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Documento BOE-A-2019-10957

Resolución de 4 de julio de 2019, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 8 de mayo de 2019, por la que se publican las cuotas de sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa, para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2019, páginas 81629 a 81633 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-10957

TEXTO ORIGINAL

Esta Resolución se dicta en cumplimiento de lo previsto en la Orden APM/453/2018, de 25 de abril, por la que se modifica la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz, en la que se incluye un nuevo apartado 5 en el artículo 2, por el que se asignan los porcentajes de posibilidades de pesca de sardina ibérica de la zona CIEM VIIIc y IXa asignadas a la modalidad de cerco. De este modo cada barco es responsable de gestionar su propia cuota, administrándola y usándola en el momento que le parezca más oportuno de acuerdo a la planificación empresarial de la actividad.

La Resolución de 8 de mayo del 2019, de la Secretaría General de Pesca, publica las cuotas de sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2019.

Por otro lado, la resolución de 3 de julio de 2019, de la Secretaría General de Pesca, por la que modifica la de 24 de abril, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a; asigna a la flota del Golfo de Cádiz la totalidad de los kilos inicialmente previstos para 2019, que ascienden a 1.409.870 kilos, para que cada barco pueda pescar su cuota en el momento más oportuno de acuerdo a la planificación que haga cada empresa, asumiendo que si agota su cuota asignada antes del 31 de octubre, fecha prevista para el fin de la pesquería para toda la flota, se le cerrará la pesquería para el resto del año.

Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado, resuelve:

Primero.

Publicar como anexo el censo de buques de cerco autorizados a pescar sardina (Sardina pilchardus) en el caladero del Golfo de Cádiz (división CIEM 9a) así como la cuota de sardina asignada, del 1 de mayo al 31 de octubre de 2019, a cada buque de forma individual o grupo de buques una vez restadas la sobrepescas de 2018 y redistribuida la suma de esta sobrepesca entre todos los buques de cerco del Golfo de Cádiz en base a sus posibilidades de pesca.

Segundo.

De acuerdo al artículo 4.3.b, de la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz, cuando a final de cada año se constate un exceso en el consumo de la cuota asignada a un buque, se deducirán de las cuotas de la misma población que se asignen al buque en cuestión en el año siguiente.

Los excesos de consumo de la cuota individual suponen un menos cabo de los derechos del resto de la flota y una competencia desleal frente al resto de los buques que sí respetan sus cupos.

Se ha observado, una vez revisados los consumos de la campaña de 2018, una relación de buques o grupos de buques que han sobrepasado las cuotas de sardina que les fueron asignadas. Esas cantidades de sobrepesca se han deducido de las correspondientes cuotas de 2019. No obstante, hay barcos que no continúan este año en el tipo de gestión en el que estaban en 2018 y han pasado a gestión individual o conjunta en 2019, por lo que se les ha deducido su parte proporcional de la sobre pesca del año pasado.

A continuación se recoge la relación de buques que han sobrepasado las cuotas que le habían sido asignadas en la campaña 2018:

Entidades gestión conjunta Sobrepesca 2018
ASOISAMAR - Grupo 2.  2.879
ASURABUCER - Grupo 1. 22.503
ASURABUCER - Grupo 2.  6.451
CP PUNTA UMBRIA. 37.173
CFO Nombre Sobrepesca 2018
24212 NUREMAR. 6.891
27096 QUINTINO. 6.903
26722 CARABINA Y FARRUCO. 7.232
23672 NUEVO AYACAM. 4.003
24783 ABUELA PEPA MARI. 4.025
25964 SANLUCAR BARRAMEDA UNO. 4.294
26179 PESQUERO BENAMAHOMA. 3.541
26241 JOVEN YANQUI. 3.235
26996 CABACO. 6.438
25092 NUEVO CARMEN ASUNCION. 2.942
23751 EL TORERO. 2.600
24704 SIEMPRE VIRGEN REGLA. 6.227
14419 MOBY DICK. 1.192
25238 NUEVO AUDAZ. 3.657
25675 ZAID PESCA. 6.207
5148 RAMONA DE JOYA. 1.585
25181 NUEVO EL PORTUGUES. 5.360
27211 NUEVA PRONTITUD. 2.243
24101 NUEVO FRANCISCO ISABEL. 1.329
27101 ANGEL CUSTODIO. 1.945
23993 NUEVO AL ANDALUS. 1.140
23425 NAZARENO.  607
27104 NUEVO LUCERO MAR. 1.008
25382 JUAN Y MANOLI.  586
25621 ELVIMAR.  894
27093 ANTONIO EL MORO. 3.396
5261 PEDRO VIDAL. 1.216
27193 NUEVO SOCORRITO. 2.855
Tercero.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 4 de julio de 2019.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO
Cuotas de sardina para el año 2019 de los barcos de cerco censados en el Golfo de Cádiz
CFO Barco Porcentaje de cuota Tipo de gestión Entidad gestión Cuota sardina 2019
25180 EL BELLIDO. 1,116300 CONJUNTA ASOISAMAR- Grupo 1. 25.215
11046 NUEVO RICARDIN. 0,670400
27093 ANTONIO EL MORO. 1,744300 CONJUNTA ASOISAMAR-Grupo 2. 46.908
24943 DOMINGO REYES. 1,713500
27822 ABUELITA DORI. 1,203000 CONJUNTA ASURABUCER 1. 77.012
25624 CANITO GARCIA. 0,980700
26358 DE LA MAR. 2,075400
23416 SANTA MARIA PRIMERO. 1,509400
25968 BOQUERON BLANCO. 1,076200 CONJUNTA CONJUNTA NORAY/BOQUERON BLANCO. 34.044
 9831 NORAY. 1,195200
27770 FRANCISCO Y CARIDAD. 0,422900 CONJUNTA SANLÚCAR - Grupo 1. 13.810
26665 JOSE MIGUEL CINCO. 0,455400
25173 MI NUEVA LOLA. 0,547500 CONJUNTA SANLÚCAR - Grupo 2. 17.776
27190 NUEVO GALATEA. 0,583000
24783 ABUELA PEPA MARI. 0,927300 INDIVIDUAL ASURABUCER. 10.555
27101 ANGEL CUSTODIO. 2,055300 INDIVIDUAL ABEMPE. 30.373
24299 BRIGOMAR. 0,991600 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 14.051
23801 BUENA SUERTE DOS. 0,532600 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 7.547
26996 CABACO. 1,131900 INDIVIDUAL ASOISAMAR. 11.361
26722 CARABINA Y FARRUCO. 2,120200 INDIVIDUAL ORG. PRODUCTORES PESQUEROS APP N.º 6. 26.107
25670 CARRYMAR SEGUNDO. 1,010900 INDIVIDUAL ASOCIACION ARMADORES LEPE. 15.895
22124 EL CHUBASCO. 0,488800 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 7.685
26436 EL COMIA. 0,560700 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 8.816
 5221 EL PILOTO. 0,000000 INDIVIDUAL FACOPE. 0
23751 EL TORERO. 1,124400 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 15.080
25621 ELVIMAR. 2,010600 INDIVIDUAL ORG. PRODUCTORES PESQUEROS APP N.º 6. 30.720
25324 FEBEL DOCE. 1,147600 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 16.262
25713 FLOR SUR UNO. 2,061700 INDIVIDUAL ASOCIACIÓN ARMADORES LEPE. 29.216
24016 HERMANOS INFANTE. 1,212500 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 19.065
24669 HERMANOS LOPEZ PEREZ. 0,750300 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 11.797
 4180 HERMANOS PASTOR. 1,167800 INDIVIDUAL ABEMPE. 18.362
14421 HERMANOS REYES. 0,861400 INDIVIDUAL C. P. PUNTA UMBRÍA. 13.544
24688 HERMANOS RIVERO. 1,634700 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 23.165
24803 HERMANOS SERRANO GONZALEZ. 1,563800 INDIVIDUAL C. P. PUNTA UMBRÍA. 24.589
24394 JESUS Y MIGUEL. 0,769200 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 10.900
26241 JOVEN YANQUI. 2,407700 INDIVIDUAL ASURABUCER. 34.624
25382 JUAN Y MANOLI. 1,205100 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 18.364
24886 JUANA Y MANUEL. 2,037200 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 28.869
24762 MARIA TERESA PRIMERO. 1,337100 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 18.947
26033 MI GRAN ILUSION. 0,653900 INDIVIDUAL ASURABUCER. 8.729
11042 MILAGRO DE LA VIRGEN. 0,561300 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 8.825
14419 MOBY DICK. 1,242600 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 18.346
23425 NAZARENO. 1,040300 INDIVIDUAL ORG. PRODUCTORES PESQUEROS APP N.º 6. 15.751
27211 NUEVA PRONTITUD. 2,131800 INDIVIDUAL ORG. PRODUCTORES PESQUEROS APP N.º 6. 31.278
27250 NUEVO AAIUN. 0,638900 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 10.046
23993 NUEVO AL ANDALUS. 1,472100 INDIVIDUAL ASURABUCER. 22.007
25981 NUEVO ANTEQUERA. 0,495500 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 7.791
25238 NUEVO AUDAZ. 1,147600 INDIVIDUAL ASOISAMAR. 14.388
23672 NUEVO AYACAM. 1,269300 INDIVIDUAL ABEMPE. 15.955
26731 NUEVO CALA GRANDE. 2,368100 INDIVIDUAL ASOCIACION ARMADORES LEPE. 33.558
25092 NUEVO CARMEN ASUNCION. 1,253300 INDIVIDUAL ABEMPE. 16.765
25181 NUEVO EL PORTUGUES. 1,665800 INDIVIDUAL ASURABUCER. 20.833
26060 NUEVO ESTRELLA BAJOGUIA. 0,471300 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 7.410
24101 NUEVO FRANCISCO ISABEL. 1,326500 INDIVIDUAL ABEMPE. 19.529
27107 NUEVO GOMEZ PLANA. 1,343100 INDIVIDUAL ASURABUCER. 17.930
24875 NUEVO HERMANOS SILVA. 1,340500 INDIVIDUAL FACOPE. 21.078
27104 NUEVO LUCERO MAR. 1,773000 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 26.871
25703 NUEVO MONTE SINAI. 0,847300 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 12.006
27437 NUEVO PAPI. 0,531300 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 8.354
25235 NUEVO PURIFICACION. 2,052700 INDIVIDUAL ASURABUCER. 28.982
27003 NUEVO RIO JORDAN. 1,377900 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 19.526
26323 NUEVO SIRENA MAR. 0,541600 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 8.516
27193 NUEVO SOCORRITO. 1,461900 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 20.131
25929 NUEVO VELERO. 0,998000 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 14.142
24212 NUREMAR. 1,508600 INDIVIDUAL ABEMPE. 16.830
 5261 PEDRO VIDAL. 1,475000 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 21.976
26179 PESQUERO BENAMAHOMA. 1,230300 INDIVIDUAL ABEMPE. 15.805
25920 PLAYA YERBABUENA. 1,314200 INDIVIDUAL ABEMPE. 20.664
27096 QUINTINO. 1,799400 INDIVIDUAL ORG. PRODUCTORES PESQUEROS APP N.º 6. 21.390
 5148 RAMONA DE JOYA. 0,932200 INDIVIDUAL C.P. BARBATE. 13.073
23733 RAUL QUINTO. 1,322500 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 18.741
24357 RODRIGUEZ SILVA. 1,966900 INDIVIDUAL ASURABUCER. 27.771
25110 RUMBO A HIGUERAS. 0,642700 INDIVIDUAL C.P. SANLUCAR DE BARRAMEDA. 10.105
25245 SANLUCAR BARRAMEDA DOS. 0,698400 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 9.897
25964 SANLUCAR BARRAMEDA UNO. 1,088300 INDIVIDUAL ASOISAMAR. 12.818
25074 SEGUNDO HERMANOS ALONSO. 0,933200 INDIVIDUAL C. P. PUNTA UMBRÍA. 14.673
22110 SEGUNDO HERMANOS VENTURA. 1,573300 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 22.295
25460 SEGUNDO RAFAEL CARMEN. 2,452000 INDIVIDUAL ASOCIACION ARMADORES LEPE. 34.746
24704 SIEMPRE VIRGEN REGLA. 1,312700 INDIVIDUAL ABEMPE. 14.413
 9471 TORPEDO PRIMERO. 0,704900 INDIVIDUAL C.P PUNTA UMBRIA. 9.989
10002 VICTORIA DE ANTONIOELMORO. 0,556500 INDIVIDUAL ASOISAMAR. 8.750
25675 ZAID PESCA. 2,079700 INDIVIDUAL ASOISAMAR. 26.495

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