticas en empresa.

s) Con respecto al Objetivo 19 de desarrollar proyectos innovadores basados en TIC´s para fomentar la inserción en procesos de formación y empleo dirigido a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión social y profesiones con escasa representación de mujeres. Para este objetivo, el CRN:

– Desarrollará proyectos vinculados a acciones dirigidas a la formación para la inserción de jóvenes y parados de larga duración.

– Utilizará las herramientas y recursos desarrollados en proyectos, como por ejemplo WAMDIA, cuyo objetivo es sensibilizar a la sociedad en la creación y consumo de contenido accesible digitalmente para colectivos con diversidad funcional. Creación de módulos transversales que sean integrados en la formación.

– Desarrollará proyectos en el ámbito STEAM (Science, Technology, Engineering, Arts, Mathematics) dirigidos a mujeres que permitan incrementar su inserción laboral.

Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión medioambiental y desarrollo sostenible, seguridad y salud laboral.

Cinco. Objetivos del Centro de Referencia Nacional de Administración, seguros y finanzas.

De conformidad con los objetivos prioritarios para todos los CRN establecidos en el Plan de Actuación Plurianual Estatal aprobado por la LXXI Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional en reunión de 10 de octubre de 2018, las partes acuerdan como objetivos del plan de actuación plurianual 2019-2022 del CRN de Administración, seguros y finanzas en su ámbito de actuación.

a) Con respecto al Objetivo 1 de establecer un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN: Plan de Perfeccionamiento de formadores, Cursos abiertos de carácter nacional, y Acciones de innovación y experimentación.Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño y elaboración de un protocolo de mejora para los procedimientos de gestión comunes a los Planes de Trabajo de los CRN.

b) Con respecto al Objetivo 2 de crear un portal web de CRN para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, donde se describa su actividad, funciones, relaciones entre centros, actividades innovadoras, etc., dándole un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en el diseño del portal web de CRN que se cree, para dar a conocer a la sociedad la naturaleza, funciones y actividades que desarrollan los CRN, informando periódicamente de su actividad, funciones, relaciones con otros centros, actividades innovadoras, etc., con un tratamiento fundamentalmente audiovisual y que contemple una estrategia de comunicación eficiente, además de permitir la comunicación y compartición de experiencias entre los diferentes CRNs.

– Difundirá las actividades significativas y relevantes, con interés pare diferentes sectores de la población, alumnado, empresas, otros centros formativos, etc., que se desarrollen en el CRN.

c) Con respecto al Objetivo 3 de participar y promover la actualización permanente del Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, no sólo en la oferta formativa de Certificados de Profesionalidad, sino por medio de la elaboración de programas de curso y nuevos itinerarios formativos que favorezcan una alta empleabilidad, flexibilizando la formación profesional para el empleo y vinculados a los requerimientos del sistema productivo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en las Reuniones de los grupos de trabajo para la actualización de Certificados de Profesionalidad de las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Propondrá programas de cursos innovadores e itinerarios formativos que favorezcan la empleabilidad, con la inclusión de especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE.

– Promoverá la creación de mesas permanentes de trabajo que involucren a todos los agentes de la Familia Profesional: empresas, sindicatos, asociaciones profesionales, centros colaboradores, universidades, centros integrados de formación profesional, etc. con el objetivo de flexibilizar la formación profesional, manteniéndola al día de las novedades y cambios que se produzcan.

d) Con respecto al Objetivo 4 de elaborar las Guías de Aprendizaje y Evaluación, así como otras herramientas, materiales, prototipos y simuladores, u otros medios didácticos para favorecer la formación de las especialidades asignadas al CRN, tanto en modalidad de impartición presencial como teleformación. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará Guías de Aprendizaje y Evaluación pendientes de realizar de aquellos Certificados de Profesionalidad que estén actualizados de las Áreas Profesionales de «Administración y Auditoría» y «Finanzas y Seguros».

– Gestionará de manera colaborativa la generación de herramientas, materiales, procedimientos y simuladores u otros medios didácticos para favorecer la formación en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

e) Con respecto al Objetivo 5 de colaborar con el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, que aborda periódicamente el análisis en profundidad de sectores productivos. Colaborar en los estudios que permitan conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos. Para este objetivo, el CRN:

– Emitirá informes a propuesta del Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

– Remitirá al SEPE propuestas sobre nuevas necesidades formativas detectadas en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Organizará foros de discusión con las principales empresas y organizaciones representantes del sector, con la finalidad de conocer la situación, tendencia y evolución del sector, sus posibilidades de generación de empleo, las actividades económicas y ocupaciones con mejores perspectivas de empleo, las competencias más solicitadas por las empresas y las necesidades formativas que se pueden generar a partir de las nuevas actividades y los permanentes y rápidos cambios tecnológicos, con la finalidad entre otras de colaborar en el Observatorio de las ocupaciones del SEPE.

f) Con respecto al Objetivo 6 elaborar mapas sectoriales en el que estén incluidas empresas, clústeres, parques tecnológicos, asociaciones empresariales, instituciones educativas o dedicadas a la formación, expertos y formadores, y establecer mecanismos para su actualización permanente. Para este objetivo, el CRN:

– Elaborará y/o actualizará mapas sectoriales de las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Elaborará/actualizará programas formativos de las nuevas especialidades que se correspondan con ocupaciones vinculadas a las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Desarrollará herramientas para la recopilación de datos que ayuden al análisis y toma de decisiones.

g) Con respecto al Objetivo 7 colaborar con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales en lo establecido en los artículo 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y las Estructuras Paritarias Sectoriales en las Áreas Profesionales en las que es CRN.

h) Con respecto al Objetivo 8 de fomentar la colaboración entre CRN’s para el desarrollo de proyectos y objetivos comunes. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en grupos de trabajo en sectores relacionados con las Áreas Profesionales en las que es CRN.

i) Con respecto al Objetivo 9 de participar en la actualización de los Instrumentos y Acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Fundamentalmente colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, de acuerdo a los requerimientos del sistema productivo en el sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en los grupos de trabajo establecidos con el INCUAL en las Áreas Profesionales en las que es CRN para la actualización de Cualificaciones Profesionales y elaboración de los módulos formativos del Catálogo Modular.

– Propondrá la realización y revisión de las cualificaciones profesionales de las Áreas Profesionales en las que es CRN.

– Propondrá la revisión global de la estructura de toda la Familia Profesional de Administración y Gestión, especialmente en:

• Lo referente a la transversalidad de los Certificados de Profesionalidad de nivel 1, necesarios en todas las Áreas Profesionales de dicha Familia.

• La revisión de las cualificaciones profesionales en aspectos relacionados con el cumplimiento de la normativa nacional conducente al ejercicio de la profesión.

j) Con respecto al Objetivo 10 de colaborar en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, de acuerdo con el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Para este objetivo, el CRN:

– Colaborará en las convocatorias de pruebas de acreditación de competencias en las Áreas profesionales en las que es CRN.

k) Con respecto al Objetivo 11 de desarrollar acciones de apoyo, orientación e información al emprendimiento y autoempleo en la Familia Profesional de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Realizará el Asesoramiento en planes de viabilidad y/o realización de seminarios informativos de ayuda al autoempleo a nivel estatal en las Áreas profesionales en las que es CRN.

l) Con respecto al Objetivo 12 de realizar acciones de formación para la mejora y actualización de las competencias de formadores por medio del Plan para el perfeccionamiento del profesorado, artículo 22.3 de la citada Ley 30/2015, de 9 de septiembre, a profesores, evaluadores y asesores del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, orientadores profesionales, y gestores y responsables de centros de formación profesional, públicos. Para este objetivo, el CRN:

– Programará, partiendo de una detección de necesidades, cursos innovadores para formadores.

– Realizará la difusión del plan de perfeccionamiento del profesorado.

m) Con respecto al Objetivo 9 de promover que los CRN se certifiquen en sistemas de gestión de calidad reconocidos, así como promover iniciativas que distingan la excelencia en las actividades de formación profesional del sector de referencia. Para este objetivo, el CRN:

– Promoverá la creación de reconocimiento de buenas prácticas a través de premios y concursos de excelencia.

– Renovará los sellos de excelencia EFQM a través de la redacción de memorias de autoevaluación en los cinco CRN de la Comunidad de Madrid.

n) Con respecto al Objetivo 14 de establecer estrategias activas de comunicación en el ámbito de la formación profesional, tanto del Sistema del Empleo como del Sistema Educativo, sirviendo de enlace entre las instituciones de formación e innovación y los sectores productivos. Para este objetivo, el CRN:

– Establecerá un plan de comunicación del CRN en la Familia Profesional de Administración y Gestión.

o) Con respecto al Objetivo 15 de establecer vínculos de colaboración de los CRN con el sector productivo del ámbito calificado a nivel nacional, con entidades públicas y privadas, con los agentes sociales, estableciendo redes virtuales y acuerdos de transferencias tecnológicas, innovación y experimentación de actividades y productos, intercambio de actividades y recursos en programas e iniciativas nacionales e internacionales. Participar en iniciativas y programas de FP de ámbito europeo, ERASMUS+, European Vocational Skills Week y en las competiciones SpainSkills, WorldSkills International y WorldSkills Europe. Para este objetivo, el CRN:

– Participará en jornadas de difusión y otras actividades de divulgación e intercambio a nivel nacional e internacional a través de proyectos europeos de las Áreas Profesionales en las que es CRN.

p) Con respecto al Objetivo 16 de difundir en el entorno empresarial y social las acciones de innovación y experimentación desarrolladas y colaborar en el establecimiento de un sistema de comunicación que permita compartir información sobre estándares de calidad y de buenas prácticas entre los distintos CRN. Para este objetivo, el CRN:

– Organizará para el entorno empresarial y para trabajadores desempleados jornadas de difusión, conferencias, «MasterClass» y otras actividades de divulgación e intercambio en las áreas en las que es CRN.

q) Con respecto al Objetivo 17 de ejecutar proyectos o nuevas acciones específicas con significación para el empleo que puedan surgir vinculados a la estacionalidad del mercado de trabajo, cambios tecnológicos o necesidades emergentes de cualificación de los trabajadores. Para este objetivo, el CRN:

– Responderá a las nuevas necesidades o a situaciones sobrevenidas que afectan a las áreas en las que es CRN.

r) Con respecto al Objetivo 18 de programar acciones dirigidas a activar y mejorar la empleabilidad de mujeres, así como personas con discapacidad y otros colectivos en riesgo de exclusión y ocupaciones poco representadas. Para este objetivo, el CRN:

– Programará una acción formativa de Certificado de Profesionalidad para colectivos vulnerables o necesidades especiales con prácticas en empresa.

s) Con respecto al Objetivo 19 de desarrollar proyectos innovadores basados en TIC´s para fomentar la inserción en procesos de formación y empleo dirigido a sectores de discapacidad, en riesgo de exclusión social y profesiones con escasa representación de mujeres. Para este objetivo, el CRN:

– Desarrollará proyectos vinculados a acciones dirigidas a la formación para la inserción de jóvenes y parados de larga duración.

– Utilizará las herramientas y recursos desarrollados en proyectos, como por ejemplo WAMDIA, cuyo objetivo es sensibilizar a la sociedad en la creación y consumo de contenido accesible digitalmente para colectivos con diversidad funcional. Creación de módulos transversales que sean integrados en la formación.

– Desarrollará proyectos en el ámbito STEAM (Science, Technology, Engineering, Arts, Mathematics) dirigidos a mujeres que permitan incrementar su inserción laboral.

Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión medioambiental y desarrollo sostenible, seguridad y salud laboral.

Tercera. Evaluación.

Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional, la evaluación de Plan de Actuación Plurianual de cada uno de los Centros de Referencia nacional, deberá realizarse una vez finalizado el plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo Anuales específicos del centro, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo respectivo.

Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos, los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerde por las partes en cada Plan de Trabajo;

1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de Trabajo Anual.

2) Niveles de cumplimento cualitativos de los objetivos marcados, como por ejemplo, contenido de las acciones innovadoras, aplicación de las mismas, grado de aceptación en otros centros de formación.

3) Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio de actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus actividades.

4) Valoración de CRN y de las actividades que lleva a cabo, por los participantes de las mismas, en un doble plano:

i) En lo referente al contenido de su actividad innovadora, para lo que se valorará la aplicación práctica en la docencia de las mismas, así como su viabilidad y proyección de futuro.

ii) En lo referente a la actividad de difusión, a través de la participación de los sectores implicados en la estructura del CRN, en la planificación de sus contenidos, así como en su colaboración en las actividades del CRN, especialmente en el estudio, creación y producción que redunden y/o complementen la misma.

iii) En su caso, las actividades formativas que realice.

5) Nivel de incorporación de las actividades de investigación e innovadoras a los planes de estudio o itinerarios formativos dentro de la Comunidad Autónoma, así como en otras Comunidades Autónomas. En este apartado se valorará, específicamente, el grado de modificación que, en su caso, soporten los itinerarios formativos como consecuencia de las actividades innovadoras ejecutadas por el CRN.

6) Acciones en el ámbito exterior, especialmente en los foros relativos a la formación profesional de personal adultas, mujeres, personas con algún tipo de discapacidad y personas en riesgo de exclusión social.

7) Premios, menciones y reconocimientos de entidades del sector público o del sector privado, de acreditado prestigio, en el ámbito de la formación profesional.

Cuarta. Aspectos económicos.

El presente Convenio carece de contenido económico y no genera obligaciones ni contraprestaciones económicas entre las partes firmantes, las cuales asumirán los costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos corrientes.

Según se establece en los artículos 7.2 y 8.1 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social financiarán las actividades contempladas en el respectivo Plan de Trabajo Anual que prevé la normativa de aplicación, a través de subvenciones de concesión directa, condicionada a la disponibilidad presupuestaria.

En las resoluciones por las que se otorguen estas subvenciones se establecerán las condiciones y compromisos aplicables y el régimen de justificación de la aplicación dada a las subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así mismo, facilitará, en su caso, las inversiones requeridas para la actualización de los equipamientos que se consideren necesarios para su adecuado funcionamiento.

Quinta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia, control, coordinación y cooperación. Comisión de coordinación y seguimiento.

Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes se crea la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este Convenio que tendrá composición paritaria y estará constituida por cuatro personas: dos designadas por la Administración General del Estado y dos designadas por la Administración autonómica.

Las personas representantes del Servicio Público de Empleo Estatal y del Ministerio de Educación y Formación Profesional, serán designadas por los titulares de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal y de la Dirección General de Formación Profesional, respectivamente.

Su régimen de funcionamiento se regirá por las bases siguientes:

– La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, o a petición de cualquiera de las partes firmantes. Los miembros de la Comisión podrán asistir acompañados por los técnicos, que no tendrán voz ni voto en las reuniones.

– La Presidencia de la Comisión tendrá una sede rotativa, en función de la parte firmante que ostente la Presidencia.

– La Presidencia será designada de entre sus representantes en la Comisión por la parte firmante a la que le corresponda ejercerla.

– La Presidencia de la Comisión se ostentará alternativamente, por periodos de doce meses, por la Administración Autonómica y la Administración General del Estado, y, a su vez en el turno de esta última, alternativamente por el Ministerio de Educación, y Formación Profesional y por el Servicio Público de Empleo Estatal.

– La Secretaría de la Comisión, con voz pero sin voto, corresponderá a un funcionario designado por la persona que ejerza la presidencia, de entre el personal de las Administraciones que firman el Convenio.

La Comisión desarrollará las siguientes funciones:

1. Aprobar las evaluaciones de los Planes de actuación plurianuales.

2. Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del presente Convenio.

3. Intercambiar información y coordinación permanente que sea de utilidad para la elaboración y cumplimiento de los objetivos marcados.

4. Realizar el seguimiento de las incidencias que puedan surgir en el ámbito de cada Plan de actuación plurianual, a fin de dar una solución rápida y concreta a los problemas de funcionamiento que se puedan ocasionar.

5. Resolver las controversias que surjan con ocasión de la ejecución del Convenio.

Al objeto de fortalecer los propósitos comunes de todas las Administraciones públicas intervinientes y para contribuir de manera integral a obtener el rendimiento adecuado al esfuerzo en todas las materias realizado por las partes, el instrumento de cooperación del párrafo primero deberá –además de ejercer las funciones atribuidas– encaminar su actividad al objetivo común de facilitar una formación profesional para el empleo más competitiva, de manera colaborativa, conforme a los fines establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero.

En lo no regulado expresamente con arreglo a los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II, del título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Naturaleza jurídica y jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, se regula por las disposiciones contenidas en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; se encuadra en el tipo de Convenio establecido en artículo 47.2.a) del citado texto legal.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer de las controversias que puedan surgir del presente Convenio y no sean resueltas por mutuo acuerdo de las partes mediante el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control señalado en la cláusula quinta.

Séptima. Resolución.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al presidente de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este Convenio que corresponda según lo señalado en la cláusula quinta y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, la Comisión de Coordinación y Seguimiento podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que considere oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, trascurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Vigencia y modificación del Convenio.

El presente Convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes, incluidos los Planes de Actuación Plurianuales que contiene y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la justificación de las actuaciones en las resoluciones concesorias de subvenciones a que se refiere la cláusula cuarta, y sin que, en ningún caso, la vigencia del Convenio pueda ser superior a cuatro años.

En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman las partes intervinientes el presente Convenio, por triplicado ejemplar en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.–La Directora General de Formación Profesional, Clara Sanz López.–El Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, P.D. (Orden de 14 de septiembre de 2015, BOCM, del 17), el Viceconsejero de Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García Martín.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid