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Documento BOE-A-2019-12431

Resolución de 16 de julio de 2019, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 2019, páginas 93976 a 93987 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-12431

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en adelante LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril, el Real Decreto 1312/2007 de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, el Real Decreto 1313/2007 de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; los Estatutos de la Universitat Politècnica de Catalunya (en adelante EUPC) y el «Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente», aprobado en el Consejo de Gobierno de fecha 30 de marzo de 2009, que constituye las bases generales de los concursos de acceso del personal docente e investigador de la Universitat Politècnica de Catalunya.

De acuerdo con la Oferta Pública de Ocupación de Personal Docente e Investigador de la UPC para el año 2018 aprobada por los acuerdos del Consejo de Gobierno 2018/05/18 y 2018/07/22 y de acuerdo con la resolución 1181/2019, de 10 de julio, por la que se declara desierto el concurso con referencia CU-101/701, convocado por resolución 810/2019 de 10 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 29 de mayo de 2019, correspondiente a la Oferta Pública de Ocupación del año 2017.

De acuerdo con el artículo 19.Uno.7 de la Ley de Presupuestos General del Estado para el 2018, la vigencia de la cual está prorrogada para el 2019, que establece que no computarán dentro del límite máximo de plazas derivadas de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

En aplicación de los Acuerdo CG 2019/03/35 del Consejo de Gobierno, del 24 de mayo de 2019, por el cual se aprueba la convocatoria de concursos de selección de profesorado funcionario al cuerpo de Catedrático/a de Universidad, y en aplicación del Acuerdo del CG 2019/01/12 del Consejo de Gobierno, del 25 de febrero de 2019, por el que se aprueba, entre otras, la convocatoria del concurso CU-101/701, declarado desierto por resolución 1181/2019, de 10 de julio.

Y en uso de las atribuciones que le tengo conferidas de acuerdo con los Estatutos de esta Universidad, resuelvo:

Primero y único.

Convocar a concurso 5 plazas del cuerpo de Catedrático de Universidad, 4 plazas en turno libre y 1 plaza de promoción interna, de acuerdo con las bases específicas que figuran en el anexo de la presente resolución.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de la jurisdicción contenciosa-administrativa, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente un recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el rector de la UPC, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o, en su caso, desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Barcelona, 16 de julio de 2019.–El Rector, Francesc Torres Torres.

ANEXO I
Bases específicas de la resolución 1211/2019 de 16 de julio

1. Normas generales

1.1 Estos concursos se regirán por lo dispuesto en la LOU; Real Decreto-Ley 10/2015, del 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía; el Real Decreto 1313/2007; los EUPC; el «Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente», aprobado en el Consejo de Gobierno de 30 de marzo de 2009, que son las bases generales, y por las bases específicas de esta convocatoria; y con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la legislación general de funcionarios civiles del Estado y, en particular, en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Las presentes bases específicas, serán comunes tanto para turno libre como para promoción interna, salvo lo referente al criterio específico de participación recogido en la base 2.2.

1.2 De acuerdo con el que dispone el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la publicación de las resoluciones detalladas en la página web de la UPC https://concursospdi.upc.edu, en el apartado de «Convocatoria de concursos > Concursos PDI funcionario > Resolución 1211/2019», se considera que se ha hecho de manera oportuna la notificación a las personas interesadas y se inician los plazos para posibles reclamaciones o recursos.

1.3 Los días con la consideración de inhábil, a efecto de estas bases, son los que se encuentran publicados en: https://seuelectronica.upc.edu/ca/sobre-la-seu/eines/calendari-dies-inhabils-2019.

2. Requisitos de las personas candidatas

Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

2.1 Requisitos generales:

a) No exceder de setenta años.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de tener nacionalidad de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Que hayan transcurrido dos años desde que se haya obtenido una plaza tras un concurso de acceso.

2.2 Requisitos específicos:

a) En los concursos de turno libre disponer de la acreditación para el Cuerpo Docente de Catedráticos de Universidad o bien disponer del certificado conforme se encuentra habilitado o habilitada al Cuerpo de Catedráticos de Universidad conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, o bien poseer la condición de funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

b) En los concursos de promoción interna, disponer de la acreditación para el Cuerpo Docente de Catedráticos de Universidad o bien disponer del certificado conforme se encuentra habilitado o habilitada al Cuerpo de Catedráticos de Universidad conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de Julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos.

Además deberán disponer de una antigüedad de al menos dos años de servicios efectivos bajo alguna de estas dos condiciones:

1. Funcionarios del cuerpo de profesores titulares de universidad de las distintas universidades del territorio nacional.

2. Funcionarios de la escala de investigadores científicos de organismos públicos de investigación.

Los requisitos generales y específicos se deberán cumplir en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión de la plaza.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la correspondiente solicitud, al rector de la Universitat Politècnica de Catalunya, según el modelo establecido en la página web https://concursospdi.upc.edu, en el apartado de «Convocatoria de concursos > Concursos PDI funcionario > Resolución 1211/2019», al Registro General de la Universidad, edificio Vèrtex, plaza Eusebio Güell núm. 6, 08034 Barcelona, o en los registros públicos de la UPC, que se pueden consultar en la dirección web https://www.upc.edu/patrimoni/ca/registres-publics, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrán presentar la solicitud a través de la sede electrónica de la UPC accediendo al trámite que se encuentra en la página web https://seuelectronica.upc.edu/ca/tramits/convocatories-de-concursos-i-oposicions-del-PDI

El período de presentación de solicitudes se iniciará el 3 de septiembre de 2019 y finalizará el 23 del mismo mes, ambos incluidos.

3.2 Tasa de inscripción. En aplicación del Acuerdo CS 2019/04/19, de 15 de julio, del Consejo Social por el cual se aprueban los derechos de inscripción en convocatorias de selección de personal, los aspirantes deberán abonar a la Universitat Politècnica de Catalunya, en concepto de derechos de inscripción, la tasa de 69,25€ euros por concurso. Sobre este importe se aplicará las reducciones y/o exenciones establecidas en la Orden GAH/83/2017, de 9 de mayo, publicada el 12 de mayo de 2017 en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en la cuenta corriente IBAN ES96 2100 3648 9925 0000 1536 de CaixaBank (Código SWIFT: CAIXESBB) –concursos y oposiciones– indicando el nombre y apellidos, el DNI y el código de la plaza a la cual se desea concursar. La falta de abono de esta tasa durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.3 Junto con la solicitud por concurso se deberán adjuntar los siguientes documentos:

a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Copia de la certificación en la que se acredite el cumplimiento del requisito específico de la base 2.2, según se presente a un concurso de turno libre o a un concurso de promoción interna.

c) Copia del documento que acredite el ingreso de la tasa de inscripción, conforme a lo establecido en la base 3.2. En el caso de aplicarse reducciones i/o exenciones establecidas legalmente, presentar el documento que certifique el motivo.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el vicerrector de Política de Personal Docente e Investigador de la Universitat Politècnica de Catalunya, dictará una resolución en el plazo máximo de quince días hábiles, con la que declarará aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos. En caso de exclusión se indicará su causa.

Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el rector, en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la relación de admitidos y excluidos.

4.2 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el vicerrector de Política de Personal Docente e Investigador dictará una resolución aprobando la relación definitiva de candidatos admitidos y excluidos

4.3 A los aspirantes excluidos definitivamente del proceso selectivo que lo soliciten, se los reintegrará el importe correspondiente de la tasa, siempre que la causa de la exclusión no sea imputable al aspirante.

5. Composición de la Comisión

5.1 La composición de las comisiones de acceso (en adelante, CAP) son las que figuran en el anexo II de la presente convocatoria.

5.2 El nombramiento de los miembros es efectiva mediante la presente resolución.

5.3 Los miembros de las comisiones tienen el deber de guardar el debido sigilo y confidencialidad respecto de los asuntos que conozca, así como los datos de carácter personal o cualquier información que haga referencia a personas físicas identificadas o identificables.

5.4 A efectos de comunicaciones y otras incidencias, las comisiones tienen la sede en el Área de Personal y Organización, planta 3 del edificio Vértice, plaza Eusebi Güell, 6, 08034 Barcelona. Se pueden a la dirección de correo electrónico concursos.pdi.apo@upc.edu, especificando en el asunto «Concursos PDI funcionario».

5.5 La junta de PDI funcionario podrá designar un representante por concurso, que deberá ser del cuerpo docente de catedrático de universidad o equivalente y que tendrá derecho a voz pero sin voto en las actuaciones de la comisión.

6. Desarrollo del concurso

Los concursos se desarrollarán de acuerdo con el Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente en cuatro fases: constitución de la CAP, acto de presentación de documentación de las personas candidatas, desarrollo de las pruebas y propuesta de nombramiento.

En la realización de los concursos se han de garantizar los principios de publicidad e igualdad de oportunidades de los aspirantes, los de mérito y capacidad y el de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

La Universidad garantiza la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y adopta las medidas necesarias para adaptarse a las necesidades específicas para garantizar la igualdad en el acceso, de acuerdo con la legislación que está aplicable.

6.1 Constitución de la CAP.

La CAP debe constituirse en un plazo no inferior a los veinte días naturales a partir de la fecha de publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. La Presidenta o el Presidente, previa consulta al resto de los miembros, convocará, con una antelación mínima de quince días naturales, a todos los miembros titulares y, si procede, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución. En la notificación se indicará el día, la hora y el lugar previstos para este acto.

La constitución de la CAP puede realizarse de forma presencial o telemática, y exige la presencia de la totalidad de sus miembros. Los miembros titulares que no concurren a este acto cesan y son sustituidos por los miembros suplentes correspondientes. Una vez constituida, en el caso de ausencia de la presidenta o el presidente, ésta o éste se sustituye por el miembro más antiguo del mismo cuerpo. Los miembros de la CAP que se ausenten de la prueba de alguna de las personas concursantes cesan como miembros de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades en que hayan podido incurrir. A fin de que la CAP pueda actuar válidamente, es necesaria la participación de, como mínimo, tres de sus miembros. Si se queda con menos de tres miembros, se anulan sus actuaciones y se nombra una nueva CAP por el procedimiento establecido en este reglamento. La nueva CAP no puede incluir a los miembros de la primera que hayan cesado en esta condición.

En este acto, la CAP tendrá en cuenta los criterios generales establecidos en el anexo III, i fijará, en su caso, los criterios específicos para la valoración de las pruebas, los pesos relativos de las mismas, y las valoraciones mínimas para superarlas.

También acordaran el calendario del proceso, en el que se incluirá necesariamente la fecha del acto de presentación de documentación de las personas candidatas y de cada una de las pruebas y acordaran la convocatoria al acto de presentación de documentación y pruebas.

En la constitución podrán acordar si la primera y segunda prueba se efectuaran en una único acto para cada una de las personas candidatas.

La CAP toma sus acuerdos por mayoría; en caso de empate decide el voto de la presidenta o el presidente.

Las deliberaciones de la CAP tienen carácter secreto.

Los miembros de la CAP que no sean profesorado de la UPC tienen derecho a percibir asistencias y/o indemnizaciones por su servicio.

Corresponden a la secretaria o al secretario de la CAP las actuaciones administrativas y su gestión económica, si procede, con la ayuda del personal administrativo de la propia Universidad.

El tiempo transcurrido entre el inicio de presentación de solicitudes y la resolución de los concursos, excepto situaciones excepcionales que puedan surgir en el desarrollo, no podrá exceder de los 4 meses.

6.2 Acto de presentación de las personas candidatas.

La Presidenta o el Presidente de la CAP convocará a todas las personas admitidas a participar en el concurso, de la forma prevista en la base 1.2 y con una antelación mínima de siete días hábiles, para efectuar en primera convocatoria el acto de presentación, indicando fecha, hora y lugar previstos para el mismo.

En su caso, al cabo de 15 minutos a partir de la hora señalada inicialmente se procederá a realizar una segunda convocatoria.

Las personas candidatas que no se presenten ni a la primera ni a la segunda convocatoria, serán excluidos y no podrán continuar en el concurso.

En el acto de presentación, las personas concursantes entregarán a la Presidenta o el Presidente de la CAP la documentación necesaria y requerida para el desarrollo de las pruebas que se especifica en la base 6.3. La documentación deberá permitir valorar sus méritos académicos y su idoneidad para ocupar la plaza objeto de concurso, así como la documentación acreditativa de los méritos alegados. A continuación, la CAP determina, mediante sorteo público, el orden de actuación de las personas concursantes.

En el acto de presentación también se fijarán y harán públicas las condiciones en las que cada una de las personas concursantes puede consultar con anterioridad al inicio de las pruebas y durante un periodo mínimo de una hora, la documentación presentada por las demás. También se establecerán y se harán públicos el lugar, la fecha y la hora de inicio de las pruebas.

6.3 Desarrollo de las pruebas.

En el desarrollo del concurso se valorará el historial académico (docente, investigador, de transferencia de conocimiento y de gestión) y su adecuación al perfil de plaza. Con esta finalidad, las personas candidatas tendrán que aportar un currículum vitae completo en formato libre y otro resumido. También se valorará el proyecto académico (docente, investigador y/o de gestión) que cada persona candidata deberá elaborar y presentar en el acto de presentación de documentación. Igualmente, se valorará la capacidad para la exposición y el debate delante de la CAP en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública.

El proyecto docente desarrollará un proyecto de mejora de una de las asignaturas que figuran en el perfil de la plaza objeto de la convocatoria, dentro del contexto académico donde se imparte. El proyecto de investigación, de manera análoga, consistirá en la propuesta de desarrollo de la línea de investigación del perfil de investigación asociado con la plaza, con amplitud temática, planteamiento global que incluya la transferencia en el entorno socioeconómico y visión a largo plazo, pero integrada dentro del contexto donde se realizará. El proyecto de gestión propondrá un plan de actuación que mejore el funcionamiento de la institución desde un cargo unipersonal reconocido en el Acuerdo núm. 55/2016, de 29 de marzo, del Consejo de Gobierno.

En el supuesto de que no se establezca en el perfil la concreción de las asignaturas, el proyecto docente se elaborará sobre una materia dentro de las responsabilidades docentes especificadas en el perfil y que tendrá un mínimo de 5 y un máximo de 12 créditos ECTS.

El concurso consta de dos pruebas eliminatorias:

– Primera prueba. Exposición y debate público con los miembros de la CAP del historial académico (docente, investigador, de transferencia de conocimiento y de gestión universitaria) de la persona candidata, haciendo especial énfasis en aquellos aspectos que garanticen su idoneidad para ocupar la plaza objeto de concurso. La duración máxima de este ejercicio será de 30 minutos, seguido de un debate con los miembros de la CAP de una duración máxima de 90 minutos.

– Segunda prueba. Exposición y debate público con los miembros de la CAP de un proyecto académico (docente, investigador y de gestión) a realizar al incorporarse a la plaza objeto de concurso. El tribunal valorará especialmente la novedad y originalidad, así como la proyección de futuro del proyecto de investigación. La duración máxima de este ejercicio será de 90 minutos, seguido de un debate con los miembros de la CAP de una duración máxima también de 90 minutos.

Ambas pruebas podrán efectuarse en un único acto por cada uno de los candidatos o candidatas, a criterio de la CAP correspondiente. Esta opción tendrá que notificarse con la suficiente antelación a las persones candidatas. En todo caso, la CAP tendrá que consignar el resultado de cada uno de los ejercicios por separado.

7. Propuesta de nombramiento y recursos

Una vez resuelto el concurso, la CAP elaborará la relación de las personas que lo han superado, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida, y propondrán al rector, en el plazo de cinco días hábiles, de manera motivada y con carácter vinculante, una relación de las personas candidatas por orden de preferencia para su nombramiento, sin que esta propuesta exceda el número de plazas convocadas. Igualmente, el proceso podrá concluir con la propuesta de no proveer la plaza convocada. En el plazo máximo de cinco días después del fin de la actuación de la CAP, la secretaria o el secretario depositará en el Área de Personal y Organización, de acuerdo con la base 5.4, el expediente administrativo del concurso.

Contra la propuesta de nombramiento, las personas candidatas pueden presentar una reclamación ante el rector, en el plazo de 10 días, a contar desde la fecha de publicación de esta propuesta.

De presentarse alguna reclamación, y una vez admitida a trámite, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución.

Tal como establece el artículo 78.1 de los EUPC, la Comisión de Apelación valora las reclamaciones contra las propuestas de las comisiones de acceso y ratifica o no la propuesta reclamada. Posteriormente, el Rector dictará una resolución congruente con lo que decida la Comisión de Apelación.

8. Acreditación de requisitos y nombramiento

El candidato o la candidata propuestos para la provisión de la plaza deberán presentar en el plazo de 20 días hábiles desde la publicación de la propuesta de nombramiento, en su caso, la fotocopia compulsada de la documentación acreditativa que certifique que reúne los requisitos de la base 2. En el caso de que la universidad disponga de la documentación, no será necesaria su presentación.

El nombramiento y la toma de posesión de la persona candidata propuesta para proveer la plaza se efectuará según lo dispuesto en el apartado 18 del «Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente».

9. Derecho de acceso a la documentación

La documentación que aporten los participantes en el concurso está sujeta al artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya. Los documentos que se entreguen han de evitar información que sea innecesaria para la finalidad pretendida o que requiera una especial protección. En cualquier caso, únicamente se dará acceso a la información si no entra en conflicto con el derecho fundamental en la protección de datos de carácter personal.

ANEXO II
Perfil de las plazas y comisiones de acceso

Una plaza del cuerpo docente de catedrático/a de universidad - turno libre.

Oferta Pública de Ocupación: 2017.

Referencia del concurso: CU-101/701.

Unidad de adscripción: 701 Depto. de Arquitectura de Computadores.

Ámbito de conocimiento: Ingeniería de las TIC.

Área de conocimiento: Arquitectura y Tecnología de Computadores.

Unidad de vinculación: Facultad de Informática de Barcelona (FIB).

Actividades a realizar: Responsabilidad docente: redacción de programas y coordinación de equipos docentes: actividades de docencia, evaluación y elaboración de material de apoyo.

Todas son actividades asociadas a computing network and distributed systems, actividades relacionadas principalmente con las asignaturas Decentralized Systems y Cloud Computing (master's degree in Innovation and Research in Informatics, MIRI).

Coordinación de programas y de actividades docentes en otras universidades (doctorado Erasmus Mundus).

Desarrollo y gestión de la investigación y dirección y coordinación de grupos y proyectos, relativa a redes de computadores y sistemas distribuidos.

Dirección de tesis doctorales.

Dirección y coordinación universitaria. Relaciones externas.

Comisión de acceso (Cargo; apellidos y nombre; cuerpo/categoría; universidad):

Presidente titular: Ayguade Parra, Eduard; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretario titular: Torres Viñals, Jordi; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero titular: Arevalo Viñuales, Sergio; CU; U. Politécnica de Madrid.

Vocal segundo titular: Dimitriadis Damoulis, Yannis; CU; U. Valladolid.

Vocal tercero titular: Abascal Gonzalez, Julio; CU; U. País Vasco.

Presidente suplente: Delgado Merce, Jaime; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretario suplente: Medina Llinas, Manuel; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero suplente: Soriano Ibañez, Miquel; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal segundo suplente: Cholvi Juan, Vicente; CU; U. Jaume I.

Vocal tercero suplente: Mallorqui Franquet, Jordi Joan; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Una plaza del cuerpo docente de catedrático/a de universidad -turno libre.

Oferta Pública de Ocupación: 2018.

Referencia del concurso: CU-120/702.

Unidad de adscripción: 702 Dpto. de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.

Ámbito de conocimiento: Ingeniería Industrial.

Área de conocimiento: Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.

Unidad de vinculación: Escuela Superior de Ingenierías Industrial, Aeroespacial y Audiovisual de Terrassa (ESEIAAT).

Actividades a realizar: Responsabilidad docente: redacción de programas y coordinación de equipos docentes: actividades de docencia, evaluación y elaboración de material de apoyo.

Todas las actividades están asociadas a las asignaturas Materiales Aeroespaciales (máster universitario en Ingeniería Aeronáutica) y Taller de Diseño de Objetos de Plástico (grado en Ingeniería de Diseño Industrial y Desarrollo de Producto).

Desarrollo y gestión de la investigación y dirección y coordinación de grupos y proyectos, relativa a plásticos y composites ecológicos.

Dirección de tesis doctorales.

Dirección y coordinación universitaria. Relaciones externas.

Comisión de acceso (Cargo; apellidos y nombre; cuerpo/categoría; universidad):

Presidenta titular: Ginebra Molins, Maria Pau; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretaria titular: Maspoch Rulduà, Maria Lluïsa; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero titular: Martínez Benasat, Antonio; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal segunda titular: Salvador Moya, Ma. Dolores; CU, U. Politécnica de Valencia.

Vocal tercero titular: López Martínez, Juan; CU; U. Politécnica de Valencia.

Presidente suplente: Cabrera Marrero, José María; CU; U. Politécnica de Valencia.

Secretario suplente: Velasco Perero, José Ignacio; CC; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero suplente: Llanes Pitarch, Luis Miguel; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal segundo suplente: Balart Gimeno, Rafael, CU; U. Politécnica de Valencia.

Vocal tercera suplente: Sánchez Nacher, Lourdes; CU; U. Politécnica de Valencia.

Una plaza del cuerpo docente de catedrático/a de universidad - turno de promoción interna.

Oferta Pública de Ocupación: concurso promoción interna – habilitado por la Oferta Pública de Ocupación de 2019.

Referencia del concurso: CU-121/715.

Unidad de adscripción: 715 Dpto. de Estadística e Investigación Operativa.

Ámbito de conocimiento: Ciencias e Ingenierías Biotecnológicas.

Área de conocimiento: Estadística e Investigación Operativa.

Unidad de vinculación: Facultad de Matemáticas y Estadística (FME), Facultad de Informática de Barcelona (FIB).

Actividades a realizar: Responsabilidad docente: redacción de programas y coordinación de equipos docentes: actividades de docencia, evaluación y elaboración de material de apoyo.

Todas las actividades están asociadas a las asignaturas Ensayos Clínicos (máster universtario en Estadística e Investigación Operativa, MESIO, FME, UPC-UB); Estadística Médica (grado en Estadística, interuniversitario UB-UPC, FME), y Probabilidad y Estadística (grado en Ingeniería Informática, FIB).

Desarrollo y gestión de la investigación y dirección y coordinación de grupos y proyectos, relativa a bioestadística y bioinformática.

Dirección de tesis doctorales.

Dirección y coordinación universitaria. Relaciones externas.

Comisión de acceso (Cargo; apellidos y nombre; cuerpo/categoría; universidad):

Presidenta titular: Gómez Melis, Guadalupe; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretario titular: Sorribas Tello, Albert; CU; U. Lleida.

Vocal primera titular: Armero Cervera, Carmen; CU; U. València.

Vocal segunda titular: Galindo Villardón, Purificación; CU; U. Salamanca.

Vocal tercero titular: Cardellach López, Francesc; CU; U. Barcelona.

Presidente suplente: Ginebra Molins, Josep; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretaria suplente: Rue Monné, Montse; CC; U. Lleida.

Vocal primero suplente: Saez Zafra, Marc; CU; U. Girona.

Vocal segundo suplente: Puig Casado, Pere; CU; U. Autònoma de Barcelona.

Vocal tercero suplente: Ocaña Rebul, Jordi; PE; U. Barcelona.

Una plaza del cuerpo docente de catedrático/a de universidad - turno libre.

Oferta Pública de Ocupación: 2018.

Referencia del concurso: CU-122/739.

Unidad de adscripción: 739 Dpto. de Teoría de la Señal y Comunicaciones.

Ámbito de conocimiento: Ingenierías de las TIC.

Área de conocimiento: Teoría de la Señal y Comunicaciones.

Unidad de vinculación: Escuela de Ingeniería de Telecomunicación y Aeroespacial de Castelldefels (EETAC).

Actividades a realizar: Responsabilidad docente: redacción de programas y coordinación de equipos docentes: actividades de docencia, evaluación y elaboración de material de apoyo.

Todas las actividades están asociadas a las asignaturas Optical Networks for Cloud-based Services (master's degree in Applied Telecomunications and Engineering Management); Comunicaciones Ópticas (grado en Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación), y Sensores de Fibra Óptica: Tecnología y Aplicaciones (grado en Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación y grado en Ingeniería Telemática).

Desarrollo y gestión de la investigación y dirección y coordinación de grupos y proyectos, relativa a comunicaciones ópticas.

Dirección de tesis doctorales.

Dirección y coordinación universitaria. Relaciones externas.

Comisión de acceso (Cargo; apellidos y nombre; cuerpo/categoría; universidad):

Presidente titular: Junyent Giralt, Gabriel; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretario titular: Solé Pareta, Josep; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero titular: Sallent Ribes, Sebastià; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal segundo titular: Marzo Lázaro, José Luis; CU; U. Girona.

Vocal tercero titular: Sales Maicas, Salvador; CU; U. Politécnica de Valencia.

Presidente suplente: Casadevall Palacio, Fernando-Jose; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretario suplente: Prat Gomà, Josep Joan; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero suplente: Serrat Fernández, Juan; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal segundo suplente: Pavón Mariño, Pablo; CU; U. Politécnica de Cartagena.

Vocal tercero suplente: Larraebiti López, David; CU; U. Carlos III de Madrid.

Una plaza del cuerpo docente de catedrático/a de universidad - turno libre.

Oferta Pública de Ocupación: 2018.

Referencia del concurso: CU-123/751.

Unidad de adscripción: 751 Dpto. de Ingeniería Civil y Ambiental.

Ámbito de conocimiento: Ingeniería Civil, Geológica y Ambiental.

Área de conocimiento: Ingeniería Hidráulica.

Unidad de vinculación: Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Barcelona (ETSECCPB).

Actividades a realizar: Responsabilidad docente: redacción de programas y coordinación de equipos docentes: actividades de docencia, evaluación y elaboración de material de apoyo.

Todas las actividades están asociadas a asignaturas del ámbito de la hidrología y la hidrometeorología, en particular a las asignaturas Aplicaciones de las Observaciones Radar en Sistemas de Alerta Inmediata de Inundaciones (máster Erasmus Mundus on Flood Risk Manegement); Modelización Ambiental (máster universitario en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos); Procesos Hidrometeorológicos e Interacción con el Terreno (máster universitario de Ingeniería del Terreno); Ciclo Hidrológico Costero (grado en Ciencias y Tecnologías del Mar), y Métodos Estadísticos e Hidrología (máster universitario de Ingeniería del Terreno).

Desarrollo y gestión de la investigación y dirección y coordinación de grupos y proyectos, relativa a investigación aplicada en hidrometeorología.

Dirección de tesis doctorales.

Dirección y coordinación universitaria. Relaciones externas.

Comisión de acceso (Cargo; apellidos y nombre; cuerpo/categoría; universidad):

Presidente titular: Pujades Beneit, Luis Gonzaga; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretario titular: Martín Vide, Juan Pedro; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero titular: Roca Fabregat, Pedro; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal segundo titular: Carrera Ramírez, Jesús; PI; CSIC.

Vocal tercero titular: Francés García, Félix Ramón; CU; U. Politécnica de Valencia.

Presidente suplente: Sánchez-Arcilla Conejo, Agustín; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Secretario suplente: Sánchez Vila, Francisco Javier; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal primero suplente: Ramos Schneider, Gonzalo; CU; U. Politècnica de Catalunya.

Vocal segundo suplente: Gómez-Hernández, José Jaime; CU; UP València.

Vocal tercero suplente: López Rodríguez, José Javier; CU; U. Pública de Navarra.

ANEXO III
Criterios generales de valoración

Con carácter totalmente general, la CAP deberá valorar los siguientes aspectos de los historiales de las personas candidatas y de acuerdo con el perfil de la plaza (anexo II).

Con respecto a los méritos docentes se considerará:

A. Dedicación docente.

A.1 Docencia universitaria impartida (primeros y segundos ciclos, grado y/o posgrado).

A.2 Dirección de tesis doctorales.

A.3 Dirección de PFC, tesinas, trabajos de fin de máster y DEA.

A.4 Otros méritos relacionados con la actividad docente.

B Calidad de la actividad docente.

B.1 Evaluaciones positivas de su actividad.

B.2 Material docente original y publicaciones docentes.

B.4 Otros méritos relacionados con la calidad de la actividad docente.

C. Calidad de la formación docente.

C.1 Participación como ponente en congresos orientados a la formación docente universitaria.

C.2 Participación como asistente en congresos orientados a la formación docente universitaria.

C.3 Otros méritos relacionados con la calidad de la formación docente.

Con respecto a los méritos investigadores (incluyendo la investigación en tecnologías educativas) se tendrán en consideración:

D. Calidad y difusión de los resultados de la actividad investigadora.

D.1 Publicaciones científicas indexadas.

D.2 Otras publicaciones científicas.

D.3 Libros y capítulos de libros.

D.4 Creaciones artísticas profesionales.

E Congresos.

F. Conferencias y seminarios.

G. Calidad y número de proyectos y contratos de investigación.

G.1 Participación en proyectos y/o en contratos de investigación.

G.2 Otros méritos relacionados con la calidad y el número de proyectos y contratos de investigación.

H Calidad de la transferencia de los resultados.

H.1 Patentes y productos con registro de propiedad intelectual.

H.2 Transferencia de conocimiento en el sector productivo.

H.3 Otros méritos relacionados con la calidad de la transferencia de los resultados.

I. Movilidad del profesorado.

I.1 Estancias en centros de investigación.

I.2 Otros méritos relacionados con la movilidad del profesorado.

J. Otros méritos relacionados con la actividad investigadora.

Con respecto a la gestión universitaria se considerará:

K. Experiencia en gestión y administración educativa, científica y tecnológica.

K.1 Desarrollo de cargos unipersonales de responsabilidad en gestión universitaria recogidos en los Estatutos de la Universidad, o que hayan sido asimilados, o en organismos públicos de investigación durante al menos un año.

K.2 Desarrollo de cargos en el entorno educativo, científico o tecnológico en la Administración General del Estado o de las comunidades autónomas durante al menos un año.

K.3 Otros méritos relacionados con la experiencia en gestión y administración, incluyendo las tareas de representación sindical y de personal.

Las candidatas o los candidatos podrán aportar otros méritos que considere apropiados:

L. Premios y otros méritos.

En todos los casos será objeto de valoración especial la acreditación del conocimiento de lenguas extranjeras, especialmente la inglesa.

Los pesos de los bloques de indicadores relacionados con la investigación y la docencia será como mínimo del 45 % y el 25 %, respectivamente, y el del relacionado con la gestión, del 5 %, también como mínimo. Sin embargo, en caso de que las valoraciones de los indicadores relacionados con la docencia sean insuficientes, se podrá declarar no apto el candidato o candidata, con independencia del resto de calificaciones.

La CAP fijará los pesos relativos asignados a las dos pruebas de las que consta el concurso de acceso a plazas de Catedrático de Universidad; en todo caso, ningún ejercicio no podrá tener un peso inferior al 40%. La CAP hará públicas las valoraciones obtenidas por cada una de las personas candidatas en las diferentes pruebas del concursos, expresadas en una escala de 0 a 10 para cada uno de ellas.

En todos los concursos se tendrá en cuenta lo que disponga la normativa legal en materia de universidades con respecto a la concreción del conocimiento suficiente de las lenguas oficiales (en la actualidad, el artículo 6.4 de la Ley de universidades de Cataluña). Asimismo, en igualdad de méritos, se aplicará el criterio de discriminación positiva con el fin de favorecer la igualdad de género.

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