De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 4 del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, y a propuesta del Director General de Seguros y Fondos de Pensiones y Presidente del Consorcio de Compensación de Seguros, vengo en disponer el cese de don Ignacio Ruiz Bravo como vocal del Consejo de Administración del Consorcio de Compensación de Seguros, agradeciéndole los servicios prestados.
El cese se retrotrae a la fecha indicada en el párrafo anterior, al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que al regular los efectos de los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo dispone que, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas, dado que en la misma fue nombrado el nuevo vocal que ha de sustituir a don Ignacio Ruiz Bravo, quien, a su vez, fue designado, el 10 de abril de 2018, como Secretario General del Consorcio de Compensación de Seguros.
Madrid, 29 de junio de 2018.–La Ministra de Economía y Empresa, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la Cueva Fernández.
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