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Documento BOE-A-2019-10486

Resolución CLT/1696/2019, de 12 de junio, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección del castillo de Castellterçol, en Castellterçol (Moianès), y se abre un periodo de información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2019, páginas 76956 a 76956 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2019-10486

TEXTO ORIGINAL

El castillo de Castellterçol está declarado Bien Cultural de Interés Nacional en virtud de la disposición adicional primera, apartado segundo, de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

El 23 de mayo de 2019 la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de este monumento.

Considerando lo dispuesto en la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección del castillo de Castellterçol, en Castellterçol. Este entorno consta en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Castellterçol y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de esta Resolución.

3. Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en la Cataluña Central (plaza Major, 37, 3.º, 08500 Vic). Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre dicho expediente.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 12 de junio de 2019.–La Consejera de Cultura, Maria Àngela Vilallonga Vives.

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