Por Orden ECD/17/2016, de 8 de marzo («Boletín Oficial de Cantabria» del 15), la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria convocó procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por Orden de ECD/113/2018, de 10 de octubre («BOC» del 22), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a determinados aspirantes tras realizar la fase de prácticas en el curso 2017/2018.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio)
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden ECD/17/2016, de 8 de marzo, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con efectos de 1 de septiembre de 2018.
La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 22 de enero de 2019.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre), el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.
N.R.P. | Apellidos y nombre | DNI | Turno | Especialidad | Puntuación |
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