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Documento BOE-A-2019-11043

Resolución de 2 de julio de 2019, de la Universidad de Extremadura, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Agustín Vivas Moreno.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2019, páginas 81983 a 81983 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-11043

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta efectuada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso de provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad de Extremadura, de fecha 10 de abril de 2019 (BOE de 1 de mayo), y acreditados por el interesado propuesto los requisitos a que alude el artículo 4.º de la normativa vigente, referidos a la Resolución de la convocatoria,

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril (BOE del 13), y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a don Agustín Vivas Moreno Catedrático de Universidad, del área de conocimiento «Biblioteconomía y Documentación» (código de la plaza DF3463) del Departamento Información y Comunicación de la Universidad de Extremadura.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en un plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el BOE.

Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto, entre otros, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Previamente y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presente Resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido las desestimación presunta del de reposición.

Badajoz/Cáceres, 2 de julio de 2019.–El Rector, Antonio Hidalgo García.

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